Acuerdo de Consejo Regional N.° 142-2026-CR/GRM
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Ed ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
GOBIERNO REGIONAL DE N° : 142-2026-CR/G RM MOQUEGUA CONSEJO REGIONAL Moquegua, 07 de mayo del 2026 VISTOS:
En Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 005-2026-CR/GRM del 07 de mayo del dos mil veintiséis, el Pleno del Consejo ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional N* 30305, publicada el 10 de marzo de 2015, establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)".
Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 188 y 192 del Capítulo XIV del Título IV, referido a la Descentralización, modificados por la Ley N° 27880 — Ley de Reforma Constitucional, establece que la descentralización constituye una política permanente del Estado y tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, correspondiendo a los Gobiernos Regionales asumir competencias orientadas a promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito de su jurisdicción.
Que, el artículo 1 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus icatorias, establece y regula la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; asimismo, señala que estos emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, cuya misión es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo con sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, con la finalidad de contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.
Que, el literal b. de artículo 14 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre el régimen de sesiones del Consejo Regional, se establece que, se reúne en sesiones ordinarias y extraordinarias, de acuerdo con lo que establece su Reglamento, deberá reunirse como mínimo en una sesión ordinaria al mes, adicionalmente se convocará a solicitud de un tercio del número legal de Consejeros. Las sesiones ordinarias son convocadas con al menos cinco días hábiles de anticipación, deben realizarse en el local de la entidad, en días laborables y bajo responsabilidad administrativa del titular de la entidad
Que, el artículo 16 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como derecho de los Consejeros Regionales proponer normas y Acuerdos Regionales; asimismo, el literal a) del artículo 15 de la citada ley reconoce como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que, el artículo 63 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 01-2011-CR/GRM, define a los Acuerdos de Consejo Regional como normas de carácter interno mediante las cuales el Consejo expresa su voluntad de realizar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, mediante el Oficio N° 064-2026-CR/GR.MOQ-AWPC de fecha 05 de mayo del 2026, el Mvz. Angel Wilder Paredes Cuadros, Consejero Regional, solicitó se considere como punto de agenda el saludo a todos los ciudadanos de la Comunidad Campesina de Yojo.
Que, mediante Oficio Circular N° 051-2026-GRM/CRICD del 29 de abril del 2026, el Abog. Cristian Branco Cuaila Paripanca, en su condición de Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua para el periodo del 2026, convocó a la Sesión Ordinaria N° 005-2026, a realizarse el día jueves 07 de mayo del 2026.
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RY ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
GOBIERNO REGIONAL DE N° : 142-2026-CR/GRM MOQUEGUA CONSEJO REGIONAL Moquegua, 07 de mayo del 2026
Que, en el punto de agenda del orden del día, el Pleno del Consejo Regional sometió a debate y deliberación, el saludo, reconocimiento y felicitación a la Comunidad Campesina de Yojo, al conmemorarse este 14 de mayo del 2026, el 80° Aniversario de su creación politica, felicitando a todos los ciudadanos de esta importante Comunidad Campesina. El cual, luego de la votación correspondiente quedó aprobado por unanimidad de los Consejeros Regionales presentes.
Por lo que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Politica del Perú, la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado por Ordenanza Regional N° 001-2011-CR/GRM, con el voto aprobatorio por unanimidad y con dispensa de la lectura del Acta para su emisión.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - EXPRESAR NUESTRO SALUDO, RECONOCIMIENTO y FELICITACIÓN a la COMUNIDAD CAMPESINA de YOJO, al conmemorarse este 14 de mayo del 2026, el 80” Aniversario de su creación política, felicitando a todos los ciudadanos de esta importante Comunidad Campesina.
ARTÍCULO PRIMERO. - COMUNICAR el presente saludo al Presidente de la Comunidad Campesina de Yojo, a fin de que lo haga extensivo a toda la Comunidad.
ARTÍCULO TERCERO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Gobernación Regional, al Órgano de Control Institucional, y, a la Oficina Regional de Tecnologías de la Información y Comunicación del Gobierno Regional de Moquegua, así como, a la Municipalidad del Centro Poblado de Yojo.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
REGIONAL MOQUEGUA
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eae Paripanca INSEJERO DELEGADO
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