Decreto Regional N.° 010-2020-GRP-GGR-GRPPAT/SGRSTIC
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BICENTENARIO
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«ne 0324 -2021-G.R.P./GOB.
CALIDAD ©
Cerro de Pasco, Q 7 JUL 2021 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO
VISTO:
El Memorando N° 0708-2021-G.R.P/GOB de fecha 30 de junio del 2021, emitido por el Gobernador Regional Pasco; Informe N° 0195-2020-G.R.PASCO-GOBIGGR de fecha 25 de junio del 2021, emitido por el Gerente General Regional: informe N° 0193-2021-G.R. PASCO-GGR-GRPPAT de fecha 21 de junio del 2021, emitido porel Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Informe Legal N° 0841 2021-G.R.P.-GGRIDRAJ de fecha 14 de junio del 2021, emitido por el Director Regional de Asesoría Juridica, Informe N° 01016-2021-GRP-GGRIGRPPAT de fecha 07 de junio del 2021, emitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial: informe N° 269-2021-GRP-GGRGRPPATISGRSTIC de fecha 04 de junio del 2021, emitido por el Sub Gerente de Racionalización y Sistemas TOY»
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 191? de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley N° 27680 - Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV, establece que: "Los Gobiernos Regionales tiene autonomía politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (..)"
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son Personas Juridicas de derecho público, con autonomía política, económica, y administrativa en asuntos de su competencia (...)
Que, la autonomía politica de los Gobiernos Regionales se define como la facultad de adoptar y concordar las política, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobiemo y desarrollar las funciones que le son inherentes conforme a lo establecido en la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización;
Que, los incisos a) y d) del artículo 21* de la Ley Orgánica de tos Gobiernos Regionales - Ley 27867, establece que, es atribución del Presidente Regional ahora llamado Gobernador Regional, según Ley N° 30305; de dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus órganos ejeculivos. administrativos y técnicos, asi como dictar Decretos y Resoluciones Regionales,
Que, el articulo 1° de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado Ley N° 27658, establece: Declárese al Estado en proceso de modemización 1.1. Declárese al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
L BICENTENARIO PERÚ 2021
Que, la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica en su Artículo 2° establece: Es objeto de la Ley propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, asi como el cumplimiento de metas y resultados oblenidos por las instituciones sujetas a control, con la finalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en beneficio de la Nación;
Que, la Sub Gerencia de Racionalización y Sistemas TIC ha formulado el proyecto de Directiva General N° 010-2020-GRP-GGR-GRPPATISGRSTIC “NORMAS PARA LA FORMULACIÓN APROBACIÓN VISACION, NOTIFICACIÓN Y ARCHIVO DE RESOLUCIONES EMITIDAS EN EL GOBIERNO REGIONAL PASCO”; teniendo por finalidad uniformizar criterios para la formulación, aprobación, notificación y archivo de las Resoluciones expedidas en el Gobierno Regional Pasco, siendo una herramienta de gestión que contribuya con el cumplimientos de los objetivos institucionales. En consecuencia, se puede observar que dicha Directiva ha sido elaborado siguiendo la estructura y procedimiento establecido en la Directiva General N° 008-2020- G.R.PASCO-GRPPAT-SGRSTIC "Normas para la Elaboración, Trámite, Aprobación y Actualización de Directivas del Gobierno Regional de Pasco",
Por lo expuesto, y en uso de las facultades y atribuciones otorgadas mediante la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobierno Regionales, modificada por la Ley N° 27902 y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Pasco;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO; APROBAR la DIRECTIVA GENERAL N° 010-2020-GRP-GGR-GRPPATISGRSTIC “NORMAS PARA LA FORMULACIÓN, APROBACIÓN, VISACIÓN, NOTIFICACIÓN Y ARCHIVO DE RESOLUCIONES EMITIDAS EN EL GOBIERNO REGIONAL PASCO” que consta de diez (10) items Objetivo, Finalidad, Base Legal, Alcances, Disposiciones Generales, Disposiciones Específicas y/o Procedimientos, Disposiciones Complementarias, Disposiciones Transitorias, Responsabilidad, Anexo (contenido y estructura de la Directiva); y que forma parte integrante de la presente resolución
ARTÍCULO SEGUNDO: DEJAR SIN EFECTO legal alguno toda disposición que se oponga al presente acto resolutivo.
ARTÍCULO TERCERO: PUBLÍQUESE la presente en el Portal Institucional del Gobierno Regional Pasco.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE el contenido de la presente resolución a los órganos competentes del Gobierno Regional Pasco
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
4132 °°
“NORMAS PARA LA FORMULACIÓN, APROBACIÓN, VISACIÓN, NOTIFICACIÓN Y ARCHIVO DE RESOLUCIONES EMITIDAS EN EL GOBIERNO REGIONAL PASCO”
DIRECTIVA GENERAL N° 010- 2020-GRP-GGR-GRPPAT/ SGRSTIC
FORMULADO POR: SUB GERENCIA DE RACIONALIZACIÓN Y SISTEMAS TIC FECHA: 08 DE JULIO 2020
OBJETIVO
Disponer de un documento técnico normativo que permita establecer el procedimiento oportuno y eficaz para la formulación, aprobación, visación, notificación y archivo de Resoluciones que se expidan en la Sede del Gobierno Regional Pasco.
FINALIDAD
Unificar y homogenizar los criterios y procedimientos de la emisión de Resoluciones estableciendo la secuencia lógica del espacio administrativo, recorrido administrativo y los trámites de aprobación sencillos y ágiles para asegurar el cumplimiento de los objetivos y / metas institucionales.
\ / I BASE LEGAL
Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización del Estado.
Ley N° 27902, Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobierno Regionales.
Ley N° 27658, ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Decreto Legislativo N° 1272 Ley que modifica la Ley 27444, LPAG.
Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el TUO de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
Ley N° 27785, Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica.
Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.
Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
Reglamento de la Ley 27815, aprobada por Decreto Supremo N* 033-2005-PCM.
Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica.
Decreto Supremo N° 021-2019-JUS Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
Ordenanza Regional N° 408-2017-GR.PASCO/CR, que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Pasco.
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ALCANCE
Las normas contenidas en la presente Directiva son de aplicación por todos los Órganos y Unidades Orgánicas de la Sede del Gobierno Regional Pasco que tengan facultades por disposición legal expreso y/o delegadas para expedir Resoluciones.
DISPOSICIONES GENERALES
5.1 La Resolución es un documento administrativo emitido por la autoridad competente para resolver o solucionar un problema, una petición o un conflicto y da término a los trámites, procesos, procedimientos y reclamaciones que se formulen.
5.2 Notificación Electrónica, La notificación electrónica es la publicación en la Sede Electrónica de una comunicación administrativa con consecuencias jurídicas, como pueden ser el comienzo del plazo para contestar o presentar documentación, presentar alegaciones o recursos, etc.
5.3 Correo Electrónico.- Elcorreo electrónico, también conocido como e-mail, es un servicio de red que permite mandar y recibir mensajes con múltiples destinatarios o receptores, situados en cualquier parte del mundo
5.4 La Dirección Regional de Asesoría Jurídica es el responsable de la formulación y visación de las Resoluciones ejecutivas Regionales del Gobierno Regional Pasco.
5.5 La Sede del Gobierno Regional atribuida por normas externas e internas vigentes, dicta según su competencia las siguientes Resoluciones:
a) GOBERNACION DEL GOBIERNO REGIONAL Resolución Ejecutiva Regional
b) GERENCIA GENERAL REGIONAL Resolución Gerencial General Regional
5.6 Las Resoluciones serán emitidas en papel A-4 con tipo de letra Arial, las mismas que
deberán contener la siguiente estructura:
a) Membrete
b) Título o Denominación del documento Resolutivo €) Código (número, año y siglas)
d) Lugar y fecha.
e) Parte Expositiva
f) Parte Considerativa
g) Parte Resolutiva.
h) Parte Final
i) Sello y Firma
j) Visto Bueno al margen izquierdo de la Resolución.
a) Membrete.- En la parte izquierda superior estará impresa el logotipo del Gobierno Regional Pasco. En la parte superior derecha estará impresa el Escudo de la República del Perú en blanco y negro, con denominación de la República del Perú en la parte inferior.
b) Título o Denominación del documento Resolutivo.- En la parte superior y al centro estará impresa la denominación del Órgano o Unidad Orgánica que emite la Resolución. Ejemplo:
Órgano Ejecutivo Resolución Ejecutiva Regional Resolución Gerencial de la Gerencía General Regional
vivi co
Órgano de Línea y Asesoramiento. Resolución Gerencial Regional de;
Gerencia Regional de Desarrollo Económico.
Gerencia Regional de Desarrollo Social
Gerencia Regional de Infraestructura.
Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.
Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;
Órgano de Apoyo Resolución Directoral de (a;
Dirección General de Administración Dirección de Recursos Humanos
e) Código.- En la parte superior y a la derecha, se indicará el número de la Resolución, el año que se formula, la denominación abreviada del Gobierno Regional Pasco y el Órgano o Unidad Orgánica que emite la Resolución.
Ejemplos: N° 001-2020-GRP/GOB. N° 002-2020-GRP/GGR.
d) Lugar y Fecha.- En la parte superior izquierda después del código, se indicará el lugar y la fecha que se aprueba la Resolución. Ejemplo: Cerro de Pasco, 09 de Julio del 2020
e) Parte Expositiva.- Es la parte que hace referencia a los antecedentes que motivaron la Resolución. Se inicia con la palabra “VISTO” o “VISTOS” que describe el documento que sustenta la expedición de la Resolución (solicitud, informe, memorando, etc.). Puede obviarse si no hay antecedentes que mencionar.
f) Parte Considerativa.- Son los fundamentos de hecho y derecho que sirven de J apoyo y sustentan la decisión que se toma en la parte resolutiva. Los fundamentos de hecho son argumentos técnicos, sociales, institucionales entre otros; y los fundamentos de derecho, son los dispositivos legales que amparan o permiten asumir una decisión. La Parte Considerativa, en su conjunto se encabeza con el término “CONSIDERANDO”. Los fundamentos de hecho con el término “Que”, y los de derecho con el término “De conformidad”, “De acuerdo con”, o “Con la conformidad”
- Parte Resolutiva.- Es la parte que desarrolla la decisión adoptada por el Órgano o Unidad Orgánica, en base a los fundamentos expuestos en la parte considerativa La parte resolutiva debe redactarse en forma clara y precisa con la finalidad de evitar controversias en el momento de su aplicación. Se encabeza con el término “SE RESUELVE" y contiene las acciones que sanciona con carácter imperativo, en uno o más artículos.
Debe tener la parte resolutiva varias medidas a adoptar, estas se determinarán mediante Artículos con números descriptivos (PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, etc.) las mismas que deben de estar subrayadas.
Ejemplo: ARTICULO PRIMERO, ARTÍCULO SEGUNDO, ARTICULO TERCERO
2130 ”
h) Parte Final.- Es la parte de la Resolución que establece que se debe hacer con la Resolución; y concluye con los términos: "REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE”.
: . Si solo tiene un artículo, debe denominarse "ARTICULO UNICO”.
i) — Sello y Firma.- Corresponde a los nombres y apellidos, el cargo del funcionario que firma la Resolución y sello de la dependencia.
j) Visto Bueno.- Se colocarán en el lado izquierdo de todas las carillas que contiene la Resolución, mediante un sello redondo y con la correspondiente rúbrica del funcionario del Órgano o Unidad Orgánica competente. Toda Resolución para tener validez es suficiente que cuente con los Vistos Buenos del:
- Órgano o Unidad Orgánica relacionado con el asunto que resuelve, y de la
- Dirección Regional de Asesoría Jurídica.
VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Y/O PROCEDIMIENTOS. DE LA FORMULACIÓN, VISACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS RESOLUCIONES
6.1 Formulación y Aprobación
6.1.1. El Órgano o Unidad Orgánica que propone el proyecto de Resolución, tendrá en cuenta los aspectos técnicos y los procedimientos que se determinan en el presente documento normativo.
6.1.2. Debe acompañarse al proyecto de Resolución los siguientes documentos: El documento que se aprueba cuando corresponda, un Informe Técnico acompañado de la base legal que sustenta las decisiones consideradas en la parte resolutiva generado por quien propone la Resolución, los antecedentes y documentos complementarios. El Informe Técnico, los antecedentes y los documentos complementarios deberán ser foliados cronológicamente y tener el registro y cargo.
6.1.3. La Resolución Ejecutiva Regional es formulado por la Dirección Regional de Asesoría Jurídica o por el órgano técnico correspondiente sobre asuntos generales, debiendo luego a través de la Secretaría General remitirse a la Gobernación Regional incluyendo la sustentación y/o justificación documentaria para su aprobación. La Resolución Ejecutiva Regional después de su aprobación es remitida a la Secretaría General para que sea numerada, fechada, publicada en el portal de transparencia del Gobierno Regional Pasco, notificada y archivada.
6.1.4. La Resolución Gerencial de las Gerencias Generales Regional es formulado por el Órgano Técnico respectivo acorde a sus funciones y competencias asignadas, y remitido para su aprobación a la Gerencia General Regional adjuntando la documentación sustentatoria. Posterior a su aprobación por el Gerente General Regional, el original de la Resolución es numerada y fechada por la Secretaría General procediendo luego a su publicación vía portal web, notificación y archivamiento.
6.1.5. La Resolución Gerencial de las Gerencias Regionales de los órganos de línea y de asesoramiento, es formulado según competencia por la dependencia técnica de la respectiva Gerencia Regional, la misma que debe de contener la sustentación y/o justificación del caso para su aprobación por el Gerente Regional. El original de la Resolución es numerada, fechada, publicada vía portal web, notificada y archivada por la misma Gerencia.
6.1.6. La Resolución Directoral, de la Dirección General de Administración o Dirección de Recursos Humanos es formulado acorde a sus funciones administrativas por la dependencia técnica de las respectivas Direcciones, la misma que debe de
vie Zo contener la sustentación ylo justificación para su aprobación por el Director General de Administración o por el Director de Recursos Humanos según el caso. El original de la Resolución es numerada, fechada, publicada vía portal web, notificada y archivada por las referidas Direcciones.
6.2 Visación de las Resoluciones
6.2.1 Las Resoluciones en la parte considerativa puede según el caso manifestar la visación de órganos o Unidades Orgánicas relacionadas con el asunto materia de la Resolución; y/o en todo caso mantener la indicación del punto V, literal j) del numeral 5.6 referido a vistos buenos.
6.3 De la Notificación y Archivo de Resoluciones.
Vil.
6.3.1 Las Resoluciones aprobadas con Resolución Ejecutiva Regional y con Resolución Gerencial General Regional, son notificadas por la Secretaría General la misma que para tal fin puede también efectuarlo a través del portal web del Gobierno Regional Pasco y vía correo electrónico.
6.3.2 Las Resoluciones Ejecutivas Regionales deben además de la notificación dispuesta en la Resolución, ser notificadas a la Gerencia General Regional, Dirección Regional de Asesoría Jurídica y a la Sub Gerencia de Racionalización y Sistemas TIC para su difusión de esta última a través del portal web del Gobierno Regional Pasco, correo electrónico.
6.3.3 Las Resoluciones aprobadas con Resolución Gerencial de la Gerencia General Regional, son notificadas por la misma Gerencia Regional haciendo uso para tal efecto del portal web institucional, correo electrónico y/o trámite documentario según corresponda.
6.3.4 Las Resoluciones aprobadas con Resolución Directoral de la Dirección General de Administración y Dirección de Recursos Humanos son notificados por las mismas Direcciones.
6.3.5 Las notificaciones deben hacerse dentro de los plazos de Ley cinco (05) dias hábiles después de ser emitida dicho acto. Las acciones para notificaciones se regirán a los procedimientos establecidos según el Artículo 24°.- Plazo y contenido para efectuar la notificación, y Artículo 25° de la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, y Artículo 24.- Plazo y contenido para efectuar la notificación y Artículo 252 del D.S. N° 004-2019- JUS, TUO de la Ley 27444.
6.3.6 El archivo de las Resoluciones emitidas estará a cargo de la Secretaría General, y los archivos de los antecedentes que generaron la emisión de las Resoluciones corresponderá a la Dirección Regional de Asesoría Jurídica y/o al Órgano o Unidad Orgánica que haya formulado la respectiva Resolución.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA.- La Resolución Ejecutiva Regional es firmada por el Gobernador Regional; en su ausencia solo procede ser firmada por quien haga sus veces, siempre que cuente con la autorización resolutiva por parte del Gobernador Regional del Gobierno Regional Pasco.
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E ad . SEGUNDA.- La Resalución Gerencial de la Gerencia General Regional es firmada por . la Gerente General Regional; en su ausencia solo procede ser firmada por quien haga sus veces, siempre que cuente con la autorización resolutiva por parte del Gerente General Regional del Gobierno Regional Pasco.
TERCERA.- En el caso de que las Gerencias Regionales de los órganos de línea y asesoramiento cuenten con Unidades Orgánicas Estructuradas, estas se constituyen como primera instancia tanto en lo administrativo como en lo sectorial según sea el caso; respecto a recursos administrativos la Gerencia General Regional se constituye como segunda instancia, por lo que se da agotada la vía administrativa.
CUARTA.- Deróguese las normas internas que se opongan a la aplicación de la presente Directiva.
8.1 La presente Directiva entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el portal Institucional del Gobierno Regional Pasco de la Resolución Ejecutiva Regional que aprueba la norma.
8.2 Los casos no contemplados en la presente directiva, serán resueltos por los Órganos y Unidades Orgánicas competentes.
IX. RESPONSABILIDAD
9.1 Los Gerentes, Sub Gerentes, Directores Generales, Directores y demás funcionarios de la sede del Gobierno Regional Pasco, son los responsables de cumplir las disposiciones emitidas en la presente Directiva, bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal.
9.2 La Contraloría General de la República, a través del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Pasco, velará por el estricto cumplimiento de la presente Directiva.
X. ANEXOS
- FORMATO N* 1
- FORMATO N*2
- FORMATO N* 3 +» FORMATO N°4
- FORMATO N*5
- FORMATO N*6
- FORMATO N*7
- FORMATO N* 8
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FORMATO N° 1
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Lugar y Fecha:
GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO
Visto:
CONSIDERANDO:
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De conformidad
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REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE
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GERENTE GENERAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO
Visto:
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De conformidad
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ARTICULO PRIMERO.- ARTICULO SEGUNDO.- ARTICULO TERCERO.-
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE
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FORMATO N° 3
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Resolución Gerencial Regional de la Gerencia Regional de Desarrollo
Social NO Lugar y Fecha: ‘ , Y GERENTE REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO Visto:
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Resolución Gerencial Regional de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico.
Lugar y Fecha:
GERENTE REGIONAL DE DESARROLLO ECONOMICO DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO
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ARTICULO PRIMERO.- ARTICULO SEGUNDO.- ARTICULO TERCERO.-
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Resolución Gerencial Regional de la Gerencia Regional de Infraestructura
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Lugar y Fecha:
GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO
Visto:
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De conformidad
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.-
ARTICULO SEGUNDO.- ARTICULO TERCERO.-
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE Sello y Firma
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Resolución Gerencial Regional de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente
Lugar y Fecha:
GERENTE REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTION DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO
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CONSIDERANDO:
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ARTICULO PRIMERO.-
ARTICULO SEGUNDO.- ARTICULO TERCERO.-
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE
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FORMATO N*7
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Resolución Gerencial Regional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial
Lugar y Fecha:
GERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO
Visto:
CONSIDERANDO:
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De conformidad
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.-
ARTICULO SEGUNDO.- ARTICULO TERCERO.-
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE
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FORMATO N°8
Lugar y Fecha:
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO
Visto:
CONSIDERANDO:
Que,
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De conformidad
Y Ge SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- ARTICULO SEGUNDO.- ARTICULO TERCERO.-
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE
Sello y Firma
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FORMATO N* 9
Lugar y Fecha:
DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO
Visto:
CONSIDERANDO:
Que,
Que,
De conformidad
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.-
ARTICULO SEGUNDO.- ARTICULO TERCERO.-
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE
Sello y Firma
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5641883-010-2020-grp-ggr-grppat-sgrstic PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6451854/5641883-r-e-r-n-0324-directiva-general-n-010-2021.pdf