Acuerdo de Consejo Regional N.° 014-2024-G.R.PASCO/CR
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CONSEJO REGIONAL DE pasco ged)
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO N.* 14— 2024 - 6.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 7 de febrero del 2024. POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en tercera sesión ordinaria desarrollada el seis de febrero del año dos mil veinticuatro, por mayoría de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional N.° 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N.° 27902, la que establece en su artículo 39° que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional;
Que, el artículo 191° de la Constitución Politica del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia;
Que, según Ley N.° 29768 - Ley de Mancomunidad Regional, modificada por la Ley N°30804, en su artículo 3°, señala que La Mancomunidad Regional es una persona jurídica de derecho público y constituye un Pliego Presupuestal, de igual forma, el numeral 3 del artículo 6° indica, que la Mancomunidad Regional se encuentra sujeta al Sistema Nacional de Control, al Sistema Nacional de Presupuesto y a los demás sistemas administrativos del Estado;
Que, la mancomunidad regional es el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la prestación conjunta de servicios públicos, cofinanciamiento o inversión en la ejecución de obras, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización;
Que, en la tercera sesión ordinaria desarrollada el seis de febrero del año dos mil veinticuatro, se puso a consideración del pleno de Consejo Regional, a solicitud del presidente del Comité Ejecutivo de la Mancomunidad Regional “Pacífico Centro Amazónico”, Mg. Zósimo Cárdenas Muje, la designación de los tres representantes del Consejo Regional, el magno consejo regional de Pasco, aprobaron por mayoría de los representantes que integra a la mancomunidad regional “Pacífico Centro Amazónica”. Asimismo, aprobaron la dispensa de la lectura del acta por mayoría”;
Que, el artículo 39° de la Ley N°. 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;
LON CONSEJO REGIONAL DE PASCO & >
<4 “Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO N.° 14— 2024 - E.R. PASCO/CR
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - DESIGNAR a los consejeros representantes del Consejo Regional, para la integración en la Mancomunidad Regional “Pacífico Centro Amazónica”, en mérito al Art. 15.1 del Decreto Supremo N° 022-2020-PCM, Reglamento de la Ley N° 29768 y demás normas conexas, según detalle:
Presidente del Consejo Regional, Yon Jilmer BONILLA MALPARTIDA Consejera Regional, Carolina CAQUI CALIXTO Consejero Regional, Roberto Chale SUAREZ CHUQUIMANTARI
ARTICULO SEGUNDO. - SUGERIR al gobernador regional de Pasco implemente las acciones para lograr esta mancomunidad.
ARTICULO TERCERO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTÍCULO CUARTO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Artículo 42* de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
em REGIONAL DE PASCO
A TIDA SUS deSona.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5263427-014-2024-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5937989/5263427-acuerdo-de-consejo-n-014-2024.pdf