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028-2024-G-R-PASCO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 028-2024-G.R.PASCO/CR

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x CONSEJO REGIONAL DE PASCO? 95 qs

“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO &.° 28— 2024 - E.R. PASCO/CR Cerro de Pasco, 19 de marzo de 2024, POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N* 27867, y sus modificatorias, en la sexta sesión ordinaria y primera sesión descentralizada de fecha diecinueve de marzo del año dos mil veinticuatro, por unanimidad de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191° de la Constitución

$ E * Política del Estado, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa “en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley

Orgánica de los Gobiernos Regionales;

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 39* señala que: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional inc. a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales;

Que, los lineamientos de política en el Sector Transporte, es fundamental la aprobación del Acuerdo de Consejo Regional, porque el proyecto se enmarca en los lineamientos del sector transportes, los mismos que son: - Descentralización de la inversión de Transportes y Comunicaciones. - Fortalecer los niveles de coordinación y articulación con los ministerios, gobiernos regionales y locales, para la implementación de las políticas sectoriales y fa consolidación del proceso de descentralización. Reducción de brechas de conectividad física y digital a nivel de los departamentos. - Gestionar las inversiones de modo de que se logre un equilibrio territorial que reduzca la inequidad en el acceso de los servicios de transportes y comunicaciones y se atienda con prioridad a las zonas rurales y de preferente interés social. Accesibilidad a los servicios de transportes y comunicaciones. - Facilitar el acceso de los usuarios a los servicios de transportes y comunicaciones, promoviendo la inclusión social, la integración, la movilidad y la conectividad de los ciudadanos;

Que, en la Sexta Sesión Ordinaria y primera sesión descentralizada ordinaria, desarrollada en el Centro Poblado Puerto Amistad, distrito de Constitución — provincia de Oxapampa, del día diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro, se puso a consideración en la estación de la segunda agenda, sustentado y debatido en el magno consejo regional de Pasco, aprobada por unanimidad para que mediante Acuerdo Regional, la DECLARAR DE PRIORIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE PUERTO LIBRE, PUERTO AMISTAD, SAN FRANCISCO DE CAHUAPANAS Y PUERTO ORELLANA EN EL DISTRITO DE CONSTITUCION, PROVINCIA DE OXAPAMPA;

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“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO N.* 28— 2024 - G.R. PASCO/CR

Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37% de la Ley N.* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;

SE ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR DE PRIORIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL LA CONSTRUCCIÓN DE LOS PUENTES PUERTO LIBRE, PUERTO AMISTAD, SAN FRANCISCO DE CAHUAPANAS Y PUERTO ORELLANA EN EL DISTRITO DE CONSTITUCION, PROVINCIA DE OXAPAMPA - REGION PASCO,

ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR al Gobernador Regional de Pasco, priorice las acciones para la formulación de expedientes técnicos y la ejecución de los puentes Puerto Libre, Puerto Amistad, San Francisco de Cahuapanas y Puerto Orellana del Distrito de Constitución, provincia de Oxapampa, Región Pasco.

ARTICULO TERCERO: DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTICULO CUARTO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Artículo 42* de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Ea SOBHAIO REGIONAL DE PASCO

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5427833-028-2024-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6146872/5427833-acuerdo-de-consejo-n-028-2024.pdf