Acuerdo de Consejo Regional N.° 061-2024-G.R.PASCO/CR
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CONSEJO REGIONAL DE PASCO
“Ano del Bic io, de la lidación de nuestra Indepe: y de la conmemoración 4 Bo) de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” = “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolivar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO NM.* 61— 2024 - €6.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 07 de mayo de 2024, POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la novena sesión ordinaria, de fecha siete de mayo del año dos mil veinticuatro, por MAYORIA de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
El Oficio N° 0017-2024-GRP/CR-CDSHDFJ de fecha 08 de mayo de 2024, emitido por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, derechos de la mujer, la familia y juventudes;
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constituciónal N° 27080, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley N° 27867
- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 27902, la que establece en su artículo 39° que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional;
Que, en el articulo 16° inciso c) de la Ley 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, señala, son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales, integrar fas comisiones ordinarias, investigación o especiales, y el inciso d) indica, asistir a las sesiones del Consejo Regional y comisiones correspondientes con derecho a voz y voto;
Que, según lo establece en el 23° del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-GRP/CR, las comisiones ordinarias son grupos de trabajo especializados de los consejeros, que están integradas por tres (3) o cinco (5) miembros de acuerdo a la amplitud de responsabilidades, uno de los cuales es su presidente. Cada consejero o consejera debe integrar hasta tres (3) comisiones ordinarias, pudiendo ejercer la presidencia solamente una de ellas;
Que, según el artículo 25° De la Comisiones Ordinarias, de! mismo marco legal, las Comisiones Ordinarias son aquellas de carácter permanente que se crean en base a la organización administrativa del Gobierno Regional, entre ellos: c) Comisión de Desarrollo Social, Derechos Humanos de la Mujer, la Familia y Juventudes;
Que, con el Acuerdo N° 003-2024-GRP/CR de fecha 10 de enero de 2024, se conforma las comisiones ordinarias del Consejo Regional de Pasco, entre ellos la Comisión ordinaria de Desarrollo Social, Derechos Humanos de la Mujer, la Familia y Juventudes, para el ejerció fiscal 2024, integrados por los
siguientes consejeros:
PRESIDENTE: Juan Haroldo Chávez Mauricio SECRETARIO: Carolina Caqui Calixto INTEGRANTE: Hilda Victoria Blas Flores INTEGRANTE: Bethy Ventura Janampa
Que, mediante Oficio N° 0017-2024-GRP/CR — CDSHDFJ de fecha 06 de mayo de 2024, emitido por el Presidente de la Comisión ordinaria de Desarrollo Social, Derechos de la Mujer, la Familia y Juventudes, MC. Juan Haroldo CHAVEZ MAURICIO, solicita ENCARGAR la Presidencia de la Comisión ordinaria de Desarrollo Social, Derechos Humanos de la Mujer, la Familia y Juventudes, a la Consejera regional Com. Soc. Carolina CAQU! CALIXTO, en su condición de Secretaria de la comisión mencionada por el tiempo que dure su ausencia, en tanto dures el impedimento de salud y alta médica;
ES CONSEJO REGIONAL DE DASCOR de "Año del Bice “on ¡tarda Junin pei a sn «e EC .
“Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO N.* 601— 2024 - E.R. PASCO/CR
Que, en la novena sesión ordinaria del Consejo Regional Pasco, de fecha siete de mayo del año dos mil veinticuatro, se ha puesto en consideración la petición del consejero regional Juan Chávez Mauricio. Luego de un debate, se aprobó por mayoría de los consejeros presentes, la encargatura de la presidencia de la Comisión de Desarrollo Social, Derechos Humanos de la Mujer,
la Familia y Juventudes; Asimismo, se aprobó por mayoría la dispensa de la lectura del acta;
Que, asi mismo el artículo 39° de la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.* 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno; SE ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. — ENCARGAR, a la consejera regional Com. Soc. Carolina Caqui Calixto, para que asuma como Presidenta de la: COMISION ORDINARIA DE DESARROLLO SOCIAL, DERECHOS HUMANOS DE LA MUJER, LA FAMILIA Y JUVENTUDES. Por el tiempo que dure su ausencia y alta médica, del Consejo Regional Juan Chávez Mauricio.
ARTICULO SEGUNDO: DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTICULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5583324-061-2024-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6361700/5583324-acuerdo-de-consejo-n-061-2024.pdf