Acuerdo de Consejo Regional N.° 041-2023-G.R.PASCO/CR
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r CONSEJO REGIONAL DE PASCO al “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo” | ~ud@xse
Año de la Integración Regional, Concertación y Gobernabilidad Democtátivarámmla:
Región Pasco”
ACUERDO N.? 41— 2023 - G.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 26 de julio del 2023. POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N* 27867, y sus modificatorias, en sesión ordinaria decima segunda, de fecha veinte de junio del año dos mil veintitrés, por unanimidad de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional N.° 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 27902, la que establece en su articulo 39° que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional;
Que, las políticas de los gobiernos regionales guardan concordancia con las políticas nacionales de Estado, en tal medida las normas y disposiciones del Gobierno Regional se adecuan al ordenamiento jurídico nacional, no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas de otro Gobierno Regional ni de los otros niveles de gobierno; de modo que estas normas y disposiciones de los gobiernos regionales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;
Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, en su artículo 49° literal a) y g) dispone: "Funciones en materia de salud: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales. g) Organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación con los Gobiernos Locales;
Que, en sesión ordinaria de fecha veinte de junio del año dos mil veintitrés, se puso a consideración del pleno de Consejo Regional a pedido de la consejera Carolina Caqui Calixto, la declaracion de interés y necesidad publica regional, la atención a la Salud mental a fin de fortalecer los recursos individuales y comunitarios, asi promover el bienestar de la población pasqueña, la misma fue aprobada por unanimidad por el magno consejo regional;
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o dectara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° dela Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento interno;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR de interés y necesidad publica regional, la atención a la Salud mental a fin de fortalecer los recursos individuales y comunitarios, asi promover el bienestar de la población pasqueña, la misma fue aprobada por unanimidad por el magno consejo regional.
ARTÍCULO SEGUNDO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Artículo 42° de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, asi mispug dspgpé su pelusión ep elpegatelectrónico del Gobierno Regional Pasco.
de Mf peed
y/Gerson Rolando GRIJALVA SANTOS ESIDENTH strejpuiblique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5932222-041-2023-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6856925/5932222-acuerdo-de-consejo-regional-n-41-2023.pdf