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005-2013-GR-MOQ Regional Decree Moquegua In force

Decreto Regional N.° 005-2013-GR/MOQ

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DECRETO REGIONAL

N° 005-2013-GR/MOQ EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA CONSIDERANDO:

Que, estando a lo dispuesto en el artículo 191° de la Constitución Politica del Perú, reformado por la Ley N° 28607, asi como lo estipulado en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Moquegua, es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; siendo su Presidente la máxima autoridad jurisdiccional, su representante legal y titular del pliego presupuestal;

Que, es de público conocimiento lo informado por la Dirección Regional de Salud Moquegua el hecho de que se ha registrado a la fecha un número considerable de afectados con el peligroso virus de gripe porcina, conocida también como virus de la influenza porcina o SIV, se trata de la influenza tipo A sub tipo H 1 N1, que ha sido adquirida por dichos pacientes en distintas circunstancias, dijo, esta situación resulta aún más crítica si tenemos en cuenta que en la Región Moquegua estamos atravesando fuertes enfriamientos, que afectan especialmente a los niños que se encuentran asistiendo a clases a tempranas horas de la mañana; situación que con la aglomeración de personas facilita la trasmisión del virus;

Que, es política nacional y es función del Gobierno Regional promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promoción y prevención de la salud; como también es función de dicho nivel de gobierno regular y supervisar los servicios de educación inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria; lo que obliga a que se tenga que adoptar medidas urgentes en protección de la salud de los niños y jóvenes de educación inicial, primaria y secundaria en toda la Región Moquegua; dado a que son ellos los que están expuestos a adquirir y propalar enfermedades por efectos del fuerte friaje que se viene produciendo durante el mes de julio, en especial, contexto que se complica con la aparición de la influenza porcina; en consecuencia como Gobierno Regional se debe ejecutar políticas y promover acciones de prevención de la salud de la población estudiantil, prioritariamente, disponiendo la suspensión de labores educativas como adelanto de las vacaciones estudiantiles de medio año o con la obligación de reprogramar el dictado de clases de aquellas Instituciones Educativas que no hagan uso de dichas vacaciones; esto a partir del 22 de julio al 04 de agosto del 2013;

Que, en el Directorio de Gerentes del Gobierno Regional Moquegua, de fecha 17 de Julio del 2013, se propuso, debatió y acordó la suspensión del dictado en las condiciones señaladas en el último extremo del considerando precedente, para evitar contagio y propalación del virus;

De conformidad con lo establecido en los artículos 21°, 22°, 40°, 47 inc. e) y artículo 49 inc. e) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y visaciones

DECRETA:

Artículo 1?.- DISPONER la suspensión del dictado de clases en todas las instituciones educativas de la Región Moquegua, sin excepción, a partir del 22 de julio hasta el 04 de agosto del 2013. Siendo de responsabilidad del Director Regional de Educación, Directores de las UGELs, de los Promotores y de los Directores de cada Institución Educativa el cumplimiento de esta disposición.

En las instituciones educativas que corresponda hacer uso de las vacaciones de medio año, dichas vacaciones serán adelantadas durante el periodo de suspensión de dictado de clases dispuestas en el párrafo precedente.

DECRETO REGIONAL N° 005-2013-GR/MOQ

Las instituciones educativas que hayan hecho uso de tales vacaciones, estarán en la obligación de reprogramar el dictado de clases para recuperar el periodo de suspensión.

Artículo 2°.- DISPONER que la Dirección Regional de Salud, a través de todos sus establecimientos de salud en la Región Moquegua, realice campañas de información y prevención, para evitar se propale el virus de influenza tipo A sub tipo H 1 N1

ARTICULO 3°.- PUBLICAR, el presente Decreto Regional en el Diario Oficial El Peruano, en diarios de circulación regional, en el Portal de la Entidad. Remitiendo copia del mismo a Presidencia Regional, Ministerio de Educación, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social y al Órgano Regional de Control Institucional.

Dado en la Sede del Gobierno Regional, en Moquegua a los 17 días del mes de julio del 2013.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmoquegua/normas-legales/4688246-005-2013-gr-moq PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5201499/decretoregional005-2013.pdf