Skip to content
L Legalize.pe
145-2026-CR-GRM Regional Agreement Moquegua In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 145-2026-CR/GRM

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

¿OO von DeL

Ed ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL DE N° : 145-2026-CR/GRM MOQUEGUA CONSEJO REGIONAL Moquegua, 07 de mayo del 2026 VISTOS:

En Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 005-2026-CR/GRM del 07 de mayo del dos mil veintiséis, el Pleno del Consejo ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Unico de la Ley de Reforma Constitucional N* 30305, publicada el 10 de marzo de 2015, establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)".

Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 188 y 192 del Capítulo XIV del Título IV, referido a la Descentralización, modificados por la Ley N° 27880 — Ley de Reforma Constitucional, establece que la descentralización constituye una política permanente del Estado y tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, correspondiendo a los Gobiernos Regionales asumir competencias orientadas a promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito de su jurisdicción.

~ Que, el artículo 1 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, establece y regula la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; asimismo, señala que estos emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, cuya misión es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo con sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, con la finalidad de contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.

Que, el literal b. de artículo 14 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, obre el régimen de sesiones del Consejo Regional, se establece que, se reúne en sesiones ordinarias y extraordinarias, de acuerdo con lo que establece su Reglamento, deberá reunirse como mínimo en una sesión ordinaria al mes, adicionalmente se convocará a solicitud de un tercio del número legal de Consejeros. Las sesiones ordinarias son convocadas con al menos cinco días hábiles de anticipación, deben realizarse en el local de la entidad, en días laborables y bajo responsabilidad administrativa del titular de la entidad

Que, el artículo 16 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como derecho de los Consejeros Regionales proponer normas y Acuerdos Regionales; asimismo, el literal a) del artículo 15 de la citada ley reconoce como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, el artículo 63 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 01-2011-CR/GRM, define a los Acuerdos de Consejo Regional como normas de carácter interno mediante las cuales el Consejo expresa su voluntad de realizar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, mediante Oficio Circular N° 051-2026-GRM/CRICD del 29 de abril del 2026, el Abog. Cristian Branco Cuaila Paripanca, en su condición de Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua para el periodo del 2026, convocó a la Sesión Ordinaria N° 005-2026, a realizarse el día jueves 07 de mayo del 2026.

Que, en la estación pedidos de la Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 005-2026- CR/GRM, el Consejero Regional Alonso Joann Quispe Romero, peticionó que pase a orden del día su pedido consistente en declarar de necesidad pública e interés prioritario regional el

goth DEL

Ed ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL DE N° : 145-2026-CR/GRM MOQUEGUA CONSEJO REGIONAL Moquegua, 07 de mayo del 2026

fortalecimiento de la atención en salud mental y sexual adolescente, sustentado en la falta de infraestructura, equipamiento y recursos humanos de la Dirección Regional de Salud.

Que, en atención al presente punto de agenda, el Pleno del Consejo Regional sometió a debate y deliberación, la aprobación del Acuerdo de Consejo Regional consistente en la declaratoria de necesidad pública y la exhortación al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional de Moquegua, para adoptar acciones de formulación e implementación de planes presupuestales. El cual, luego de la votación correspondiente quedó aprobado por unanimidad de los Consejeros Regionales presentes.

Por lo que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado por Ordenanza Regional N* 001-2011-CR/GRM, con el voto aprobatorio por unanimidad y con dispensa de la lectura del Acta para su emisión.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR de necesidad pública e interés prioritario regional el fortalecimiento de la atención integral en salud mental y salud sexual de la población adolescente y joven del departamento de Moquegua, orientada a la promoción, prevención, atención y protección de su bienestar físico, emocional y social, contribuyendo a su desarrollo integral.

ARTÍCULO SEGUNDO. - EXHORTAR al Órgano Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Dirección Regional de Salud — DIRESA, a adoptar las acciones necesarias para la formulación, actualización e implementación de planes, programas y proyectos presupuestales destinados al fortalecimiento de los servicios de salud mental comunitaria y de los servicios diferenciados para adolescentes y jóvenes en el departamento de Moquegua.

ARTÍCULO TERCERO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Salud, al Órgano de Control Institucional, y, a la Oficina Regional de Tecnologías de la Información y Comunicación del Gobierno Regional de Moquegua.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GOBIERNO REGIONAL M CONSEJO REGIONAL UA

GOBIERNO, [fae

  • REGIONAL

Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmoquegua/normas-legales/8134331-145-2026-cr-grm PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9973323/8134331-a-c-r-n-145-2026-cr-grm.pdf