Acuerdo de Consejo Regional N.° 012-2018-G.R.P/CR
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Consejo Regional ACUERDO N° 012-2018-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 21 de marzo del 2018. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria del día veinte de marzo del año dos mil dieciocho, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: VISTO: el DICTAMEN N° 001-2018-GR.PASCO, de la Comisión Ordinaria de Infraestructura. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional en el Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización N° 27680, establece en su Artículo 191° que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y ministrativa; asimismo en el inciso 5) del artículo 192° establece que es competencia de los )biernos Regionales promover el desarrollo socioeconómico regional, ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, la Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los gobiernos regionales incorporarán a sus programas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestión. Los titulares de la administración pública regional son gestores de los intereses de la colectividad y están sometidos a las responsabilidades que la ley establezca, tal como lo señala el numeral 3) del artículo 8o de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, los derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales son, Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarlos del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional; en mérito a lo dispuesto en el inciso k) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el Inciso b) del artículo 2o del Reglamento Interno del Consejo Regional Prescribe: el Consejo Regional, ejerce función fiscalizadora, controlando la correcta disposición de los bienes y el buen uso de los recursos del Estado, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política y las leyes de la materia. Fiscaliza la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional. Lleva a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional, ya sea a través de sus Consejeros Regionales, de manera individual y/o en Comisiones Ordinarias, Especiales e Investigadoras; Que, mediante DICTAMEN N° 001-2017-GR.PASCO, la Comisión Ordinaria de Infraestructura, emite el Dictamen recaído referente a la fiscalización de la obra “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Establecimientos de Salud de la Micro Red Puerto Bermúdez de la Red de Salud de Oxapampa”; el Magno Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en atención a lo Dictaminado por la Comisión y luego de sometido a votación establece dar lugar a ello; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
E d íficú rE ¿tu ta J/ N 0 1 S a*vJua *^C erra-d e'pa ¿co-E eIf. 0 6 3-59/0 60Ane^cay 2020 - 2215
Consejo Regional ACUERDO N° 012-2018-G.R.P/CR En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9 o, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno; ACUERDA: PRIMERO.- APROBAR el DICTAMEN N” 001-2018-GR.PASCO, de la Comisión Ordinaria de Infraestructura, en todo sus extremos. SEGUNDO.- EXHORTAR al Procurador Público Regional lo siguiente: • Inicie acciones administrativas y legales contra los que resulten responsables por la supuesta colusión por el pago de 700,247.00 soles de sobrevalorización, pagadas al Consorcio Bermúdez, representando por el Sr. Nicanor CANTURIN GONZALES, autorizadas por el Supervisor de Obra Ing. Fredy OLORTEGUI AGUIRRE. • Adopte acciones inmediatas para la pronta culminación de la obra “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Establecimientos de Salud de la Micro Red Puerto Bermúdez de la Red de Salud de Oxapampa”.
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
GOBIERNO REGIONAL PASCO
HUATUCO L C O N S E J O R E G IO N A L
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5616859-012-2018-g-r-p-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6413210/5616859-acuerdo-de-consejo-regional-n-012-2018.pdf