Decreto Regional N.° 008-2023-G.R.P/GOB
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“Año de la unidad, la paz y el desarrollo” “Año de la Integración Regional, Concertación y jobernabilidad Democrática en la Región Pasco”
n° 0Q07 -2023-G.R.P./GOB.
Cerro de Pasco, () 3 gti 2028
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO L VISTO:
Memorando N° 01191-2023-G.R.P/GOB, de fecha 29 de setiembre del 2023, emitido por el despacho de Gobernación Regional, Informe Legal N° 0832-2023-GRP-GGR/DRAv, de fecha 28 de setiembre del 2023, emitida por la Dirección Regional de Asesoría Juridica, Informe N° 496-2023-G.R.P-GGR/GRPPAT, de fecha 22 de setiembre del 2023, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Informe N° 454- 2023-GRP-GGR/GRPPAT-SGPEDT, de fecha 21 de setiembre del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Planificación Estratégica y Demarcación Territorial, y; E ‘ MoT
ll. CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con' autonomía política, económica y administrativa en asuntos de sus competencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867; constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal, cuya misión es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región Pasco;
Que, dentro del artículo 8°, numeral 13° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, establece que: “El Gobierno Regional tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad regional. Para ello promueve un entomo de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación”;
Que, el artículo 20° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, establece que ~*
“La Presidencia Regional es el órgano ejecutivo del Gobierno Regional; recae en el Presidente Regional (ahora llamado Gobernador), quien es la máxima autoridad de su jurisdicción, representante legal y titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional.”;
Que, el artículo 37° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, establece que “Los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. b) La Presidencia Regional: Decretos Regionales y Resoluciones Regionales”;
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, establece que “Los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional”;
Que, el artículo 42° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, establece que “La norma regional de alcance general es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo plazo distinto expresamente señalado en la misma, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región. Deben incluirse además en el portal electrónico del Gobierno Regional. Los Acuerdos del Consejo Regional y los Decretos Regionales son publicados de acuerdo al reglamento que dicte el Gobierno Regional y se difunden en su portal electrónico”;
Edificio Estatal N° 01 - San Juan Pampa Telf. (063) -597060 (anexos 2000) Oficina de Coordinación - Lima Telf. 01 - 4250028
rr. GOREPA SECRETARIA GENERAL
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“Año de la Integración Regional, Concertación y n id Os
Gobernabilidad Democrática en la Región Pasco” - —
Que, el artículo 3° de la Ley N° 31433, Ley que Modifica al artículo 24 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que: "El Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo. Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada año, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal.*
Que, mediante Ordenanza Regional N° 497-2023-G.R.PASCO/CR de fecha 13 de setiembre del 2023, el Consejo Regional , en su artículo primero resuelve DEROGAR la Ordenanza Regional N° 426-2023-G.R.PASCOICR, de fecha 21 de febrero del 2018, que aprobó el Reglamento que Norma las audiencias públicas de rendición de cuentas del Gobierno Regional de Pasco" y asimismo, en su artículo segundo resuelve APROBAR el Reglamento para el desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Pasco" .
Que, mediante Informe N° 0496-2023-GRP-GGR/GRPPAT, de fecha 22 de setiembre del 2023, suscrito por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se solicita aprobación del plan de trabajo denominado | AUDIENCIA PUBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO — 2023 mediante Decreto Regional .
Que, plan de trabajo denominado | AUDIENCIA PUBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO - 2023, tiene por objetivo Rendir cuentas ante las autoridades, miembros del Consejo de Coordinación Regional, Consejo Regional, agentes participantes en Presupuesto Participativo y la población en general de la Región Pasco, dentro el marco de la transparencia y oportuna, sobre la programación de actividades y proyectos de inversión para el año 2023, en donde se presentará la evaluación de avance con resultados de gestión pública, frente a las metas programadas: además recoger las inquietudes y alcances de la población participante, que permita mejorar la gestión en el tiempo que falta asimismo, fortalecer y garantizar la relación del Gobierno Regional Pasco y la ciudadanía, que permita recuperar la credibilidad de las autoridades ante la población en general, facilitando el control social en la gestión pública regional.
__Que, mediante Memorando N° 01115-2023-G.R.P/GOB, de fecha 07 del 2023, emitido por el despacho de
Gobernación, ordena la emisión de Decreto Regional para la aprobación del REGLAMENTO DE USO “MARCA CERTIFICACIÓN PASCO UNIDOS PARA AVANZAR”;
úl. DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- CONVOCAR a la | AUDIENCIA PUBLICA REGIONAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO - 2023, la misma que se realizara el 27 de octubre del 2023, a las autoridades regionales, provinciales y distritales, dirigentes y representantes de los gremios, sociedad civil organizada y público en general.
ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR plan de trabajo denominado | AUDIENCIA PUBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO - 2023, que como anexo forma parte integrante del presente decreto.
ARTICULO TERCERO.- CONFORMAR equipo técnico que se encargara de llevar a cabo la | AUDIENCIA PUBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO - 2023, el mismo que cumplirá con las funciones y responsabilidades establecidas dentro del Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 497-2023-GRPSCOICR de fecha 13 de setiembre del 2023, el mismo que estará conformado de la siguiente manera:
ING, OSCAR SEGUNDO CERVERA BERAUN GERENTE GENERAL REGIONAL
MG. FAUSTO ABELARDO ATENCIO ALIAGA GERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO, | PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL
ECON. DIOGENES TEODORO SANCHEZ RICRA SUB GERENCIA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y DEMARCACIÓN TERRITORIAL
MG. EDWIN FREDY MARTIN ARZAPALO SUB GERENCIA DE PRESUPUESTO Y TRIBUTACIÓN
ECON. PIBHITA THITIANA ABAD TRINIDAD SUB GERENCIA DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE INVERSIONES o
LIC, LUIS PALACIOS IDELFONSO —— GERENTE REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL
ECON. WALDY ESMELI HUERE PALPA | GERENTE REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO
ING, MANUEL BARRIONUEVO CAHUANA _ GERENTE REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA
ING. ROME LANDRES AGUILAR MELGAREJO GERENTE REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
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a GOREPA ¡SECRETARIA GENERA!
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GOREPA SECRETARIA GENERAL
“Año de la unidad, la paz y el desarrollo” “Año de la Integración Regional, Concertación y Gobernabilidad Democrática en la Región Pasco”
ABOG. VICTORIA CARRANZA HUAMAN SECRETARÍA GENERAL LIC. BRYANA BUENO HERRERA DIRECCIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL ING. JHON VILLANUEVA LEDESMA SUB GERENCIA DE RACIONALIZACIÓN Y SISTEMAS TIC
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, Gerencias Regionales y Organos desconcentrados pertinentes que adopten las medidas necesarias para la implementación del presente decreto
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER la publicación del presente Decreto Regional, conforme a lo establecido en el artículo 42° de la Ley N° 27867, “Ley Organica de Gobiernos Regionales”, y sus normas modificatorias.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5228535-008-2023-g-r-p-gob PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5896483/5228535-decreto-regional-007-2023.pdf