Acuerdo de Consejo Regional N.° 016-2023-G.R.PASCO/CR
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ONSEJO REGIONAL DE PA
“Año de la Unidad, la Paz y el Desarrol Año de la Integración Regional, Concertación y Gobernabilidad Democrática en la Región Pasco”
ACUERDO &.° 16— 2023 - E.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 07 de abril del 2023. POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la Sexta Sesión Ordinaria y Primera Sesión Descentralizada de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Oxapampa, ha aprobado por unanimidad el Acuerdo Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Estado Peruano, modificada por el artículo Único de fa Ley N° 30305, publicado el 10 de marzo de 2015, en concordancia con el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía politica, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 4 de la norma citada en el párrafo precedente, establece que “Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”;
Que, el inciso g) del Articulo N° 09 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ~ Ley N° 27867, señala que los gobiernos regionales son competentes para: “(...) g) ppromover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley. (...).
Que en el Artículo 56 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de transportes señala que es función del gobierno regional “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales”. (...)
Que la Ley General de Transportes y tránsito terrestre - Ley N° 27181, en uso Articulo 16, De las competencias competencias del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, señala: “El Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, asumiendo las siguientes competencias: Competencias normativas: a) Dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la presente Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito” (...).
Que, en la Sexta Sesión Ordinaria y Primera Sesión Descentralizada de Consejo Regional, realizado en la provincia de Oxapampa, de fecha 21.03.2023, en la estación de agenda, los funcionarios del ejecutivo sustentaron respecto al estado actual y reinicio de todas las obras de la provincia de Oxapampa, que se ejecutan por modalidad de contrata y administración directa, en esa línea se atendió los pedidos de los pobladores de Puerto Bermúdez, Villa Rica, Oxapampa, Palcazu, Chontabamba, Pozuzo , Huancabamba, y demás distritos a fin de absolver sus solicitudes de problemática en cuanto a educación, inversión, salud, carreteras y otros, el magno consejo después de escucharlos, concluye en acuerdos de interés regional y necesidad publica los diversos pedidos.
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37* de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;
ACUERDA:
ONSEJO REGIONAL DE PASCÉ
“Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo” | E; Año de la Integración Regional, Concertación y Gobernabilidad Demobéátie Región Pasco”
ACUERDO N.? 16— 2023 - 6.R. PASCO/CR
ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR de necesidad pública e interés regional el mejoramiento de la carretera Villa Rica, Puerto Bermúdez y Ciudad Constitución.
ARTICULO SEGUNDO, - EXHORTAR al Gobernador Regional de Pasco, iniciar las gestiones para la pronta ejecución de dicho proyecto.
ARTICULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de
conformidad con el Artículo 42° de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco,
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
ER} DENTE DEL CA CANTOS
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5930198-016-2023-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6855674/5930198-acuerdo-de-consejo-regional-n-16-2023.pdf