Acuerdo de Consejo Regional N.° 020-2024-G.R.PASCO/CR
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CONSEJO REGIONAL DE PASCO
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conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” ‘ Vo
ACUERDO N.° 20 — 2024 - E.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 20 de febrero de 2024.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la cuarta sesión ordinaria, de fecha veinte de febrero del año dos mil veinticuatro, por mayoría de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
El Informe N° 061-2024-G.R. PASCO-GGR-GRDS, de fecha 19 de febrero del 2024, emitido por el Gerente Regional de Desarrollo Social, Mg. Luis A. Palacios Ildefonso, quien solicita Modificación del Acuerdo N° 77-2023-GR. PASCO/CR;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y Ley N° 28607, en el artículo 191° establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. La estructura. orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Gobernador Regional, como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y /atribuciones que les señala la ley;
Que, conforme lo dispone el artículo 49° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son funciones del Gobierno Regional en materia de salud: “(...) f) Organizar los niveles de atención y administración de las entidades de salud del Estado que brindan servicios en la región, en coordinación con los Gobiernos Locales, (...) 1) Planificar, financiar y ejecutar los proyectos de infraestructura sanitaria y equipamiento, promoviendo el desarrollo tecnológico en salud en el ámbito regional";
Que, el articulo 21° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, inciso k) establece que el Presidente Regional tiene atribuciones para celebrar y suscribir, en representación del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y sólo respecto de aquellos bienes, servidos y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional;
Que, según lo establece en el 35” del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-GRP/CR, las comisiones Especiales son creadas por el Consejo Regional para atender asuntos específicos de interés público que no estén relacionadas a las funciones de las comisiones ordinarias y/o investigadoras. Se extinguen cuando culmina el cargo encomendado por el Consejo Regional, (...);
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CONSEJO REGIONAL DE PASCO
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la 2
conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO N.° 20 — 2024 - E.R. PASCO/CR
Que, los artículos 10 m), 11, párrafo uno, 16 a), 37 y 39 de la ley N° 31433 manifiesta tienen las atribuciones de dictar normas sobre asuntos de su competencia Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional de asuntos internos institucional y son aprobados por mayoría simple de sus miembros; Es así que el artículo 21 de la Ley N° 27867, incorporado a la Ley N° 31433, establece que son atribuciones del gobierno regional proponer al Consejo Regional las ternas de candidatos para la designación del secretario técnico del procedimiento administrativo disciplinario y del coordinador de la unidad funcional de integridad institucional;
Que, mediante Acuerdo N° 077-2023-G.R. PASCO/CR, donde menciona ACEPTAR la adquisición de bien inmueble por Donación del terreno de parte de la Comunidad Campesina “San Juan Bautista de Huariaca”; El Predio se encuentra Ubicado: Anexo: Santa Rosa de Huanag; Paraje Antacana; Distrito de Huariaca; Provincia Pasco; Departamento Pasco; Extensión Superficial: 5053.92 m2; Perímetro de 299.87 ml;
Que, en la cuarta sesión ordinaria, de fecha veinte de febrero del año dos mil veinticuatro, se puso a consideración Informe N° 061-2024-G.R. PASCO-GGR-GRDS, de fecha 19 de febrero del 2024, emitido por el Gerente Regional de Desarrollo Social, Mg. Luis A. Palacios lidefonso, quien solicita modificación del Acuerdo N° 77-2023-GR. PASCO/CR, en su artículo Segundo menciona: ENCARGAR a la Gerencia General Regional disponga a la Dirección Regional de Asesoría Jurídica y a la Dirección General de Administración iniciar las acciones legales y administrativas a fin de formalizar la donación del terreno. DEBE DECIR: ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR al Gobernador Regional, Lic. Juan Luis Chombo Heredia, identificado con DNI 40332943 en calidad de titular del Gobierno Regional de Pasco, para cumplir con la suscripción de la minuta, escritura pública y otros documentos requeridos por las diferentes instituciones e instancias que permitan el registro e inscripción del terreno otorgado por la comunidad campesina “San Juan Bautista de Huariaca; la misma que fue aprobado por mayoría de los consejeros regionales; Asimismo, se aprobó la dispensa del tramite y lectura del acta;
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - MODIFICAR, el Artículo Segundo del Acuerdo N° 77- 2023-G.R. PASCOICR, que:
DICE
ENCARGAR a la Gerencia General Regional disponga a la Dirección Regional de Asesoría Juridica y a la Dirección General de Administración iniciar las acciones legales y administrativas a fin de formalizar la donación del terreno.
CONSEJO REGIONAL DE PASCO “Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la (5 = 7 conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” a
ACUERDO N.* 20 — 2024 - G.R. DASCO/CR
DEBE DECIR:
ENCARGAR al Gobernador Regional, Lic. Juan Luis Chombo Heredia, identificado con DN! 40332943 en calidad de titular del Gobierno Regional de Pasco, para cumplir con la suscripción de la minuta, escritura pública y otros documentos requeridos por las diferentes instituciones e instancias que permitan el registro e inscripción del terreno otorgado por la comunidad campesina “San Juan Bautista de Huariaca; la misma que fue aprobado por mayoria de los consejeros regionales; Asimismo, se aprobó la dispensa del trámite y lectura del acta;
ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
ARTICULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Artículo 42? de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, asi mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5864855-020-2024-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6766791/5864855-acuerdo-de-consejo-reginal-n-20-2024.pdf