Acuerdo de Consejo Regional N.° 048-2017-G.R.P/CR
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Consejo Regional
ACUERDO N° 048-2017-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 04 de octubre del 2017.
POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria del día tres de octubre del año dos mil diecisiete, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización; Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuesta!; siendo competentes, entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192° de la Constitución Política del Perú, modificada por ía Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional y el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; °
Que, la mancomunidad regional es el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la prestación conjunta de servicios públicos, cofinanciamiento o inversión en la ejecución de obras que promueven la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización; Que, mediante Acta de Constitución de fecha 13 de diciembre del 2015, suscrita en la ciudad de Pucallpa se Constituye la "Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica" integrada por los Gobiernos Regionales de Huánuco, Huancavelica, Junín, Lima, Pasco y Ucayali bajo el marco normativo de la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 050-2013-PCM; Que, en el punto 5) del Acta de Constitución de la Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica, se acordó que cada Gobierno Regional asume la transferencia financiera anual de Dos Millones de Nuevos Soles S/. 2’000,000.00 que formará el presupuesto de la Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónico en el periodo fiscal; Que, mediante Ordenanza Regional N° 389-2016-G.R.P/CR, el Gobierno Regional de Pasco aprobó la Constitución de la “Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica” ratificando el contenido del Acta de fecha 13 de diciembre de 2015, suscrita por los Gobernadores de los Gobiernos Regionales de Huánuco, Huancavelica, Junín, Lima, Pasco y Ucayali; Que, el artículo 10° de la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional, indica que los gobiernos regionales efectúan las transferencias financieras o presupuéstales a la mancomunidad regional mediante acuerdo de consejo regional y de conformidad con la legislación sobre la materia. Al respecto el artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, considera como transferencias financieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2017, inciso b) las que se efectúen en aplicación de la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional;
Consejo Regional
ACUERDO N° 048-2017-G.R.P/CR Que. concordante con ello, el artículo 10° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2013-PCM señala el procedimiento de constitución y los documentos con los que, sucesivamente, se debe contar siendo que una vez elaborado el Informe Técnico, el Estatuto y el Acta de Constitución cada Gobierno Regional mediante Acuerdo debe aprobar la transferencia financiera como aporte para formar el presupuesto de la mancomunidad regional en el periodo fiscal; Que, mediante el DICTAMEN N° 012-2017-GRP-CR/CPPAT, de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, por Mayoría dictaminan los siguiente: Aprobar por el Pleno del Consejo Regional mediante Acuerdo Regional la transferencia financiera en la modalidad de aporte a la Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica de manera progresiva y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal hasta un monto de s/. 2’000,000.00 (Dos Millones de Nuevos Soles), para el cumplimiento de los objetivos institucionales de la mancomunidad; Recomendando al Ejecutivo Regional realizar la transferencia financiera conforme al artículo 38° de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9 o, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;
ACUERDA: PRIMERO. - AUTORIZAR la transferencia financiera en la modalidad de aporte a la Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica de manera progresiva y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal hasta un monto de s/. 2’000,000.00 (Dos Millones de Nuevos Soles), para el cumplimiento de los objetivos institucionales de la mancomunidad. SEGUNDO. - RECOMENDAR al Ejecutivo Regional realizar la transferencia financiera conforme al artículo 38° de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. TERCERFO. - NOTIFICAR el presente Acuerdo Regional al órgano ejecutivo regional para los fines pertinentes
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5615163-048-2017-g-r-p-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6410647/5615163-acuerdo-de-consejo-regional-n-048-2017.pdf