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078-2017-G-R-P-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 078-2017-G.R.P/CR

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Consgo Regional ACUERDO N° 078-2017-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 27 de diciembre del 2017. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria del día diecinueve de diciembre del año dos mil diecisiete, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: . VISTO: el DICTAMEN N° 007-2017-C0/DE-CR-G.R.PASC0, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico.

CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional en el Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización N° 27680, establece en su Artículo 191° que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa; asimismo en el inciso 5) del artículo 192° establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover el desarrollo socioeconómico regional, ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, el artículo 2° numeral 2.3 literal c) del Reglamento de la Ley N° 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, define como actos de adquisición aquellos mediante los cuales se incorpora o formaliza al dominio del estado, bienes provenientes de las donaciones; Que, Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, respecto de la donación en su artículo 54° señala que la aceptación de la donación, previa evaluación de los documentos presentados y emisión de un informe técnico - legal, se efectuará por Resolución de la autoridad administrativa de la entidad beneficiaría, la SBN o el Gobierno Regional, de acuerdo a sus competencias. La Resolución se insertara en la Escritura Pública correspondiente, con arreglo a lo establecido en el artículo 1625° del Código Civil; Que, de acuerdo al Título IV del Territorio Comunal de la Ley N° - Ley de Comunidades Campesinas artículo 7 o “Las tierras de la Comunidades Campesinas spn las que señala la Ley de Deslinde y Titulación y son inembargables e imprescriptibles. También son inalienables. Por excepción podrán ser enajenadas, previo acuerdo de por lo menos dos tercios de los miembros calificados de la Comunidad, reunidos en Asamblea General Convocada expresa y únicamente con la finalidad. Dicho acuerdo deberá ser aprobado por ley fundada en el interés de la Comunidad, y deberá pagarse el precio en dinero por adelantado; Que, mediante DICTAMEN N° 007-2017-C0/DE-CR-G.R.PASCO, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, emite el Dictamen recaído referente a la donación de terreno de la Comunidad Campesina de Racracancha a favor del Gobierno Regional para la Ejecución del Proyecto: “Mejoramiento y Ampliación de la capacidad Técnica Operativa Acuícola de la Dirección Regional de la Producción, Pasco” con código de SNIP N° 232269; sustentado en el INFORME N° 095-2017-GRP-CR/A-JRCC, OPINAN aprobar mediante Acuerdo Regional la donación del Terreno , toda vez que teniéndose como Presidente de la Comunidad de Racracancha al Sr. Alberto Guzmán Cotrina se aprobó la donación con más de dos tercios de los comuneros de la Comunidad de Racracancha; el Magno Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en atención a lo Dictaminado por la Comisión Ordinaria y luego de sometido a votación establece dar lugar a ello;

Consgo Regional ACUERDO N° 078-2017-G.R.P/CR Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9 o, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno; ACUERDA: PRIMERO.- APROBAR, la aceptación de la donación del Terreno Comunal de la Comunidad Campesina de Racracancha, con un área de 9,922.080 m2, ubicado en el lugar denominado HUAMBRA HUAÑUSGA al sur este de la población de Racracancha a orillas del río Pun Run, distrito de Tinyahuarco, provincia de Pasco, a favor del Gobierno Regional Pasco para la ejecución del proyecto “Mejoramiento y Ampliación de la capacidad Técnica Operativa Acuícola de la Dirección Regional de la Producción, Pasco”. SEGUNDO.- DISPONER que el Órgano Estructurado del Gobernador Regional Pasco, conforme a sus atribuciones y competencias, realice las acciones administrativas respecto del bien materia de donación, de acuerdo a las normas legales vigentes para el caso. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5616540-078-2017-g-r-p-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6412707/5616540-acuerdo-de-consejo-regional-n-078-2017.pdf