Acuerdo de Consejo Regional N.° 040-2026-G.R.PASCO/CR
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CONSEJO REGIONAL DE PASCO A
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” ACUERDO N.* 040— 2026 - C.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 17 de marzo de 2026.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la sexta sesión ordinaria, de fecha diecisiete de marzo del año dos mil veintiséis, por mayoría de los consejeros y consejeras presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
Informe N.° 0421-2025-GRP-GGR-GRDE/SGDSE de fecha 25 de noviembre de 2025, emitido por el sub gerente de Desarrollo Sectorial Económico, Ing. Juan A. Ramos Chagua, Transferir; que solicita la transferencia definitiva de bienes del Plan de Negocio ““MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION DE CAFÉ TOSTADO, EN LA ASOCIACION AGROECOLOGICO, TURISTICO Y CULTURAL DEL PERU AATUCPERU, DISTRITO DE VILLA RICA, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO” CUI 2664668, a la ASOCIACIÓN AGROECOLOGICO, TURISTICO Y CULTURAL DEL PERU AATUCPERU, con domicilio legal jirón Andahuaylas Villa Rica 24 572777312-1 Cdra. del mercado nuevo representada por la Srta. Lady Lisbeth SIMON GALVEZ, identificada con DNI N° 43885799 (presidente AEO) por un valor con un monto de S/ 40,000.00 con un saldo de S/ 10,250.00 tal como indica en el análisis del INFORME N° 0421- 2025-GRP-GGR-GRDE/SGDSE; Dictamen N° 003-2026-GRP/CR-CDE de fecha 06 de marzo de 2026, aprobado por mayoría, emitida por el presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191* de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 28607 - Ley de Reforma de los artículos 91°, 191° y 194° de la Constitución Política del Perú; así como la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 2° de la Ley N° 26867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales su modificatoria (Ley N° 31433), establece los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía politica, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;
Que, la Ley N° 27783- Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° las autonomías de gobierno, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, en su artículo 35” competencias de los Gobiernos Regionales, en su literal m) dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, y proponer las iniciativas legislativas correspondientes;
Que, la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, (modificado por la Ley N.° 31433), en su artículo 16° inciso a) establece que los consejeros regionales tienen derecho y obligaciones funcionales proponer normas y acuerdos regionales;
CONSEJO REGIONAL DE PASCO | “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
ACUERDO N.* 040— 2026 - 6.R. PASCO/CR
Que, mediante Directiva General N° 001-2021 produce-DVMYPE-IDGDE. DIRECTIVA GENERAL PARA LA GESTION Y DESARROLLO DE PROCOMPITE EN GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES, que tiene como objetivo establecer procesos para la gestión y desarrollo de las iniciativas de apoyo a la competitividad productiva PROCOMPITE en Gobiernos Regionales y Locales;
Que, mediante Acuerdo N° 021-2024-G.R. PASCO/CR, Aprueba la aplicación de la Ley N° 29337- Ley de apoyo a la competitividad productiva — PROCOMPITE, para cofinanciar propuestas pro ductivas de categoría (A) y aprobar el monto de S/ 3,000,000.00 (...);
Que, mediante Resolución de Gerencia General Regional N° 258- 2025-G.R. P/GGR. Se Designó al Comité de Entrega y Recepción de Bienes e Infraestructura a las asociaciones del PROCOMPITE 2024 (...);
Que, según el Formato N° 15 -— Acuerdos de Cofinanciamiento entre
Acuerdo de Cofinanciamiento N° 3-2024-GRP del Gobierno Regional de Pasco y la Asociación Agroecológico, Turístico y Cultural del Peru - AATUCPERU, para el plan de negocio: para el plan de negocio “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DE CAFÉ TOSTADO, EN LA ASOCIACIÓN AGROECOLOGICO, TURISTICO Y CULTURAL DEL PERU AATUCPERU, DISTRITO DE VILLA RICA, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO” CUI N° 2664668;
Que, con Resolución de Gerencia General Regional N° 821-2024- G.R.P/GGR. Se modificó la resolución de Gerencia General Regional N° 780- 2024-G.R. P/GGR, en el extremo del cuadro de la relación de planes de negocio ganadores dei fondo concursable denominado PROCOMPITE 2024- Región Pasco (...);
Que, con Resolución de Gerencia General Regional N° 869-2025- G.R.P./GGR. Aprobar la Liquidación Técnica - Financiera del Plan de Negocio “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION DE CAFÉ TOSTADO, EN LA ASOCIACION AGROECOLOGICO, TURISTICO Y CULTURAL DEL PERU AATUCPERU, DISTRITO DE VILLA RICA, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO” CUI 2664668 cofinanciado entre el gobierno regional Pasco y el AEO beneficiaria “Asociación Agroecología, Turístico y Cultural del Perú - AATUCPERU”;
Que, habiendo revisado los antecedentes de la ejecución del Plan de negocio “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION DE CAFÉ TOSTADO, EN LA ASOCIACION AGROECOLOGICO, TURISTICO Y CULTURAL DEL PERU AATUCPERU, DISTRITO DE VILLA RICA, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO” CUI 2664668, cofinanciade por el Gobierno Regional de Pasco. Presentada por la Gerencia Regional de desarrollo económico con Oficio N° 126-2025-G.R. PASCO GGR/GRDE, En donde solicita la transferencia definitiva de bienes del plan de negocio;
Que, los gobiernos regionales, los gobiernos locales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo, ejecutado los planes de negocio mediante el fondo concursable PROCOMPITE el año 2024;
CONSEJO REGIONAL DE PASCO E,
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
ACUERDO N.* 040— 2026 - E.R. PASCO/CR
Que, en la ASOCIACION AGROECOLOGICO, TURISTICO Y CULTURAL DEL PERU AATUCPERU, DISTRITO DE VILLA RICA, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO” CUI 2664668, ha sido uno de tos ganadores para el cofinanciamiento del plan de negocio: “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION DE CAFÉ TOSTADO, EN LA ASOCIACION AGROECOLOGICO, TURISTICO Y CULTURAL DEL PERU AATUCPERU, DISTRITO DE VILLA RICA, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO” CUI 2664668;
Por un monto total de S/ 200,000.00 Que han sido distribuido de la siguiente manera:
Cofinanciamiento del Gobierno Regional : S/. 160,000.00 Cofinanciamiento AEO : Sí, _ 40,000.00 Total : S/, 200,000.00
Durante la ejecución del Plan de Negocio el Gobierno Regional de Pasco ejecutado según la Resolución de Gerencia General Regional N° 869 -2025-G.R.P./GGR, y se liquidó la suma de S/. 126,450.00 teniendo un saldo de S/. 10,250.00;
Que, la importancia de PROCOMPITE es contribuir a mejorar la competitividad y sostenibilidad de cadenas productivas priorizadas, mediante el fomento de iniciativas de negocios de agentes económicos organizados (AEO) orientados a las creaciones o mejoras de capacidades de producción de bienes y/o servicios, bajo condiciones competitivas, rentables, sostenibles y que no tengan efectos ambientales negativos significativos;
Que, de la Transferencia de Bienes. El Gobierno Regional de Pasco en concordancia con lo establecido en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Decreto legistativo N° 1439 del Sistema Nacional de Abastecimiento y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 217-2019-EF, Directiva N° 001-2015/SBN Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales”, aprobada por Resolución N° 046-2015/SBN, debe transferir los bienes adquiridos Producto de los Planes de Negocio a la ASOCIACION AGROECOLOGICO, TURISTICO Y CULTURAL DEL PERU AATUCPERU, DISTRITO DE VILLA RICA, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO”;
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CONSEJO REGIONAL DE PASCO E
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
ACUERDO N.* 040— 2026 - E.R. PASCO/CR EQUIPOS TANGIBLES A TRANSFERIR
DESCRIPCION | UNIDAD | CANTI | PRECIO MARCA MODELO | SERIEU | ESTADO UNITARIO OTRO MAQUINARI | NOTIENE | NO TIENE
PILADORA DE AS HGH CAFE UND [01
02 | mono 25,950.00 MUNDIPACCI | NOTIENE | CH22MD | NUEVO ELECTRICO unio | on Pcos202 PARA CAFE 21571
03 | ostapora 57,000.00 MAQUINAR| NOTIENE | NOTIENE | NUEVO INDUSTRIAL 10 UNID | 04 KG/BACH
04 | setecclonapo 16,800.00 MAQUINAR| NOTIENE | NOTIENE | NUEVO RA DE GRANO UNID | 01 200/HORA
05 9,700.00 MAQUINARE | NOTIENE | NOTIENE | NUEVO MAQUINA AS HGH DOSIFICADORA UNID [0
06 | MAQUINA 4,500.00 HENKEL DBF- ZH00737 | NUEVO SELLADORA DE 810WL 7 COLOR MATERIAL UNID | 01 PLOMO PLASTICO Y PAPEL
TOTAL, S/.
Que, en la Sexta Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollado el día diecisiete de marzo de 2026, el consejero regional Hermann Humberto Bottger Lajara, en condición de presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, puso en consideración el Dictamen N° 003-2026-GRPCR/CDE aprobado por mayoría y sustentó ante el pleno del consejo regional, que dictamina: Transferir, los bienes a la ASOCIACION AGROECOLOGICO, TURISTICO Y CULTURAL DEL PERU AATUCPERU, DISTRITO DE VILLA RICA, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO” CUI 2664668 representada por la Srta. Lady Lisbeth SIMON GALVEZ con DNI N° 43885799 (presidente AEO) por un valor de S/. con un monto de S/, 126,450.00 con un saldo de S/. 10,250.00 tal como indica en el análisis; Luego de un amplio debate el magno consejo regional aprobó por mayoría. Asimismo, aprobado por mayoría la dispensa del trámite de la lectura del acta;
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
CONSEJO REGIONAL DE PASCO E,
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
ACUERDO M.* 040— 2026 - 6.R. PASCO/CR
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - TRANSFERIR, los bienes a la ASOCIACION AGROECOLOGICO, TURISTICO Y CULTURAL DEL PERU AATUCPERU, DISTRITO DE VILLA RICA, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO” CUI 2664668 representada por la Srta. Lady Lisbeth SIMON GALVEZ con DNI N° 43885799 (presidente AEO) por un valor S/. 126,450.00 con un saldo de S/. 10,250.00 tal como indica en el análisis.
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR, al Gerente de Desarrollo Económico disponga a la Sub Gerencia de Desarrollo Sectorial Económico supervisar la transferencia de bienes.
ARTICULO TERCERO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTICULO CUARTO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7936004-040-2026-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9699736/7936004-acuerdo-de-concejo-regional-n-040-2026-g-r-pasco-cr.pdf