Acuerdo de Consejo Regional N.° 067-2024-G.R.PASCO/CR
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“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra independencia, y de ia
conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO &.° 67— 2024 - E.R. PASCO/CR Cerro de Pasco, 23 de mayo de 2024.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la quinta sesión extraordinaria de fecha veintitrés de mayo del año dos mil veinticuatro, por unanimidad de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
El Oficio N° 193-2024-GRP-GGR-GRSD/DRS-DG-OEGDRRH, emitido por la Directora Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud Pasco, donde nos remite: Copia de Adenda de Contrato Administrativo de Servicios del personal de Salud del Centro Salud Mental Comunitario Daniel Alcides Carrión. Carta de agradecimiento. Carta de agradecimiento del personal de salud por invitación enviado por WhatsApp. Resolución Directoral N° 137-2024-GRP-GGR-GRDSDG de encargatura de funciones de la Dirección Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos. Opinión Legal N°005-2024-GRP-GRDS/DRS-DIRESA-PASCO. Copia de registro de asistencia del personal de Salud del Centro de Salud Mental Comunitario Daniel Alcides Carrión. El Oficio N” 215-2024-GRP-GGR-GRSD/DRS-DGOEGDRRH, emitido por la Directora Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud Pasco, donde nos remite contratos de los años 2022-2023 de los trabajadores de Salud del Centro de Salud Mental Comunitario Daniel Alcides Carrión. El Oficio N° 218-2024-GRP-GGR-GRSD/DRS-DG-OEGDRRH, emitido por la Directora Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud Pasco, nos remite opinión legal N° 016-2024-DIRESA-ALEATV. Dictamen N° 004-2024-GRP-CR/CIDASMDAC de fecha 22 de mayo de 2024 y el Oficio N° 004-2024-GRP-CR/CIDASMDAC de fecha 22 de mayo de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Regionales tiene autonomía politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Que, en el artículo 16° inciso c) de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, señala, son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales, integrar las comisiones ordinarias, investigación o especiales y el inciso d) indica, asistir a las sesiones del Consejo Regional y comisiones correspondientes con derecho a voz y voto;
Que, mediante la Ley N° 27867 — Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 31433 respecto a las atribuciones y responsabilidades de los consejeros regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, en el literal a) del artículo 15°, señala que es atribución y responsabilidad de los consejeros regionales, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional;
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“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de ia
conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencía del Perú”
ACUERDO M.* 67— 2024 - 6.R. PASCO/CR
Que, a consecuencia de las denuncias presentadas por el personal asistencial del centro de salud mental comunitario Daniel Alcides Carrión, por el despido arbitrario realizado por el C.P.C. Juan José CANTA HILARIO como director (e) de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, la misma que fue expuesta en el pleno de consejo regional del día 16 de abril del presente año en curso;
Que, mediante Acuerdo N°41-2024—G.R. PASCO/CR de fecha 16 de abril de 2024 se conformó la comisión investigadora a fin de investigar el supuesto despido arbitrario, a los trabajadores de salud mental comunitario de la provincia Daniel Alcides Carrión, en cumplimiento a dicho acuerdo la citada comisión inició sus acciones de investigación con la aprobación del plan de trabajo donde se especificaron las actividades a desarrollar en el periodo de 8 dias hábiles (según plan de trabajo);
Que, a razón de la documentación alcanzada por el responsable de recursos humanos especificado en el numeral 1 vistos del presente dictamen se ha comprobado la existencia de las siguientes cartas:
CARTA N° 049-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Ruth Fiorella Zevallos Cosme
CARTA N° 014-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Juan Carlos Alvarado Ramos.
CARTA N° 030-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Cynthia Fabiola Lindo Pomahuali.
CARTA N° 033-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Leslie Yeraldini Monago Alvino.
CARTA N° 013-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Fridza Edilberta Albornoz Basilio.
CARTA N° 027-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Hermes Rigoberto Huayanay Carrera.
CARTA N° 044-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de María Antonia Siuce Hilario
CARTA N° 015-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Cecelia Arenas Torres.
CARTA N° 041-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Evellyb Noemi Rivera Huallpa
CARTA N° 019-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Marilia Canchuricra Huaman.
CARTA N° 024-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Inver Chamorro Bartolo.
CARTA N° 016-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Cecilia Atencio Bermudez.
CARTA N° 036-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Luis Dennis Ponce Gutierrez.
CARTA N° 026-2024-GRP-GGR-GRDS/DRS-DEGDRRHH a nombre de Leidi Vanesa Flores Cruz.
Que, mediante dichas cartas se comunicé al personal asistencial del centro de salud mental comunitario Daniel Alcides Carrión la “CULMINACION DE VINCULO LABORAL”, sin especificar las causales de su culminación y mucho menos la motivación que establece en el TEXTO UNICO ORDENADO de la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General;
Que, como resultado de la versión ofrecida por el C.P.C. Juan José CANTA HILARIO como Director (e) de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos responsable de haber firmado las mencionadas cartas, reconoció no haberse percatado que el personal asistencial del centro de salud mental comunitario Daniel Alcides Carrión contaban con contrato temporal a razón de haber ingresado por concurso público de méritos, asimismo también mencionó que si hubiera tenido conocimiento no hubiera firmado y tramitado las mencionadas cartas;
Que, de acuerdo a lo vertido por el CPC. Teófilo Hugo Carhuamaca Giráldez en su condición de ex Director de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, solo se le invito a remitir las cartas de “CULMINACIN DE VINCULO LABORAL” al personal asistencial que había ingresado al sector por “invitación” mas no por concurso público de méritos, también hizo referencia que no firmo las cartas del personal asistencial del centro de salud mental comunitario Daniel Alcides Carrión en vista que dicho personal había ingresado por concurso público de méritos y que contaban con adenda a su contrato al 31 de diciembre de 2024;
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“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la
conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO N.° 67— 2024 - 6.R. PASCO/CR
Que, mediante Informe Legal N°0006-2024/AL/CRP/VFAA emitido por el
Abog. Victor Fred Acosta Angulo mencionó lo siguiente:
EXHORTAR al titular de la entidad el CECE DEL DEPIDO ARBITRARIO contra los trabajadores de la Dirección Regional de Salud Pasco contra los que cuenta con contrato vigente.
RECOMENDAR al titular de la entidad que NULIFIQUE de oficio todas las cartas de agradecimiento de los trabajadores despedidos que tienen vínculo laboral hasta el 31 de diciembre de 2024 ya que se encuentran dentro del plazo establecido.
SUGERIR su inmediata reposición a los más de 20 trabajadores despedidos injustamente por contar con contrato vigente al 31 de diciembre del 23024.
ACONSEJAR al titular de la entidad que remita todos los actuados a la oficina de procesos administrativos disciplinarios a efecto de que apertura investigación sobre el presente hecho de despido arbitrario injustificado masivo en contra de los presuntos responsables del despido arbitrario.
DENUNCIAR PENALMENTE: a los señores el CPC. Juan José Canta Hilario en su condición de director (e) de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud Pasco y el señor CPC. Teófilo Hugo Carhuamaca Giráldez director de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, por el presunto delito de Abuso de Autoridad tipificado y sancionado por el artículo 376 del código penal, por el delito de Falsa Declaración en Proceso Administrativo conforme al artículo 311 del código penal.
Que, mediante Informe Legal N° 0006-2024/AL/CRP/VFAA emitido por el
Abog. Héctor Joel Pizarro Rios menciono lo siguiente:
- Corresponde al director Regional de Salud Pasco, como titular de la entidad, corregir las acciones arbitrarias ocasionados por la Dirección de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, a fin de salvaguardar los intereses de la DIRESA Pasco y respetar los derechos constitucionales de los profesionales que fueron despedidos con cartas de agradecimiento que contenían el respeto del derecho al trabajo.
Que, en la reunión de la comisión del día 03 de mayo del presente año en curso a pedido de la consejera Hilda Victoria Blas Flores se solicitó al personal asistencial del centro de salud mental comunitario Daniel Alcides Carrión alcancen copia de su recurso de reconsideración con la finalidad de evaluar su contenido, para luego formular el dictamen acordado para el día lunes 06 de mayo de 2024 habiéndose convocado a la comisión para tal fin a horas 2:00 p.m., sin embargo, a raíz de que las consejeras Hilda Blas y Betty Ventura se retiraran porque no había la llave de Consejo se instaló la reunión a horas 2:26 pm y como no se contó con el quorum reglamentario para llevar a cabo dicha reunión se postergó para el día 08 de mayo a horas 4:00 pm, cuyo resultado de la misma fue lo siguiente:
- Por pedido de la consejera Hilda Victoria Blas Flores y respaldada por la consejera Bethy Ventura Janampa se debe revisar los contratos del personal asistencial del centro de salud mental comunitario Daniel Alcides Carrión, con la finalidad de conocer su validez por el tiempo que fueron contratadas, situación que daba lugar a posponer para otra fecha la formulación del dictamen, acto que fue observado por la consejera Carolina Caqui Calixto enfatizando que el objetivo de la comisión era investigar el supuesto despido arbitrario, a los trabajadores del Centro de Salud Mental Comunitario de la provincia Daniel Alcides Carrión y, tal como estuvo previsto anuncio que por su parte ya tenía su propuesta de dictamen el mismo que dio a conocer a los miembros de la comisión.
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“Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO N.° 67— 2024 - E.R. PASCO/CR
Que, en la quinta sesión extraordinaria del Consejo Regional Pasco, de fecha veintitrés de mayo del año dos mil veinticuatro, la presidenta de la comisión investigadora de despido arbitrarios de trabajadores de Salud Mental de la provincia Daniel Alcides Carrión, la consejera Carolina Caqui Calixto, puso en consideración ante el magno consejo regional y sustentó el Dictamen N° 001-2024-GRP-CR/CIDASMDAC de fecha 22 de mayo de 2024, para su aprobación correspondiente. Que, dictaminan lo siguiente: PRIMERO: SUGERIR al director Regional de Salud Pasco declare de oficio la Nulidad del acto administrativo contenido en las cartas de Culminación de Vínculo Laboral que afecta a los trabajadores del centro de salud mental comunitario Daniel Alcides Carrión y demás servidores públicos de otros establecimientos de salud de conformidad a lo establecido en el numeral 1, del artículo 10 del Capitulo I! que señala: La contravención a la constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias. SEGUNDO: EXHORTAR al director Regional de Salud Pasco remitir todo lo actuado a la secretaria técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), para el inicio de las acciones en contra de quienes resulten responsables. TERCERO: EXHORTAR al director Regional de Salud Pasco remite todo lo actuado a la Oficina de Control Institucional de la DIRESA Pasco, con la finalidad de investigar sobre los supuestos ingresos indebidos del personal asistencial por la modalidad de contrato de servicios administrativos (CAS) y sus respectivas adendas. CUARTO: SUGERIR al Consejo Regional la conformación de una nueva comisión para la investigación del proceso de contratación desde el año 2022, sinceramiento de plazas existentes en la DIRESA, los procesos de convocatorias para los diferentes concursos, divergencia en las temporalidades en los contratos habiendo sido todos los procesos incorporados por medio de un concurso público y los presuntos actos de irregularidades vertidos por funcionarios durante el proceso de investigación. Luego de un debate el pleno consejo aprueba por unanimidad de los presentes el acuerdo. Asimismo, se aprobó la dispensa de la lectura del acta, por unanimidad;
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;
SE ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. — APROBAR el Dictamen N° 001-2024- GRP-CR/CIDASMDAC, presentado por la Comisión Investigadora a fin de investigar el supuesto despido arbitrario, a los trabajadores de la salud mental comunitario de la provincia de Daniel Alcides Carrión.
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“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO M.* 67— 2024 - E.R. PASCO/CR
ARTICULO SEGUNDO. - SUGERIR al director Regional de Salud Pasco declare de oficio la Nulidad del acto administrativo contenido en las cartas de Culminación de Vínculo Laboral que afecta a los trabajadores del centro de salud mental comunitario Daniel Alcides Carrión y demás servidores públicos de otros establecimientos de salud de conformidad a lo establecido en el numeral 1, del artículo 10 del Capítulo II que señala: La contravención a la constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias.
ARTICULO TERCERO. — EXHORTAR al director Regional de Salud Pasco remitir todo lo actuado a la secretaria técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), para el inicio de las acciones en contra de quienes resulten responsables.
ARTICULO CUARTO. - EXHORTAR al director Regional de Salud Pasco remite todo lo actuado a la Oficina de Control Institucional de la DIRESA Pasco, con la finalidad de investigar sobre los supuestos ingresos indebidos del personal asistencial por la modalidad de contrato de servicios administrativos (CAS) y sus respectivas adendas.
ARTICULO QUINTO. - SUGERIR al Consejo Regional la conformación de una nueva comisión para la investigación del proceso de contratación desde el año 2022, sinceramiento de plazas existentes en la DIRESA, los procesos de convocatorias para los diferentes concursos, divergencia en las temporalidades en los contratos habiendo sido todos los procesos incorporados por medio de un concurso público y los presuntos actos de irregularidades vertidos por funcionarios durante el proceso de investigación.
ARTICULO SEXTO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTICULO SEPTIMO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
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