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024-2026-G-R-PASCO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 024-2026-G.R.PASCO/CR

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CONSEJO REGIONAL DE PASCO |

“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” ACUERDO N.* 024 — 2026 - 6.2. PASCO/CR

Cerro de Pasco, 17 de febrero de 2026

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la cuarta sesión ordinaria, de fecha diecisiete de febrero del año dos mil veintiséis, por unanimidad de los consejeros y consejeras presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

VISTO:

El OFICIO N*0005-2026-CMCSC-FSS-OWAY, de fecha 08 de febrero de 2026, presentado por el Comité Multisectorial de Carretera de los Sectores y Caserío de la cuenca de la Oway; OFICIO N° 006-2026-CMCSC de fecha 12 de febrero de 2026, emitido por el Agente Municipal Silvio Piñares Peñaloza, del Cacerio Paraíso El Encanto de Puerto Bermudez; Oficio N.° 018- 2026-GRP-CR/BVJ de fecha 16 de febrero de 2026, emitido por la consejera Regional Lic. Bethy Ventura Janampa;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo 2° de la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;

Que, según Ley N° 27867 —- Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 15”, literal a) faculta al consejo regional, Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, la consejera regional Lic. Bethy Ventura Janampa, ha tenido una reunión con las autoridades del Paraíso El Encanto y recibido el Oficio N.° 0006-2026-CMCSC-ESS-OWAY de fecha 12 de febrero sobre la problemática de infraestructura vial que conecte del Empalme el Paraíso el Encanto a San Juan de Dios para la capital del distrito de Puerto Bermúdez;

Que, entendido la situación y la necesidad de nuestros hermanos de 14 comunidades campesinas, 06 asociaciones; Mayantoni, Quirporquis, Chingari, Chavitini, Tiahuanas, Jantene, Mapechiriari, Mapiari, Bajo Oway, Alto Oway, Shumahuani, Chequitahua, Aso, Andinas Amazónicas, Jóvenes unidos, Valle Porvenir, Pachacama San Antonio Paraíso El Encanto que mencionan que actualmente la población se encuentra aislada de la capital del distrito de Puerto Bermúdez, para llegar a la capital viajan tres largos días, un total de 460 km, si la apertura fuera 21 km. En 03 horas llegarían a la capital del distrito de Puerto Bermúdez, ya que la falta de interconexión condena a las comunidades en mención al aislamiento que durante muchos años se encuentra olvidado, no hay atención en salud, educación y no existe programas sociales para estas comunidades, los niños y adolescentes se encuentran aislada sin un sistema educativo formal por falta de acceso. Asimismo, la economía de las poblaciones es muy baja porque no pueden comercializar sus productos al mercado ya que el tramo de tres días es perjudicial para el traslado de sus productos, ya que en el camino los productos se malogran y el costo de la producción y del mercado no cubren todo lo invertido;

CONSEJO REGIONAL DE PASCO $ “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” ACUERDO N.° 024 — 2026 - 6.R. PASCO/CR

Que, en la Cuarta Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollada el diecisiete de febrero de dos mil veintiséis, se puso en consideración, Oficio N.° 018- 2026- GRP-GR/BVJ de fecha 16 de febrero de 2026, emitido por la consejera Regional Lic. Bethy Ventura Janampa, que ha sustentado la propuesta de Acuerdo de Consejo Regional de DECLARAR DE INTERES REGIONAL Y NECESIDAD PUBLICA LA APERTURA E INTERCONEXION VIAL INMEDIATA DEL EMPALME PARAISO EL ENCANTO A SAN JUAN DE DIOS PARA LA CAPITAL DEL DISTRITO DE PUERTO BERMUDEZ; luego de un debate amplio los consejeros y consejeras presentes aprobó por unanimidad. Asimismo, aprobado por unanimidad la dispensa de la lectura del acta;

Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR de interés regional y necesidad publica LA APERTURA E INTERCONEXION VIAL INMEDIATA DEL EMPALME PARAISO EL ENCANTO A SAN JUAN DE DIOS PARA LA CAPITAL DEL DISTRITO DE PUERTO BERMUDEZ;

ARTICULO SEGUNDO. - INVOCAR al Gobernador Regional de Pasco, el inicio de los estudios de pre Inversión, Expediente Técnico y ejecución del proyecto, debiendo gestionar el presupuesto y la incorporación al Programa Multianual de Inversiones.

ARTICULO TERCERO. -— DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTÍCULO CUARTO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con lo establecido en el Art. 42° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, asimismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7818602-024-2026-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9552735/7818602-acuerdo-de-consejo-regional-n-024-2026-g-r-pasco-cr.pdf