Acuerdo de Consejo Regional N.° 011-2018-G.R.P/CR
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Consejo Regional ACUERDO N° 011-2018-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 21 de marzo del 2018. POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria del día veinte de marzo del año dos mil dieciocho, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: VISTO; el DICTAMEN N° 001-2018-CEMRCEESS-CR-G.R.PASCO, de la Comisión Especial conformada para que realicen la investigación, verificación y recopilación de la documentación sobre el cumplimiento irrestricto de las formalidades exigidas en la ley en la ejecución del proyecto “Mejoramiento de la Referencia y Contra referencia de los Establecimientos de Salud de la Región Pasco”. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma nstitucional en el Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización N° 27680, establece en su ;ículo 191° que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y ministrativa; asimismo en el inciso 5) del artículo 192° establece que es competencia de los ibiernos Regionales promover el desarrollo socioeconómico regional, ejecutar los planes y agramas correspondientes; Que, el artículo 15° literal k) de la ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional - como órgano fiscalizador - tiene como atribución Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional, y, en su artículo 16° literales b) y c), señala como derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional u otros de interés general e Integrar las comisiones ordinarias, investigadoras o especiales; así mismo, el artículo 75° literal a) de este dispositivo legal, prescribe que el Gobierno Regional está sujeto a la fiscalización permanente del (...) Consejo Regional, (...) conforme a la ley y al Reglamento del Consejo Regional; Que, el inciso b) del artículo 2o del Reglamento Interno del Consejo Regional Prescribe: el Consejo Regional, ejerce función fiscalizadora, controlando la correcta disposición de los bienes y el buen uso de los recursos del Estado, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política y las leyes de la materia. Fiscaliza la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional. Lleva a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional, ya sea a través de sus Consejeros Regionales, de manera individual y/o en Comisiones Ordinarias, Especiales e Investigadoras; Que, con el ACUERDO N° 050-2017-G.R.P/CR, se AUTORIZA, Interponer Denuncia Penal, por existir observaciones en las Especificaciones Técnicas al Proyecto “ M ejoram iento dó" la Referencia y Contra referencia de los Establecim ientos de Salud de la Región P a sco” , en la adquisición de 22 Ambulancias Rural Tipo II, por la Presunta Comisión del Delito de Corrupción de Funcionarios y otros; Que, mediante ACUERDO N° 005-2018-G.R.P/CR, se CONFORMA la Comisión Especial con el objetivo de que realicen la investigación, verificación y recopilación de la documentación sobre el cumplimiento irrestricto de las formalidades exigidas en la ley en la ejecución del proyecto “Mejoramiento de la Referencia y Contra referencia de los Establecimientos de Salud de la Región Pasco”; a fin de cautelar la ejecución de un gasto eficiente y los intereses que estén bajo la jurisdicción administrativa y funcional del Gobierno Regional de Pasco; E d T f-U U trE ítu ta l/ Ñ ° 1 S a w Ju c c n rC & rro -d e 'P c L ic o -T e lf. 063 -5 9 7 0 6 0 A n é je o s ' 2 02 0 - 2 21 5
Consejo Regional ACUERDO N° 011-2018-G.R.P/CR Que, mediante DICTAMEN N" 001-2018-CEMRCEESS-CR-G.R.PASCO, la Comisión Especial conformada para que realicen la investigación, verificación y recopilación de la documentación sobre el cumplimiento irrestricto de las formalidades exigidas en la ley en la ejecución del proyecto “Mejoramiento de la Referencia y Contra referencia de los Establecimientos de Salud de la Región Pasco”; Opinan AMPLIAR la denuncia interpuesta mediante el ACUERDO N° 050-2017-G.R.P/CR, de fecha 05 de octubre del 2017; el Magno Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en atención a lo Dictaminado por la Comisión y luego de sometido a votación establece dar lugar a ello; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno; ACUERDA: PRIMERO.- AMPLIAR la Denuncia Penal por la Comisión del Delito de Colusión Agravada y Negociación Incompatible en la ejecución del proyecto: “Mejoramiento del Sistema de la Referencia y Contrareferencia de los Establecimientos de Salud de la Región Pasco”, contra los siguientes funcionarios: • Ing. Teódulo Valeriano QUISPE HUERTAS - Gobernador Regional de Pasco, en su condición de Titular del Pliego, quine permitió se efectué el devengado, giro y pago a la Empresa Automotriz MOPAL S.A, por la suma de 6’450.000.00 soles. • Lie. Adm. Edwin Alfonso CALDERON CARHUAZ - Director General de Administración, por autorizar el devengado, giro y pago a la Empresa Automotriz MOPAL S.A, por la suma de 6'450.000.00 soles.
SEGUNDO.- AMPLIAR la Denuncia Penal en contra de los siguientes funcionarios, por haber suscrito el Acta de Recepción, permitiendo que la Empresa Automotriz MOPAL S.A no cumpla con las especificaciones técnicas establecidas en las bases integradas de Licitación Pública para la contratación de bienes por la Comisión del Delito de Colusión: • Dimas Ciro VICTORIO BUSTILLOS n su condición de Gerente Regional de Desarrollo Social y Presidente de la Comisión de Recepción. • Dr. Fernando Pool ORIHUELA ROJAS, Miembro de la Comisión de Recepción. • Ing. William CHUQUIJA VILCA, Miembro de la Comisión de Recepción; y, • Tec. Jhonatan Jaamerly APOLINARIO SALAZAR, Miembro de la Comisión de Recepción.
TERCERO.- REMITIR, copia de todo lo actuado al Procurador Público del Gobierno Regional de Pasco, para que, como unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6°, 7° y 8° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República defienda los interés del estado ante los órganos jurisdiccionales correspondientes. POR TANTO:
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5616849-011-2018-g-r-p-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6413197/5616849-acuerdo-de-consejo-regional-n-011-2018.pdf