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053-2017-G-R-P-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 053-2017-G.R.P/CR

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Consejo Regional ACUERDO N° 053-2017-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 18 de octubre del 2017. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria del día diecisiete de octubre del año dos mil diecisiete, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: VISTO: el DICTAMEN N° 011-2017-GRP/CR-CDSDHMF, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Derechos Humanos, De la Mujer y La Familia. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional en el Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización N° 27680, establece en su Artículo 191° que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa: asimismo en el inciso 5) del artículo 192° establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover el desarrollo socioeconómico regional, ejecutar los planes y programas correspondientes: Que, la Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los gobiernos regionales incorporarán a sus programas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestión. Los titulares de la administración pública regional son gestores de los intereses de la colectividad y están sometidos a las responsabilidades que la ley establezca, tal como lo señala el numeral 3) del artículo 8o de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, los derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales son, Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional; en mérito a lo dispuesto en el inciso k) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el inciso b) del artículo 2° del Reglamento Interno del Consejo Regional Prescribe: el Consejo Regional, ejerce función fiscalizadora, controlando la correcta disposición de los bienes y el buen uso de los recursos del Estado, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política y las leyes de la materia. Fiscaliza la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional. Lleva a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional, ya sea a través de sus Consejeros Regionales, de manera individual y/o en Comisiones Ordinarias, Especiales e Investigadoras; Que, mediante el DICTAMEN N° 011-2017-GRP/CR-CDSDHMF, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Derechos Humanos, De la Mujer y La Familia, emite el Dictamen referente a la solicitud de emisión de una Ordenanza Regional para Crear el Registro Único de Organizaciones Sociales de la Región Pasco {RU OS REGION P AS C O ); el mismo luego de la sustentación respectiva y el análisis correspondiente; el Magno Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en atención a lo Dictaminado por la Comisión de Desarrollo Social, Derechos Humanos, De la Mujer y La Familia; y, luego de sometido a votación establece dar lugar a ello; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público,

Consejo Regional ACUERDO N° 053-2017-G.R.P/CR ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9 o, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno; ACUERDA: PRIMERO. - APROBAR, el DICTAMEN N° 011-2017-GRP/CR-CDSDHMF, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Derechos Humanos, De la Mujer y La Familia, en todos sus extremos. SEGUNDO. - Poner de conocimiento a la Gerencia Regional de Desarrollo Social que de acuerdo a lo dictaminado por la comisión de Declarar Improcedente la emisión de la Ordenanza Regional para Crear el Registro Único de Organizaciones Sociales de la Región Pasco (RUOS REGION PASCO), siendo facultad de los Gobiernos Locales según la ley de la materia, solicitud efectuada por el Sr. Oscar Armando De la Cruz Concha, en su condición de Coordinador de Programas Niñez, Infancia, Adolescencia, Juventudes y Adulto Mayor de la Sub Gerencia de Desarrollo Social y Atención las Personas con Discapacidad. POR TANTO; Mando se registre, publique y cumpla.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5615321-053-2017-g-r-p-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6410890/5615321-acuerdo-de-consejo-regional-n-053-2017.pdf