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050-2026-G-R-PASCO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 050-2026-G.R.PASCO/CR

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“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” ACUERDO ».* 030 — 2026 - €.R. PASCO/CR

Cerro de Pasco, 05 de mayo de 2026

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la novena sesión ordinaria, de fecha cinco de mayo del año dos mil veintiséis, por unanimidad de los consejeros y consejeras presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo 2° de la Ley N.° 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales;

Que, según Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 15°, literal a) faculta al consejo regional, Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, en la Novena Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollada el cinco de mayo de dos mil veintiséis, la consejera regional Nora Sovero LOPEz, ha propuesto y sustentado que mediante acuerdo de Consejo Regional de 1. DECLARAR DE INTERES Y PRIORIDAD REGIONAL A LA CREACION DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD EN EL DISTRITO DE PUERTO BERMUDEZ, MATERNO INFANTIL, CON LA FINALIDAD DE DISMINUIR LA TASA DE MORTALIDAD MATERNO, NEO NATAL Y OTRAS ENFERMEDADES DE LA MADRE Y EL NIÑO; 2. ENCARGAR al Gerente Regional de Desarrollo Social para que, en coordinación con el director regional de Salud Pasco, elabore el expediente técnico administrativo y legal, para la creación del citado establecimiento; 3. ENCARGAR al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial disponga el inicio de la reformulación del estudio de preinversión para la creación de dicho establecimiento; 4. ENCARGAR al Gerente Regional de Infraestructura, para que elabore el expediente técnico para la creación del establecimiento de salud; luego de un debate amplio los consejeros y consejeras aprobó por unanimidad la propuesta. Asimismo, se ha aprobado por unanimidad ¡la dispensa de la lectura del acta;

Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

CONSEJO REGIONAL DE PASCO E

“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”

ACUERDO &.° 030 — 2026 - G.R. PASCO/CR

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR DE INTERES Y PRIORIDAD REGIONAL A LA CREACION DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD EN EL DISTRITO DE PUERTO BERMUDEZ, MATERNO INFANTIL, CON LA FINALIDAD DE DISMINUIR LA TASA DE MORTALIDAD MATERNO, NEO NATAL Y OTRAS ENFERMEDADES DE LA MADRE Y EL NINO.

ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR al Gerente Regional de Desarrollo Social para que, en coordinación con el director regional de Salud Pasco, elabore el expediente técnico administrativo y legal, para la creación del citado establecimiento.

ARTICULO TERCERO. — ENCARGAR al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial disponga el inicio de la formulación del estudio de preinversión para la creación de dicho establecimiento.

ARTICULO CUARTO. - ENCARGAR al Gerente Regional de Infraestructura, para que elabore el expediente técnico definitivo y la ejecución del mencionado establecimiento de salud.

ARTÍCULO QUINTO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTÍCULO SEXTO. - PUBLICAR y DIFUNDIR en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/8160089-050-2026-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10005329/8160089-acuerdo-de-concejo-regional-n-050-2026-g-r-pasco-cr.pdf