Acuerdo de Consejo Regional N.° 069-2017-G.R.P/CR
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Consejo Regional ACUERDO N° 069-2017-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 15 de diciembre del 2017. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO. en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria del día cinco de diciembre del año dos mil diecisiete, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO: el DICTAMEN N° 001-2017-GRP-CR/CE0CYHCA, de la Comisión Especial de Producción y Colocación de Mezcla Asfáltica de la Obra: “Mejoramiento de la Carretera Yanahuanca - Cerro de Pasco (Tramo I. II y III)”. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional en el Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización N° 27680, establece en su Artículo 191° que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa; asimismo en el inciso 5) del artículo 192° establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover el desarrollo socioeconómico regional, ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, la Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los gobiernos regionales incorporarán a sus programas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestión. Los titulares de la administración pública regional son gestores de los Intereses de la colectividad y están sometidos a las responsabilidades que la ley establezca, tal como lo señala el numeral 3) del artículo 8o de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, los derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales son, Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo Investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional; en mérito a lo dispuesto en el inciso k) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el inciso b) del artículo 2o del Reglamento Interno del Consejo Regional Prescribe; el Consejo Regional, ejerce función fiscalizadora, controlando la correcta disposición de los bienes y el buen uso de los recursos del Estado, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política y las leyes de la materia. Fiscaliza la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional. Lleva a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional, ya sea a través de sus Consejeros Regionales, de manera individual y/o en Comisiones Ordinarias, Especiales e Investigadoras; Que, mediante DICTAMEN N° 001-2017-GRP-CR/CE0CYHCA, la Comisión Especial de Producción y Colocación de Mezcla Asfáltica de la Obra: “Mejoramiento de la Carretera Yanahuanca - Cerro de Pasco (Tramo I, II y III)”, emite el Dictamen recaído de la información emitido sobre el proceso de fiscalización y verificación por la Comisión Especial para que realice la Investigación y verificación del estado sltuacional de la obra: "Mejoramiento de la Carretera Yanahuanca - Cerro de Pasco (Tramo I, II y III)”, específicamente al Asfalto Caliente; el Magno Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en atención a lo Dictaminado por la Comisión Especial y luego de sometido a votación establece dar lugar a ello;
Consejo Regional ACUERDO N° 069-2017-G.R.P/CR Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno; ACUERDA: PRIMERO.- APROBAR el DICTAMEN N° 001-2017-GRP-CR/CE0CYHCA, de la Comisión Especial de Producción y Colocación de Mezcla Asfáltica de la Obra: “Mejoramiento de la Carretera Yanahuanca - Cerro de Pasco (Tramo I, II y III)’’, en todo sus extremos. SEGUNDO.- INSTAR al Gerente Regional de Infraestructura, para que disponga a quien corresponda el levantamiento de las observaciones de los numerales 4.1, 4.2, 4.3, y 4.4 de las conclusiones del dictamen. TERCERO.- INSTAR al Director General de Administración disponga a la CPC. María Castillo Salas, emitir información de los gastos realizados con documentos sustentatorios de los montos que han sido girados a su nombre por el monto de 1'295,000.00, según se detalla en el cuadro del dictamen. CUARTO.- INSTAR al Director General de Administración disponga a! Sr. Carlos Solís Alania, emitir información con documentos sustentatorios de los montos que han sido girados a su nombre, por el monto de S/. 2’500,320.00, según se detalla en el cuadro del dictamen. QUINTO.- INSTAR al Gobernador Regional AUTORICE al Procurador Publico Regional interponga la denuncia penal en contra de los que resulten responsables, por la presunta comisión de hechos delictuosos en la obra ejecutada por Administración Directa “Mejoramiento de la Carretera Yanahuanca - Cerro de Pasco", específicamente del Asfalto Caliente, al amparo de la Constitución Política del Estado, Artículos 326° y 328° del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo N° 052 y Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5616359-069-2017-g-r-p-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6412491/5616359-acuerdo-de-consejo-regional-n-069-2017.pdf