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072-2024-G-R-PACO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 072-2024-G.R.PACO/CR

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“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de ia conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú”

ACUERDO N..° 72— 2024 - G.R. PASCO/CR Cerro de Pasco, 18 de junio de 2024.

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N* 27867, y sus modificatorias, en la Décima Segunda Sesión ordinaria de fecha dieciocho de junio del año dos mil veinticuatro, por mayoría de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191* de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y sus modificatorias, Ley de la Reforma Constitucional N° 27680, capitulo XIV del Titulo IV sobre descentralización, concordante con el artículo 31° de la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 28607, en concordancia del artículo 2°, de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un presupuesto;

Que, en el artículo 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde funciones y atribuciones que se establece en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;

Que, mediante el artículo 15°, inciso a) de la Ley N° 27867, tipifica que: son atribuciones del Consejo Regional: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; literal k) modificado mediante Ley N° 31433, en su artículo 3° establece: son atribuciones del Consejo Regional: Fiscalizar la Gestión pública del gobierno regional;

Que, así también la Ley N° 31433, en su artículo 3°, modifica el Artículo 16° de la Ley N° 27867, inciso a) proponer normas y acuerdos regionales. Finalmente, el Artículo 39°, estipula que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 49° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son funciones del Gobierno Regional en materia de salud; entre otras los de: Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, contratar y administrarlas políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales;

CONSEJO REGIONAL DE Pasco fa,

“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolivar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de fa Independencia del Perú”

ACUERDO NM.* 72— 2024 - G.R. PASCO/CR

Que, en la Décima Segunda Sesión ordinaria del Consejo Regional, la Consejera Regional, Mg. Hilda Victoria Blas Flores, ha propuesto un acuerdo de consejo ta declaración de emergencia y la reorganización de la Dirección Regional Pasco, ante el grave riesgo de inoperatividad de las atenciones de salud de la población. La misma que fue aprobado por el pleno del Consejo, por MAYORÍA de los consejeros presentes. asimismo, se aprobó por mayoría la dispensa de la lectura del acta;

Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;

SE ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR en EMERGENCIA Y REORGANIZACION la Dirección Regional de Salud Pasco.

ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTICULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5786089-072-2024-g-r-paco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6655998/5786089-acuerdo-de-consejo-n-072-2024.pdf