Acuerdo de Consejo Regional N.° 132-2026-CR/GRM
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
¡CA De ou a os
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
GOBIERNO REGIONAL DE N° : 132-2026-CR/GRM MOQUEGUA CONSEJO REGIONAL Moquegua, 24 de abril del 2026 VISTOS:
En Sesión Extraordinaria Descentralizada de Consejo Regional N° 008-2026-CR/GRM del 24 de abril del dos mil veintiséis, el Pleno del Consejo ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de á Ley de Reforma Constitucional N° 30305, publicada el 10 de marzo de 2015, establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
Re * competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo
Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)".
Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 188 y 192 del Capítulo XIV del Título IV, referido a la Descentralización, modificados por la Ley N° 27880 — Ley de Reforma Constitucional, establece que la descentralización constituye una política permanente del Estado y tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, correspondiendo a los Gobiernos \ Regionales asumir competencias orientadas a promover el desarrollo social, político y económico
r el ámbito de su jurisdicción.
modificatorias, establece y regula la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; asimismo, señala que estos emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, cuya misión es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo con sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, con la finalidad de contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.
Que, el artículo 1 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus
Que, el artículo 52 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 01-2011-CR/GRM, establece que las sesiones extraordinarias se realizan cuando el Consejero Delegado las convoque o a solicitud de un tercio del número legal de Consejeros Regionales, y que en ellas solo se tratarán los asuntos para los cuales fueron convocadas, debiendo notificarse a los miembros del Consejo Regional con un plazo no menor de cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a la realización de la sesión.
Que, el artículo 16 de la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como derecho de los Consejeros Regionales proponer normas y Acuerdos Regionales; asimismo, el literal a) del artículo 15 de la citada ley reconoce como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que, el artículo 63 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 01-2011-CR/GRM, define a los Acuerdos de Consejo Regional como normas de carácter interno mediante las cuales el Consejo expresa su voluntad de realizar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, a través del Acuerdo de Consejo Regional N° 060-2026-CR/GRM de fecha 27 de febrero del 2026; el Pleno del Consejo Regional acordó por unanimidad invitar al Gerente General del Proyecto Especial Pasto Grande, para que informe de forma documentada y exponga ante el Pleno del Consejo Regional, sobre el estado situacional de los proyectos de las represas Coralaque, Tambillo, Cuturi y Qochas.
Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 122-2025-CR/GRM de fecha 05 junio del 2025, el Pleno del Consejo Regional acordó requerir a la Gobernadora Regional de Moquegua y al Gerente General del Proyecto Especial Pasto Grande, realicen la reestructuración de sus políticas y acciones de gestión sobre los sistemas administrativos y funcionales.
JACA DE or La,
Ed ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
GOBIERNO REGIONAL DE N° : 132-2026-CR/GRM MOQUEGUA CONSEJO REGIONAL: Moquegua, 24 de abril del 2026
Que, mediante Oficio Circular N° 049-2026-GRM/CRICD del 22 de abril del 2026, el Abog. Cristian Branco Cuaila Paripanca, en su condición de Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua para el periodo del 2026, convocó a la Sesión Extraordinaria Descentralizada N* 008-2026, a realizarse el día viernes 24 de abril del 2026.
Que, en el punto 02 de la agenda de orden del día de la referida sesión, por pedido del Consejero Regional Alonso Joann Quispe Romero, se sometió a consideración del Pleno del / Consejo Regional la propuesta para declarar de necesidad pública e interés regional el fortalecimiento de las acciones de control, vigilancia, prevención y sanción contra el hurto de agua en el canal e instalaciones conexas del Sistema Hidráulico Pasto Grande, administrado por el Proyecto Especial Regional Pasto Grande (PERPG).
Que, en atención al presente punto de agenda, el Pleno del Consejo Regional sometió a debate y deliberación para declarar de necesidad pública e interés regional el fortalecimiento de las acciones de control, vigilancia, prevención y sanción contra el hurto de agua en el canal e instalaciones conexas del Sistema Hidráulico Pasto Grande, disponiéndose las medidas de \ vigilancia tecnológica, registro de conexiones, presentación de denuncias penales, coordinación
nstitucional y sensibilización ciudadana correspondientes. El cual, luego de la votación correspondiente quedó aprobado por unanimidad de los Consejeros Regionales presentes.
Por lo que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 — Ley Organica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado por Ordenanza Regional N° 001-2011-CR/GRM, con el voto aprobatorio por unanimidad y con dispensa de la lectura del Acta para su emisión.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR de necesidad pública e interés regional el fortalecimiento de las acciones de control, vigilancia, prevención y sanción contra el hurto de agua en el canal e instalaciones conexas del Sistema Hidráulico Pasto Grande, administrado por el Proyecto Especial Regional Pasto Grande (PERPG).
ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Gerencia General del Proyecto Especial Regional Pasto Grande (PERPG), la ejecución de las siguientes acciones:
a) Intensificar los operativos de vigilancia inopinados, diurnos y nocturnos, a lo largo de todo el trayecto del canal Pasto Grande, especialmente en puntos críticos identificados como Chen Chen, Lote "T", Los Ángeles, Estuquiña, Jaguay Rinconada y Doce Quebradas.
b) Implementar un sistema de monitoreo tecnológico en tramos críticos del canal, incluyendo sensores de caudal, cámaras de videovigilancia y sistemas de alerta temprana ante variaciones no autorizadas en el flujo de agua.
c) Mantener un registro actualizado de conexiones autorizadas al canal Pasto Grande, contrastándolo periódicamente con las conexiones detectadas para identificar instalaciones clandestinas.
d) Remitir denuncias penales al Ministerio Público dentro de las 24 horas posteriores a la intervención de personas o vehículos sorprendidos en flagrancia por hurto de agua, conforme al Código Penal.
e) Solicitar la aplicación de multas previstas en el artículo 120° de la Ley N° 29338 ante la Autoridad Nacional del Agua, contra las personas naturales o jurídicas responsables de derivación o uso no autorizado de agua del canal Pasto Grande.
ARTÍCULO TERCERO. — REQUERIR a la Gerencia General del Proyecto Especial Regional Pasto Grande (PERPG), la presentación al Consejo Regional de Moquegua, en un plazo no mayor de 15 días hábiles, un informe detallado respecto a:
LACA DEL Se ee g “Sp
Ry ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
GOBIERNO REGIONAL DE N° : 132-2026-CR/GRM MOQUEGUA CONSEJO REGIONAL Moquegua, 24 de abril del 2026
a) Relación de intervenciones por hurto de agua realizadas en los años 2024, 2025 y 2026, con indicación de fecha, ubicación, tipo de intervención (conexión clandestina, motobomba, camión cisterna, otros), y estado actual de las denuncias.
Inventario de puntos críticos identificados en el canal Pasto Grande, con mapa de ubicación georreferenciada.
Estado de las denuncias penales presentadas ante el Ministerio Público, incluyendo número de expediente fiscal y etapa procesal.
Multas impuestas por la Autoridad Nacional del Agua al amparo del artículo 120° de la Ley N° 29338, con indicación de montos y estado de cobranza.
Presupuesto asignado y ejecutado para labores de vigilancia y control del canal en el ejercicio 2025 y 2026.
ARTÍCULO CUARTO. - SOLICITAR a las siguientes entidades el apoyo y coordinación con el Proyecto Especial Regional Pasto Grande (PERPG), para el cumplimiento del presente Acuerdo:
a) Policía Nacional del Perú - Comisarías de Moquegua, Samegua, Torata y Los Ángeles, para apoyo en operativos de flagrancia y control de vehículos cisterna sospechosos. Ministerio Público - Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, para la celeridad en las investigaciones por hurto de agua y usurpación de aguas.
Autoridad Nacional del Agua (ANA) - Administración Local del Agua (ALA) Moquegua, para la aplicación expedita de las multas previstas en el artículo 120° de la Ley N° 29338. Junta de Usuarios del Valle de Moquegua, para la identificación de usuarios no autorizados y la vigilancia participativa del canal.
d)
ARTÍCULO QUINTO. - INSTAR a la Gerencia General del Proyecto Especial Regional Pasto Grande (PERPG), a implementar un programa de sensibilización y denuncia ciudadana dirigido a los pobladores de los distritos de Samegua, Torata, Moquegua y centro poblado Los Angeles, con el objetivo de:
a) Informar sobre las sanciones penales y administrativas aplicables al hurto de agua.
b) Establecer una línea gratuita y un canal virtual para denuncias anónimas de conexiones clandestinas o extracción ilegal de agua.
c) Reconocer incentivos o participación ciudadana que contribuya a la identificación de responsables.
ARTÍCULO SEXTO. - REMITIR copia del presente Acuerdo a las siguientes entidades para su conocimiento y fines consiguientes:
a) Proyecto Especial Regional Pasto Grande (PERPG).
b) Autoridad Nacional del Agua (ANA) - ALA Moquegua.
c) Policía Nacional del Perú - Región Policial Moquegua.
d) Ministerio Público - Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Moquegua.
e) Contraloría General de la República - Gerencia Regional de Control de Moquegua. f) Junta de Usuarios del Valle de Moquegua.
ARTÍCULO SÉPTIMO. — FACULTAR al Consejo Regional de Moquegua para realizar el seguimiento y fiscalización del cumplimiento del presente Acuerdo, debiendo informar al Pleno del Consejo Regional
ARTÍCULO OCTAVO. - SOLICITAR a la Gobernadora Regional de Moquegua gestionar ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la asignación y garantía presupuestal necesaria para el fortalecimiento operativo del Proyecto Especial Regional Pasto Grande (PERPG), a fin de asegurar el financiamiento de las acciones de vigilancia, control y mantenimiento del Sistema Hidráulico Pasto Grande, así como de los programas vinculados a la actividad agrícola de la región Moquegua, en el marco del presente Acuerdo.
ren De e,
Ed ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE N° : 132-2026-CR/GRM MOQUEGUA CONSEJO REGIONAL Moquegua, 24 de abril del 2026
O REG, SA "ON is %
GOBIERNO REGIONAL M A CONSEJO REGIONAL E TER ta
GosierNo , /f, E REGIONAL |
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmoquegua/normas-legales/8134221-132-2026-cr-grm PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9973133/8134221-a-c-rn-132-2026-cr-grm.pdf