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100-2026-CR-GRM Regional Agreement Moquegua In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 100-2026-CR GRM

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534 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° : 100-2026-CR/GRM GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA CONSEJO REGIONAL Moquegua, 01 de abril del 2026 VISTOS:

En Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 004-2026-CR/GRM del 01 de abril del dos mil veintiséis, el Pleno del Consejo ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, publicada el 10 de marzo de 2015, establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)".

Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 188 y 192 del Capítulo XIV del Título IV, referido a la Descentralización, modificados por la Ley N° 27880 — Ley de Reforma Constitucional, establece que la descentralización constituye una política permanente del Estado y tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, correspondiendo a los Gobiernos Regionales asumir competencias orientadas a promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito de su jurisdicción.

Que, el artículo 1 de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, regula la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales, los cuales emanan de la voluntad popular y constituyen personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo como misión organizar y

a conducir la gestión pública regional en el marco de sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, conforme a las políticas nacionales y sectoriales, contribuyendo al desarrollo integral y eníble de la región.

Que, el literal b) del artículo 14 de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto al régimen de sesiones del Consejo Regional, establece que este se reúne en sesiones ordinarias y extraordinarias de conformidad con su Reglamento Interno, debiendo realizar como mínimo una sesión ordinaria mensual, pudiendo además ser convocado a solicitud de un tercio del número legal de consejeros regionales; precisando que las sesiones ordinarias deben ser convocadas con una anticipación no menor de cinco días hábiles, realizarse en días laborables y en el local institucional, bajo responsabilidad administrativa del titular de la entidad.

Que, el artículo 16 de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, reconoce como derecho de los consejeros regionales el proponer normas y Acuerdos Regionales; asimismo, el literal a) del artículo 15 de la citada ley establece como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional.

Que, el artículo 63 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 01-2011-CR/GRM, define a los Acuerdos de Consejo Regional como normas de carácter interno mediante las cuales el Consejo expresa su voluntad de realizar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, el artículo 13 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado mediante Ordenanza Regional N.* 01-201 1-CR/GRM, establece en su inciso B.2, denominado “Invitación a los funcionarios para informar”, que la invitación a los funcionarios para informar de manera individual ante el Pleno del Consejo Regional se aprueba mediante Acuerdo de Consejo Regional y se hace efectiva a través de oficio de invitación, el cual es cursado por la Secretaría del Consejo Regional de Moquegua.

Que, mediante escrito S/N de fecha 30 de marzo del 2026, el Sr. Nicolás Bari Mamani Esquinarila, Presidente del Frente de Defensa de los Intereses y Desarrollo de la Comunidad

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Rah ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

N° : 100-2026-CR/GRM GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA CONSEJO REGIONAL Moquegua, 01 de abril del 2026

Campesina de Tonohaya, solicitó uso de la palabra en sesión extraordinaria del Consejo Regional de Moquegua, para trata sobre el tema de presuntas irregularidades críticas y presuntas omisiones de funciones.

Que, mediante Oficio Circular N° 042-2026-GRM/CR/CD del 20 de marzo del 2026, el Abog. Cristian Branco Cuaila Paripanca, en su condición de Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua para el periodo del 2026, convocó a la Sesión Ordinaria N° 004-2026, a realizarse el día miércoles 01 de abril del 2026.

Que, en el punto 10 de la agenda de orden del día de la referida sesión, se sometió a consideración la invitación al Gerente Regional de Gestión del Riesgo de Desastres del Gobierno Regional de Moquegua, a fin de que se sirva concurrir a una próxima sesión de Consejo Regional, para que exponga de manera detallada el estado situacional de las fichas de emergencia ejecutadas en el albergue de Sancaya, correspondientes al periodo 2023 — 2026.

Que, en atención al presente punto de agenda, el Pleno del Consejo Regional sometió a debate y deliberación en que, se invite al Gerente Regional de Gestión del Riesgo de Desastres del Gobierno Regional de Moquegua, a fin de que se sirva concurrir a una próxima sesión de Consejo Regional, para que exponga de manera detallada el estado situacional de las fichas de emewenca ejecutadas en el albergue de Sancaya, correspondientes al periodo 2023 — 2026. El

ego de la votación correspondiente quedó aprobado por unanimidad de los Consejeros Regionales presentes.

Por lo que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, aprobado por Ordenanza Regional N° 001-201 1-CR/GRM, con el voto aprobatorio por unanimidad y con dispensa de la lectura del Acta para su emisión.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - INVITAR al Gerente Regional de Gestión del Riesgo de Desastres del Gobierno Regional de Moquegua, a fin de que se sirva concurrir a una próxima sesión de Consejo Regional, para que exponga de manera detallada el estado situacional de las fichas de emergencia ejecutadas en el albergue de Sancaya, correspondientes al periodo 2023 — 2026, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13, inciso B.2, del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua.

ARTÍCULO SEGUNDO. - REMITIR el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Gobernación Regional, a la Gerencia General, a la Gerencia Regional de Gestión de Riesgo y Desastres, al Organo de Control Institucional, y, a la Oficina Regional de Tecnologías de la Información y Comunicación del Gobierno Regional de Moquegua.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GOBIERNO

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Cet ee am Branco Cuaila Paripanca CONSEJERO DELEGADO


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmoquegua/normas-legales/8009866-100-2026-cr-grm PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9798488/8009866-100-2026-cr-grm.pdf