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006-2024-GRP-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 006-2024-GRP/CR

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ACUERDO N.° 06 — 2024 - E.R. PASCO/CR

Cerro de Pasco, 17 de enero del 2024 POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en segunda sesión ordinaria, de fecha dieciséis de enero del año dos mil veinticuatro, por mayoría de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

VISTO:

El Oficio N° 0007-2024-GRP-CRICERIC, de fecha 20 de diciembre de 2023, emitida por la Comisión Especial del Reglamento Interno de Consejo Regional de Pasco;

CONSIDERANDO:

Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional N.° 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N.° 27902, la que establece en su artículo 39° que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional;

Que, en el artículo 16° inciso c) de la Ley 27867 — Ley Organica de los Gobiernos Regionales, señala, son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros regionales, integrar las comisiones ordinarias, investigación o especiales, y el inciso d) indica, asistir a las sesiones del Consejo Regional y comisiones correspondientes con derecho a voz y voto;

Que, según lo establece en el 35* del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-GRP/CR, las comisiones Especiales son creadas por el Consejo Regional para atender asuntos específicos de interés público que no estén relacionadas a las funciones de las comisiones ordinarias y/o investigadoras. Se extinguen cuando culmina el cargo encomendado por el Consejo Regional, (...).

Que, las políticas de los gobiernos regionales guardan concordancia con las políticas nacionales de Estado, en tal medida las normas y disposiciones del Gobierno Regional se adecuan al ordenamiento jurídico nacional, no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas de otro Gobierno Regional ni de los otros niveles de gobierno; de modo que estas normas y disposiciones de los gobiernos regionales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;

Que, en segunda sesión ordinaria, de fecha dieciséis de enero del año dos mil veinticuatro, se puso a consideración del pleno de Consejo Regional a petición del Consejero Roberto Chale Suárez Chuquimantari, mediante Oficio N° 007-2023-GRP-CR/CERIC de fecha 20 de diciembre del 2023, la ampliación de vigencia del Acuerdo Regional N° 97-2023-G.R.PIC.R, referente a la comisión especial para modificar el Reglamento Interno de Consejo Regional de Pasco, en efecto después de un debate, el pleno del consejo regional aprobó por mayoría la ampliación del periodo de vigencia del mencionado acuerdo, esto, por 45 días hábiles, la cual entrará en vigencia desde su recepción y publicación de la misma;

Que, el articulo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

CONSEJO REGIONAL DEPASCO E A

a

“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO N.* 06 — 2024 - E.R. PASCO/CR

En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° dela Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;

ACUERDA:

PRIMERO: AMPLIAR el periodo de vigencia del Acuerdo Regional N* 97- 2023-G.R. P/CR, referente a la comisión especial para modificar el Reglamento Interno de Consejo Regional de Pasco, por un periodo de 45 días hábiles, la cual entrará en vigencia desde su recepción y publicación de la misma.

SEGUNDO: DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

TERCERO. - DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

EA GOBIERNO REGIONAL DE PASCO

ELA MALPARTIDA E CONSEJO REGIONAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5094281-006-2024-grp-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5735908/5094281-acuerdo-de-consejo-n-006-2024.pdf