Acuerdo de Consejo Regional N.° 001-2023-G.R.PASCO/CR
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CONSEJO REGIONAL
“Año de la unidad, la paz y el desarrollo” ACUERDO NM? O1— 2023 - G.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 02 de enero 2023. POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la Instalación de Consejo Regional de Pasco del día primero de enero del año dos mil veintitrés, la misma que fue ratificada en la Primera Sesión Ordinaria del día nueve de enero del año dos mil veintitrés, acordaron por mayoría el Acuerdo Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, los Articulos 11° y 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponen que “El Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones y funciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;
Que, el artículo 1° de la Ley N° 28968, Ley que Modifica la Undécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de fecha 24 de enero de 2007, establece que: “Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional”; lo representa y tramita sus acuerdos, el cual es elegido por mayoría (...);
Que, el artículo único de la Ley N° 29053, Ley que Modifica la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifica el Articulo 13° respecto al Consejo Regional, en los siguientes términos: “(...) Está integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejero Delegado.”
Que, el literal “a. a” artículo 10° del Reglamento Interno del Consejo Regional, entre sus atribuciones dispone “Elegir al Presidente de Consejo Regional” Asimismo, en el artículo 15* dentro de los derechos funcionales consigna: “El Consejo Regional, como órgano colegiado es representado y presidido por el Presidente(a) del Consejo Regional, quien es elegido anualmente en la primera sesión del Consejo Regional, por mayoría simple de sus miembros”;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-G.R. P/CR;
SE ACUERDA:
PRIMERO. - DESIGNAR al Ing. Grijalva Santos Gerson Rolando, Consejero Regional por la Provincia de Daniel Alcides Carrión, como Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, para el periodo 2023.
SEGUNDO. - DISPONER, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial “El Peruano”.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5925952-001-2023-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6850646/5925952-acuerdo-de-consejo-regional-n-01-2023.pdf