Skip to content
L Legalize.pe
005-2026-G-R-PASCO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 005-2026-G.R. PASCO/CR

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

iy CONSEJO REGIONAL DE PASCO A

ACUERDO N.° 005-2026 -6.R. PASCO/ER

Cerro de Pasco, 13 de enero del 2026. POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la Primera Sesión Extraordinaria, de fecha trece de enero del año dos mil veintiséis, por MAYORÍA de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 20° de la Ley N.° 27867, texto normativo que señala que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativas en asuntos de su competencia;

Que, de conformidad del artículo 13° de la Ley N.° 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificado por el artículo único de la Ley N.° 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...); asimismo, conforme se desprende del artículo 15° de la Ley N.° 27867 son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...); k. Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional;

Que, mediante Ley N.° 31812, modifica la Ley N.° 27867, ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos regionales y consejos municipales;

Que, según el artículo 3% de la norma precitada, se modifica la disposición complementaria final primera de la Ley N.° 31433, Ley que modifica la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de concejos municipales y consejos regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización;

Que, de conformidad al inciso d) del artículo 3° de la Ley N° 31812 que modifica la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de los Gobierno Regionales, establece que, los consejos regionales (...), dentro del primer trimestre de cada año fiscal, aprueban el programa de acciones de fiscalización, con arreglo a los montos asignados según los literales a y b y los procedimientos señalados en la normativa vigente. La presentación se realiza mediante el. procedimiento. que establezca ta. Contraloría General de la República”;

Que, en aplicación de la Directiva N.° 010-2024-CG/PREVI, en su numeral 6 DISPOSICIONES GENERALES, ítem. 6.3 Del Balance Semestral. Precisa que el documento con carácter de declaración jurada que contiene las secciones siguientes: Información General, Planificación de la Fiscalización, Ejecución, a través de las cuales se informa respecto del uso de monto asignado para el ejercicio de la función fiscalizadora realizada de forma individual o como integrante de una comisión del consejo regional (...); Asimismo, en su item 6.4.3 Del consejo regional y consejo municipal. El consejo regional (...) tiene las siguientes obligaciones: a) Designar al Encargado del registro de información del Balance Semestral mediante acuerdo de consejo regional (...);

SH CONSEJO REGIONAL DE PASCO a,

ACUERDO N.* 005-2026 - E.R. BASCO/ER

Que, en aplicación del numeral 7 DISPOSICIONES ESPECIFICAS 7.1.1, de la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, corresponde al consejo regional (...) designar al Encargado del registro de información, a través de acuerdo de consejo regional (...), dentro de los siete (7) primeros días hábiles del año, debiendo comunicar mediante documento esta designación al funcionario o servidor público designado, así como al funcionario responsable, como máximo al día hábil siguiente de efectuada la designación;

Que, en la primera sesión extraordinaria, de fecha trece de enero del año dos mil veintiséis, se puso a consideración al pleno del consejo regional, la designación de la encargatura como responsable para el Registro de información del Balance Semestral en el aplicativo informático de la Contraloría General de la República, a la servidora Nimia Francisca Coaquira Arisaca, luego de un debate se ha aprobado por unanimidad de los presentes; Asimismo, aprueban por MAYORIA la dispensa de lectura y aprobación del acta;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado con Ordenanza Regional N° 368- 2015-GRP/CR;

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. — ENCARGAR a la servidora Nimia Francisca COAQUIRA ARISACA, como responsable del registro de la información del Balance Semestral en el aplicativo informático de la Contraloría General de la República, sobre la utilización del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización de Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, del periodo 2026.

ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTICULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Artículo 42° de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7638878-005-2026-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9313138/7638878-acuerdo-de-consejo-regional-n-005-2026-g-r-pasco-cr.pdf