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172-2026-CR-GRM Regional Agreement Moquegua In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 172-2026-CR/GRM

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Ras ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE N° : 1 72-2026-CRIGRM CONSEJO REGIONAL Moquegua, 27 de mayo del 2026 VISTOS:

En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional N° 010-2026-CR/GRM del 27 de mayo del dos mil veintiséis, el Pleno del Consejo ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley de Reforma Constitucional N* 30305, publicada el 10 de marzo de 201 5, establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (.)J"

)

Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 188 y 192 del Capítulo XIV del Título IV, referido a la Descentralización, modificados por la Ley N° 27880 - Ley de Reforma _ Constitucional, establece que la descentralización constituye una política permanente del Estado

  • y tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, correspondiendo a los Gobiernos Regionales asumir competencias orientadas a promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito de su jurisdicción.

Que, el artículo 1 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, establece y regula la estructura, organización, competencias y funciones de los _ Gobiernos Regionales; asimismo, señala que estos emanan de la voluntad popular y son personas .\ Jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, cuya misión es is nizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo con sus competencias exclusivas, O. SECRET / compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, con la finalidad de ‘ contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.

Que, el artículo 52 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado mediante Ordenanza Regional N* 01-2011-CR/GRM, establece que las sesiones extraordinarias se realizan cuando el Consejero Delegado las convoque o a solicitud de un tercio del número legal de Consejeros Regionales, y que en ellas solo se tratarán los asuntos para los cuales fueron convocadas, debiendo notificarse a los miembros del Consejo Regional con un plazo no menor de cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a la realización de la sesión.

Que, el artículo 16 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como derecho de los Consejeros Regionales proponer normas y Acuerdos Regionales; asimismo, el literal a) del artículo 15 de la citada ley reconoce como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, el artículo 63 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 01-2011-CR/GRM, define a los Acuerdos de Consejo Regional como normas de carácter interno mediante las cuales el Consejo expresa su voluntad de realizar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, mediante Oficio N° 808-2026-GRM/CR/CD del 19 de mayo del 2026, se cursó la invitación formal a la Presidenta del Comité de Monitoreo Quellaveco (CMQ), con la finalidad de que exponga ante este pleno sobre el estado situacional actual, el balance de la supervisión de fondos, así como las acciones de coordinación territorial respecto a las inversiones sociales del proyecto minero Quellaveco.

Que, mediante Oficio Circular N° 066-2026-GRM/CRICD del 25 de mayo del 2026, el Abog. Cristian Branco Cuaila Paripanca, en su condición de Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua para el periodo del 2026, convocó a la Sesión Extraordinaria Descentralizada N° 010-2026, a realizarse el día miércoles 27 de mayo del 2026.

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Ea RES ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL conten o so ton ALDE N° : 172-2026-CR/GRM CONSEJO REGIONAL Moquegua, 27 de mayo del 2026

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Que, en el punto 03 de la agenda de orden del día de la referida sesión, por pedido de! Consejero Regional Angel Wilder Paredes Cuadros, se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional la propuesta para requerir formalmente información respecto al estado financiero, avances y cronogramas de los compromisos asumidos en el marco de la Mesa de Diálogo de Quellaveco.

Que, en atención al presente punto de agenda, el Pleno de! Consejo Regional sometió a debate y deliberación la propuesta referida, la cual fue sustentada por el Consejero Regional Angel Wilder Paredes Cuadros, quien enfatizó la necesidad imperativa de fiscalizar y contar con información oficial, transparente, actualizada y fidedigna sobre la ejecución física y financiera de los recursos provenientes de los acuerdos de la Mesa de Diálogo, dada su trascendencia para el desarrollo de las tres provincias de la región Moquegua. El cual, luego de la votación correspondiente quedó aprobado por unanimidad de los Consejeros Regionales presentes.

Por lo que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado por Ordenanza Regional N* 001-2011-CR/GRM, con el voto aprobatorio por unanimidad y con dispensa de la lectura del Acta para su emisión.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - REQUERIR de manera formal a la Secretaría Técnica del Comité de Monitoreo, Seguimiento y Verificación de los Acuerdos de la Mesa de Diálogo de Quellaveco (CMQ), a fin de que proceda a canalizar ante el Pleno de dicho órgano colegiado la solicitud de un Informe Detallado y Actualizado dirigido a este Consejo Regional, el cual deberá contemplar:

a) Elavance, estado financiero y saldo actual de los aportes económicos comprometidos en favor de la Región Moquegua.

b) El cronograma de desembolsos, priorización de proyectos y porcentaje de ejecución física y financiera de los recursos asignados.

ARTÍCULO SEGUNDO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Gobernación Regional, Gerencia General Regional, a la Secretaría Técnica del Comité de Monitoreo, Seguimiento y Verificación de los Acuerdos de la Mesa de Diálogo de Quellaveco (CMQ), al Órgano de Control Institucional, y, a la Oficina Regional de Tecnologías de la Información y Comunicación del Gobierno Regional de Moquegua.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GOBIERNO REGIONAL MOQUEG. CONSEJO REGIO)


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmoquegua/normas-legales/8237268-172-2026-cr-grm PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10115447/8237268-a-c-r-n-172-2026-cr-grm.pdf