Acuerdo de Consejo Regional N.° 008-2018-G.R.P/CR
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Consejo Regional ACUERDO N° 008-2018-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 08 de febrero del 2018. POR C U A N TO : EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria del día seis de febrero del año dos mil dieciocho, ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: V IS TO : el Pedido verbal del Consejero Regional Gerson Rolando Grijalva Santos. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191° de la Constitución de junio del Política del Estado, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo 2o de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, el artículo 13° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones y aquellas que le sean delegados; Que, los derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales son, Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional; en mérito a lo dispuesto en el inciso k) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el inciso b) del Artículo 4 o del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-G.R.PASC0/CR, señala que el Consejo Regional, ejerce función fiscalizadora, controlando la correcta disposición de los bienes y el buen uso de los recursos del Estado, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política y las leyes de la materia. Fiscaliza la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional. (...) El Ejecutivo, las autoridades civiles, políticas, administrativas, policiales y militares tienen el deber de reconocer y respetar la preeminencia del Consejo Regional como órgano supremo del Gobierno Regional y prestar su colaboración efectiva para el cumplimiento de sus disposiciones y funciones; Que, en su artículo 9 o del mismo cuerpo legal manifiesta El Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Pasco y sus instancias dependientes, brindarán las facilidades (logísticas, técnicas, administrativas y presupuéstales) del caso durante el proceso de fiscalización y consecuentemente de ser aprobado el dictamen correspondiente por mayoría del Pleno del Consejo Regional, el Gobernador Regional se obliga a disponer su cumplimiento con conocimiento de la Oficina de Control Interno (OCI) y si el caso amerita, con intervención de la Procuraduría Publica Regional y Ministerio Público; Que, mediante el ACUERDO N° 027-2015-GRP/CR, de fecha 19 de junio de 2015, se INSTABA al Ejecutivo del Gobierno Regional de Pasco, que a partir de la fecha de emisión del Acuerdo del Consejo Regional, remita en calidad de declaración jurada al Consejo Regional copia de los siguientes documentos: Perfiles, Expedientes Técnicos de Obras, Cartas Fianzas, Resoluciones de aprobación del Expedientes Técnicos, Resolución del Comité Especial Permanente para Adjudicación de Ejecución de Obras, Relación de Postores, Documentos del Proceso de Selección de Obras por Contrata, Actas de otorgamiento de buena pro, Informes Mensuales que realizan los supervisores de las diferentes Obras, Planilla de Haberes de las Obras por Administración Directa y Todos los Actos Administrativos que se relacione a la ejecución de obras;
Edificio-Estatal/N 0 1 San/Juatv-C erro-do Pasco-Telfi 063-59/'060A ñ o c o y2020 - 2215
Consg'o Regional ACUERDO N° 008-2018-G.R.P/CR Que, en la presente sesión mediante pedido verbal el Consejero Regional Gerson Rolando Grijalva Santos, ante el cumplimiento parcial del ACUERDO N° 027-2015-GRP/CR, solicita que el Ejecutivo remita al Consejo Regional, copia físico y digital de los Expedientes de Corte de Obra, Expedientes de Saldos de Obra, sus contratos, Relación de Obras en Ejecución, detallando fecha de inicio y culminación, Expedientes Definitivos en formulación para las obras a ejecutarse, entre otros; analizado el pedido y entendiéndose que para una efectiva labor necesitamos contar con las herramientas necesarias para que como parte de nuestra función fiscalizadora, normativa, realicemos acciones en defensa de los intereses de la población; se determina dar lugar a lo peticionado requiriendo ai ejecutivo que mediante acuerdo regional remita al Consejo Regional los documentos solicitados; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9 o, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno; ACUERDA; PRIMERO.- INSTAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Pasco, que a partir de la fecha de emisión del presente Acuerdo Regional, con carácter obligatorio, concerniente al periodo de gestión, remita al Consejo Regional lo siguiente:
- Para Obras ejecutadas por la Modalidad de Ejecución Presupuestaria Directa. • Informe Técnico y Financiero del Corte de Obra.
- Copia del Contrato de la Empresa o Persona Natural que lo elaboro (de ser el caso). • Expediente Técnico de Saldo de Obra Definitivo en Medio Magnético y/o Digital.
- Copia del Contrato de la Empresa o Persona Natural que lo elaboro (de ser el caso).
- Para Obras Ejecutadas por Contrata • Liquidación del Contrato.
- Resolución Ejecutiva Regional que aprueba esta liquidación. • Expediente Técnico de Saldo de Obra Definitivo en Medio Magnético y/o Digital.
- Resolución Ejecutiva Regional que aprueba el expediente
- Copia del Contrato de la Empresa o Persona Natural que lo elaboro (de ser el caso).
- Relación de Obras en Ejecución.
- Precisando el estado situacional de cada una de ellas.
- Expedientes Técnicos Definitivos para nuevas obras en Medio Magnético y/o Digital.
- Copia del Contrato de la Empresa o Persona Natural que lo elaboro (de ser el caso).
- Estudios de Pre Inversión (Perfiles) en Medio Magnético y/o Digital. ARTÍCULO SEGUNDO.- COMUNICAR al Ejecutivo del Gobierno Regional el presente Acuerdo de Consejo Regional, para su cumplimiento conforme a lo establecido, conocimiento y fines pertinentes. POR TANTO:
EcUficío-EttutaJ/N4’ 1 Saw Ju& rts^erro-de'Patco-Tel/: 063-597060Anexo*?2020 -2 2 1 5
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5616814-008-2018-g-r-p-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6413116/5616814-acuerdo-de-consejo-regional-n-008-2018.pdf