Acuerdo de Consejo Regional N.° 054-2023-G.R.PASCO/CR
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3 CONSEJO REGIONAL DE PASCO “4 j “Año de la Unidad, la Paz y el Desarro/|6%to
Año de la Integración Regional, Concertación y Gobernabilidad Dem Región Pasco”
ACUERDO N.* 34 — 2023 - 6.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 16 de agosto de 2023.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en sesión ordinaria descentralizada, de fecha dieciocho de julio del año dos mil veintitrés, por unanimidad de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional N.° 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N.° 27902, la que establece en su artículo 39° que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional;
Que, en el articulo 16° inciso c) de la Ley 27867 — Ley Orgánica de los Gobiemos Regionales, señala, son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales, integrar fas comisiones ordinarias, investigación o especiales, y el inciso d) indica, asistir a las sesiones del Consejo Regional y comisiones correspondientes con derecho a voz y voto;
Que, según lo establece en el 34° del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-GRP/CR, las comisiones investigadoras son aquellas que el Consejo Regional determina, circunstancialmente como consecuencia de denuncias, quejas ylo presunción de irregularidades en el manejo público a cargo de las distintas dependencias del Gobierno Regional, Su función es temporal y culmina cuando se evacua el informe correspondiente y se adopta medidas pertinentes. (...);
Que, las políticas de fos gobiernos regionales guardan concordancia con las políticas nacionales de Estado, en tal medida las normas y disposiciones del Gobierno Regional se adecuan al ordenamiento juridico nacional, no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas de otro Gobierno Regional ni de los otros niveles de gobierno; de modo que estas normas y disposiciones de los gobiernos regionales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;
Que, en sesión ordinaria descentralizada, de fecha dieciocho de julio del año dos mil veintitrés, se puso a consideración del pleno de Consejo Regional a petición del Consejero Herman Humberto Bottger Lajara, la ampliación de vigencia del Acuerdo Regional N° 28-2023-G.R.PIC.R, referente ala comisión investigadora a fin de investigar presuntos actos irregulares en la Dirección Agraria de Pasco y la Agencia Agraria de Oxapampa, en efecto después de un debate el pleno del consejo regional aprobó por unanimidad la ampliación del periodo de vigencia del mencionado acuerdo, esto, por 45 días calendarios, la cual entrara en vigencia desde su recepción y publicación de la misma.
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;
ACUERDA:
CONSEJO REGIONAL DE PASGÓN a
“Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”, LÍA
Año de la Integración Regional, Concertación y Gobernabilida Región Pasco”
ACUERDO N.* 54 — 2023 - G.R. PASCO/CR
PRIMERO. - AMPLIAR el periodo de vigencia del Acuerdo Regional N° 28-2023-G.R. P/C. R, referente a la comisión investigadora a fin de investigar presuntos actos irregulares en la Dirección Agraria de Pasco y la Agencia Agraria de Oxapampa, por un periodo de 45 días calendarios, la cual entrará en vigencia desde su recepción y publicación de la misma.
SEGUNDO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Articulo 42° de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobiemo Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5932440-054-2023-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6858119/5932440-acuerdo-de-consejo-regional-n-54-2023.pdf