Acuerdo de Consejo Regional N.° 047-2026-G.R.PASCO/CR
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CONSEJO REGIONAL DE PASCO E
Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia ACUERDO M.* 047 — 2026 - 6.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 07 de abril del 2026.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la séptima sesión ordinaria, de fecha siete de abril del año dos mil veintiséis, por unanimidad de los consejeros y consejeras se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO: El Decreto Regiona! N.° 002-2026-G.R. P/GOB de fecha 18 de fe rero de
P/CR, en su artículo integridad, donde se integra a funcionarios e instituciones parg Equipo Técnico Especializado para la prevención, control y mitigación de Incendios forestales. Circular N.° 0001-2026-G.R. PASCO-GGR/GRRNGGAOT de fecha 17 de marzo de 2026, emitido por el Ing. Ronan Julio Melendez Almerco;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concord4do con la Ley N° 27867 y sus modificatorias por Ley N° 27902, Ley N° 28926 y Ley N° 28868, en su artículo 39° que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional;
Que, de conformidad a los artículos 2°, 3° y 4° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, constituyen para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal; tienen jurisdicción y emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, cuya finalidad esencial es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el equipo, y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; inciso 1) del artículo 192° de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos regionales son competentes para aprobar sus organizaciones internas y su presupuesto;
Que, según artículo 13° de la Ley N° 27687.- El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas;
Que, el articulo 15° de la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que el Consejo Regional tiene como función aprobar, modificar o derogar ordenanzas regionales, las cuales constituyen normas de carácter general que regulan materias dentro del ámbito de competencia del Gobierno Regional;
Que, según el artículo 15°, literal a) del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional! N° 368-2015-GRP/CR, establece que los consejeros regionales tienen la facultad de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, con Ordenanza Regional N.° 515-2024-G.R.P/CR de fecha 10 de diciembre de 2024, se ordenó: PROHIBIR, la quema de pastos, bosques naturales y plantaciones forestales que puedan perjudicar o perjudiquen la flora, fauna, salud e integridad de la persona en todo el ámbito de la región de Pasco y modificada con Ordenanza Regional N.° 537-2025-G.R.P/CR se modificó el artículo segundo, que ordena: Conformar el Equipo Técnico Especializado para plantear y/o adoptar acciones de soluciones políticas, normativas, técnico administrativas y legales según competencia orientadas a la prevención y control de los incendios forestales en la región de Pasco;
Á CONSEJO REGIONAL DE PASCO os Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” ~ Pl ACUERDO &.° 047 — 2026 - E.R. PASCO/CR
Que, mediante Decreto Regional N.° 002-2026-G.R.P/GOB de fecha 16 de febrero de 2026, decreta: aprobar el Reglamento de la Ordenanza Regional N.° 515- 2028-G.R.PICR en su integridad, donde se integridad, donde se integra a funcionarios e instituciones para equipo técnico especializado para prevención, control y mitigación de incendios forestales, esto con la finalidad de establecer los procedimientos, normas, responsabilidades y mecanismos necesarios para la correcta implementación y cumplimiento de la ordenanza regional, el cual consta de veintidós (22) artículos y sus disposiciones finales;
Que, en la séptima sesión ordinaria de fecha siete de abril del año dos mil veintiséis, se ha puesto en consideración el Circular N.° 0001-2026- G.R. PASCOGGR/GRRNGMA, de fecha 17 de marzo de 2026, emitido por el ing. Ronan Julio Meiendez Almerco Gerente Regional de Recursos Naturales, Gestión de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial, que solicita la designación de representante titular y alterno para la conformación del Equipo Técnico Especializado para prevención de Incendios Forestales, Luego de un debate amplio se aprobó por unanimidad de los consejeros y consejeras. Asimismo, se aprobó por unanimidad la dispensa del tramite y lectura del acta;
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o dectara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Pasco;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. -—- DESIGNAR como representantes titular y alterno para conformación del Equipo Técnico Especializado para la prevención de incendios forestales, según detalle:
REPRESENTANTE TITULAR: CONSEJERO HERMANN HUMBERTO BOTTGER LAJARA REPRESENTANTE ALTERNO: CONSEJERO ANGEL LEVI MOSCOSO DEZA
ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTICULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
'SIDENTE DEL CONSEJO
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/8027031-047-2026-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9823573/8027031-acuerdo-de-concejo-regional-n-047-2026-g-r-pasco-cr.pdf