Acuerdo de Consejo Regional N.° 038-2026-G.R.PASCO/CR
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“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” ACUERDO N.* 038— 2026 - G.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 17 de marzo de 2026,
POR CUANTO:
de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la sexta sesión ordinaria y primera sesión descentralizada, de fecha diecisiete de marzo del año dos mil veintiséis, por unanimidad de los consejeros y consejeras presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
El Informe N° 0402-2025-GRP-GGR-GRDE/SGDSE de fecha 19 de noviembre de 2025, emitido por el Sub Gerente de Desarrollo Sectorial Económico, Ing. Juan A. Ramos Chagua, que solicita transferencia definitiva de bienes del Plan de Negocios: “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION, CALIDAD DE LECHE FRESCA Y DERIVADOS DE LA CADENA PRODUCTIVA DE VACUNOS EN LA ASOCIACION GANADERA GAPARINA YANAHUANCA, DEL DISTRITO DE YANAHUANCA, PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION, REGION PASCO” CUI 2664693, a la ASOCIACION GANADERA GAPARINA YANAHUANCA DEL DISTRITO DE YANAHUANCA, PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION, REGION PASCO” representada por la Sra. Angela Jazmín ESPINOZA TORRES con DNI N° 73974119 (presidente AEO); por un valor de S/. 70,622.40 soles, con un saldo de S/ 3,179.60 tal como indica el análisis del INFORME N° 0402-2025-GRP-GRDE/SGDSE, Dictamen N° 001-2026-GRP/CR-CDE de fecha 06 de marzo de 2026, aprobado por unanimidad, emitida por el presidente de ¡a Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 28607 - Ley de Reforma de los artículos 91°, 191° y 194° de la Constitución Política del Perú; así como la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 2° de la Ley N° 26867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales su modificatoria (Ley N° 31433), establece los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía politica, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;
Que, la Ley N° 27783- Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° las autonomías de gobierno, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, en su artículo 35” competencias de los Gobiernos Regionales, en su literal m) dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, y proponer las iniciativas legislativas correspondientes;
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“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
ACUERDO N.* 038— 2026 - E.R. PASCO/CR
Que, la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, (modificado por la Ley N.° 31433), en su artículo 16° inciso a) establece que los consejeros regionales tienen derecho y obligaciones funcionales proponer normas y acuerdos regionales;
Que, mediante Directiva General N° 001-2021 produce-DVMYPE-IDGDE. DIRECTIVA GENERAL PARA LA GESTION Y DESARROLLO DE PROCOMPITE EN GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES, que tiene como objetivo establecer procesos para la gestión y desarrollo de las iniciativas de apoyo a la competitividad productiva PROCOMPITE en Gobiernos Regionales y Locales;
Que, mediante Acuerdo N° 021-2024-G.R. PASCO/CR, Aprueba la aplicación de ta Ley N° 29337- Ley de apoyo a la competitividad productiva — PROCOMPITE, para cofinanciar propuestas productivas de categoría (A) y aprobar el monto de S/ 3,000,000.00 (...);
Que, mediante Resolución de Gerencia General Regional N° 258-2025- G.R. P/GGR. Se Designó al Comité de Entrega y Recepción de Bienes e Infraestructura a las asociaciones del PROCOMPITE 2024 (...);
Que, según el Formato N° 15 — Acuerdos de Cofinanciamiento entre el Gobierno Regional y los agentes económicos organizado (AEO) el Acta de Acuerdo de Cofinanciamiento N° 8-2024-GRP del Gobierno Regional de Pasco y la Asociación Ganadera Gaparina - Yanahuanca, para el plan de negocio “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION, CALIDAD DE LECHE FRESCA Y DERIVADOS DE LA CADENA PRODUCTIVA DE VACUNOS EN LA ASOCIACION GANADERA GAPARINA YANAHUANCA, DEL DISTRITO DE YANAHUANCA, PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION, REGION PASCO” CUI 2664693;
Que, con Resolución de Gerencia General Regional N° 821-2024- G.R.P/GGR. Se modificó la resolución de Gerencia General Regional N° 780-2024-G.R. P/GGR, en el extremo del cuadro de la relación de planes de negocio ganadores del fondo concursable denominado PROCOMPITE 2024- Región Pasco (...);
Que, con Resolución de Gerencia General Regional N° 0676-2025-G.R. PASCO/GGR. Se aprobó la Liquidación Técnica - Financiera del Plan de Negocio “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION, CALIDAD DE LECHE FRESCA Y DERIVADOS DE LA CADENA PRODUCTIVA DE VACUNOS EN LA ASOCIACION GANADERA GAPARINA YANAHUANCA, DEL DISTRITO DE YANAHUANCA, PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION, REGION PASCO” CUI 2664693 cofinanciada entre el Gobierno Regional Pasco y el AEO beneficiaria “Asociación Ganadera Gaparina”;
Que, la importancia de PROCOMPITE es contribuir a mejorar la competitividad y sostenibilidad de cadenas productivas priorizadas, mediante el fomento de iniciativas de negocios de agentes económicos organizados (AEO) orientados a las creaciones o mejoras de capacidades de producción de bienes y/o servicios, bajo condiciones competitivas, rentables, sostenibles y que no tengan efectos ambientales negativos significativos;
Que, los gobiernos regionales, los gobiernos locales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo, ejecutado los planes de negocio mediante el fondo concursable PROCOMPITE el año 2024, por un monto total de cofinanciamiento de S/. 3,000,000.00;
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“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
ACUERDO M.* 038— 2026 - 6.2. PASCO/CR
Que, la ASOCIACION GANADERA GAPARINA YANAHUANCA DEL DISTRITO DE YANAHUANCA, PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION, REGION PASCO” CON CUI N° 2664693, ha sido uno de los ganadores para el cofinanciamiento del plan de negocio “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION, CALIDAD DE LECHE FRESCA Y DERIVADOS DE LA CADENA PRODUCTIVA DE VACUNOS EN LA ASOCIACION GANADERA GAPARINA YANAHUANCA, DEL DISTRITO DE YANAHUANCA, PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION, REGION PASCO” CUI 2664693. Por un monto total de S/.100,000.00 Que han sido distribuido de la siguiente manera:
Cofinanciamiento del Gobierno Regional: S/. 80,000.00 Cofinanciamiento AEO : S/, 20,000.00 Total ; S/. 100,000.00
Durante la ejecución del Plan de Negocio el Gobierno Regional de Pasco ejecutó según la Resolución de Gerencia General Regional N° 676 -2025-G.R.P./GGR, y líquido la suma de S/. 70,622.40 Teniendo un saldo de S/. 3,179.60;
Que, de la Transferencia de Bienes: el Gobierno Regional de Pasco en concordancia con lo establecido en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Decreto legislativo N° 1439 del Sistema Nacional de Abastecimiento y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 217-2019-EF, Directiva N° 001-2015/SBN Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales”, aprobada por Resolución N° 046-2015/SBN, debe transferir los bienes adquiridos Producto de los Planes de Negocio a la ASOCIACION GANADERA GAPARINA YANAHUANCA DEL DISTRITO DE YANAHUANCA, PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION, REGION PASCO” CON CUI N° 2664693;
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CONSEJO REGIONAL DE PASCO
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
ACUERDO N.° 038— 2026 - G.R. PASCO/CR EQUIPOS TANGIBLES Y TRANSFERIR
UNIDAD DE | CANTI | PRECIO | PRECIO mem | DEscRipcION o. | unmaro | tora, | MARCA | MODELO | SERIEUOTRO | ESTADO MAQUINARIA, EQUIPOS Y ACCESORIOS Ot | apetapor ALLFLEX | UNIVERSAL | COLOR ROJO | NUEVO UNIVERSAL UNID 02 155.00 310.00 02 INOXVET | NOTIENE | COLOR NUEVO DOSFGILORR UNID 02 BLANCO 310.00 620.00 PLATEADO | NUEVO 03 | PASTEURIZADO UNID 01 NOTIENE | NOTIENE | ACERO mA 7,450.00 | 7,450.00 INOXIDABLE o4 | FORONGO DEl um 06 INJESUL | NOTIENE | COLORAZUL | NUEVO 220.00 | 1,320.00 ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD DE | CANTI | PRECIO | PRECIO | RAZA | EDAD CLASE Y/O — | OBSERVACI MEDIDA DAD | UNITARIO | TOTAL ARETADO ON BOVINO 05 | BROWNSWISS | UNID 06 | 5,200.00 | 31,200.00 | BROWN | 12-18 21,7.25,3,6:14 | NINGUNA HEMBRA SWISS | MESES BOVINO os | BROWNSWISS | UNID oi | 8,800.00 | 8,800.00 | BROWN | 24 MESES 100 NINGUNA MACHO SWISS TEM | DESCRIPCION | UNIDADDE | CANTI | PRECIO | PRECIO OBSERVACION MEDIDA DAD | UNITARIO | TOTAL SERVICIO PARA LA o7 | CONSTRUCCION SERV 01 | 20,922.40 | 20,922.40 | NUEVA CONSTRUCCION DE CONCRETO ARMADO Y DE SALA DE MADERA ORDEÑO TOTAL, S/. 70,622.40
Que, en la Sexta Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollado el día diecisiete de marzo de 2026, el consejero regional Hermann Humberto Bottger Lajara, en condición de presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, puso en consideración el Dictamen N° 001-2026-GRP-CR/CDE aprobado por unanimidad, y sustentó ante el pleno del consejo regional, que dictamina: TRANSFERIR, los bienes a la ASOCIACION GANADERA GAPARINA YANAHUANCA DEL DISTRITO DE YANAHUANCA, PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION, REGION PASCO” con CUI N° 2664693, Sra. Angela Jasmin ESPINOZA TORRES con DNI N.° 73974119 (presidente AEO) por un valor de S/. 70,622.40 con un saldo S/ 3,179.60; Luego de un amplio debate el magno consejo regional aprobó por unanimidad. Asimismo, aprobado por unanimidad la dispensa del trámite de la lectura del acta;
Que, el artículo 39° de ia Ley N.° 27867 — Ley Orgánica dé Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
CONSEJO REGIONAL DE PASCO E, EL
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” ACUERDO N.* 038— 2026 - G.R. PASCO/CR
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - TRANSFERIR, los bienes a la ASOCIACION GANADERA GAPARINA YANAHUANCA DEL DISTRITO DE YANAHUANCA, PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION, REGION PASCO” CON CUI N° 2664693, Sra. Angela Jasmin ESPINOZA TORRES con DNI N.° 73974119 (presidente AEO) por un valor de S/. 70,622.40 con un saldo S/ 3,179.60 tal como indica en el cuadro.
ARTICULO SEGUNDO. — ENCARGAR, al Gerente de Desarrollo Económico disponga a la Sub Gerencia de Desarrollo Sectorial Económico supervisar la transferencia de bienes.
ARTICULO TERCERO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTICULO CUARTO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7935962-038-2026-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9699650/7935962-acuerdo-de-concejo-regional-n-038-2026-g-r-pasco-cr.pdf