Acuerdo de Consejo Regional N.° 042-2024-G.R.PASCO/CR
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“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de fas heroicas batallas de Junín y Ayacucho” “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la independencia del Perú”
ACUERDO N.* 42- 2024 - G.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 16 de abril del 2024.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la octava sesión ordinaria, de fecha 16 de abril del año dos mil veinticuatro, por unanimidad de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
El Informe N° 008-024-GRP/CR-JON de fecha 09 de abril del 2024, emitido por la Consejera Regional Téc. Jessica Ortiz Nahuinripa, sustento para desconcentrar las funciones de la Sub Dirección de Saneamiento de la Dirección Regional de Agricultura a la Agraria Oxapampa;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191” de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, de Reforma Constitucional, concordante con el artículo 2° de la Ley 27867 - Ley Orgánica del Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas Jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los consejos regionales, emiten acuerdos regionales que expresan la decisión del colegiado sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declare su voluntad de practicar el determinado por el artículo 39* de la norma citada;
Que, mediante la Ley N° 27867 -— Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 31433 respecto a las atribuciones y responsabilidades de los consejeros regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, en el literal a) del artículo 15°, señala que es atribución y responsabilidad de los consejeros regionales, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, según el numeral 3. Afirmación de la Identidad nacional, del PRIMER OBJETIVO: DEMOCRACIA Y ESTADO DE DERECHO, de las 35 Políticas del Estado de Acuerdo Nacional, señala lo siguiente: "Nos comprometemos a consolidar una nación peruana integrada, respetuosa de sus valores, de su patrimonio milenario y de su diversidad étnica y cultural, vinculada al mundo y proyectada hacia el futuro”. Asimismo, el CUARTO OBJETIVO ESTADO EFICIENTE TRANSPARENTE Y DESCENTRALIZADO, precisa en el numeral 24. Afirmación de un Estado eficiente y transparente: "Nos comprometemos a construir y mantener un Estado eficiente, eficaz, moderno y transparente al servicio de las personas y de sus derechos, y que promueva el desarrollo y buen funcionamiento del mercado y de los servicios públicos. Nos comprometemos también a que el Estado atienda las demandas de la población y asegure su participación en la gestión de políticas públicas y sociales, asi como la regulación de los servicios públicos en los tres niveles de gobierno. (...);
Que, mediante el informe N° 0008-2024-GRP/CR-JON, presentado por la Consejera Regional Jessica Ortiz Ñahuinripa, sustenta la problemática de la formalización de predios rurales y de tas comunidades nativas de los ocho distritos de la provincia de Oxapampa, región de Pasco, con la siguiente motivación:
CONSEJO REGIONAL DE PASCO
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolivar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO M.* 42- 2024 - G.R. PASCO/CR
El porcentaje de áreas tituladas dentro de la provincia de Oxapampa es muy bajo, esto debido a que la oficina principal se encuentra en Pasco.
Elárea geográfica que tenemos como provincia es más del 70%, por lo que los usuarios se ven afectados ya que tienen que ir a la capital de la Región, acumulando gastos en pasajes, viáticos, estadía y lo cual acarrea problemas en la salud por la altitud de la Ubicación.
Permitirá que se realice los trámites de titulación de nuestras comunidades que son nuestra prioridad, titulación de predios rurales, independización, subdivisiones, acumulaciones, etc., de parte propietarios de los 08 distritos de la provincia de Oxapampa.
Constantes solicitudes verbales de los jefes de las comunidades nativas y agricultores de los 8 distritos, además de los múltiples pedidos de formalización y titulación en la sexta reunión ordinaria y primera sesión descentralizada de Consejo Regional 2024 que se llevó a cabo en el Centro Poblado Puerto Amistad.
Facilitará el saneamiento de los terrenos de las instituciones educativas y centros de salud.
Que, la función de saneamiento de la propiedad Agraria y Catastro Rural está concentrada en la Sub Dirección del mismo nombre en el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Dirección Regional de Agricultura, la misma que debe desconcentrase a la Agencia Agraria de Oxapampa;
Que, uno de los principios generales que establece el artículo 4% de Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, es el de: a. Servicio a la ciudadanía, donde las entidades se organizan para responder mejor a las necesidades de la ciudadanía asegurando una prestación ágil, oportuna, efectiva y de calidad para lograr resultados que impacten positivamente en el bienestar de la ciudadanía y en el desarrollo del país;
Que, cuando se diseñó la organización de la Dirección Regional de Agricultura Pasco, a través del Reglamento de Organización de Funciones-ROF que data desde el año 2017, no estimaron por conveniente tener en consideración la demanda de la población de los ocho distritos que pertenecen a la Provincia de Oxapampa, específicamente en la necesidad de sanear sus predios rurales y de sus comunidades nativas, cuya brecha es altamente diferenciada, criterios de análisis que deben tener en consideración los responsables de actualizar el citado documento de gestión, enfatizando en los bienes y servicios que presta la entidad, y siendo lo más Importante de establecer la demanda y su cobertura, sumado a ello los factores externos que influirán en el diseño, como las condiciones geográficas y las facilidades de acceso de la ciudadanía a las instalaciones del estado a fin de buscar la atención adecuada en la solución de sus problemas de titulación de sus predios;
Que, con Informe N° 0008 -2024-GRP/CR-JON, de fecha 09 de abril del 2024, presentado por la Téc. Jessica Ortiz Nahuinripa, que ha puesto en consideración al pleno del Consejo Regional, sustentó la propuesta que por medio de Acuerdo de Consejo, se Exhorte al Gobernador Regional Pasco, Disponga al Director Regional de Agricultura Pasco, modifique su manual de operaciones (MOP) debiendo desconcentrar las funciones de la Sub Dirección de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural a la Agencia Agraria Oxapampa, en la octava sesión ordinaria, de fecha dieciséis de abril del año dos mil veinticuatro; Luego de un debate, fue aprobado por unanimidad de los consejeros presentes. Asimismo, aprobado por unanimidad la dispensa de la lectura del acta;
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan ta decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
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“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra independencia, y de la conmemoración a de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” - By “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolivar y revaloración de las comunidades de Pasco en la 4s consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO N.* 42- 2024 - C.R. PASCO/CR
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15* y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;
CONSEJO REGIONAL DE PASCO Ea
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - EXHORTAR al Gobernador Regional Pasco, DISPONGA al director regional de Agricultura Pasco, modifique su manual de Operaciones (MOP), debiendo desconcentrar las funciones de la Sub Dirección de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural a la Agencia Agraria Oxapampa.
ARTICULO SEGUNDO. - EXHORTAR al Director Regional de Agricultura Pasco, la asignación presupuestal a la Agencia Agraria Oxapampa a fin de garantizar el cumplimiento de las actividades a consecuencia de la asignación de las funciones de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural.
ARTICULO TERCERO. - EXHORTAR al Director Regional de Agricultura Pasco, implemente con personal idóneo a la Agencia Agraria Oxapampa, con la finalidad de atender las demandas de la población en los ocho distritos de la Provincia de Oxapampa.
ARTICULO CUARTO. - DISPENSAR e! presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTICULO QUINTO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
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(LL)
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5513559-042-2024-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6267944/5513559-acuerdo-de-consejo-n-042-2024.pdf