Decreto Regional N.° 002-2026-GR/MOQ
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N° : 002-2026-GR/MOQ FECHA : 22 de abril del 2026
VISTO:
El Informe N2 258-2026-GRM-GRDS-SDIS, la Carta N° 0009- 2026-E.C.P.M, la Ordenanza Regional N°007-2025-CR/GRM, el Informe N°228-2026-GRM/GGRORAJ, el Acta de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Moquegua N°001- 2026-GRM/MOQ, el Informe N° 040-2026-GRM/GGR, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;
Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su Artículo 8° precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (...)”;
Que, el Artículo 21° inciso d) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- Ley N° 27867, prescribe que el Gobernador Regional tiene como atribuciones, dictar Decretos y Resoluciones Regionales;
Que, el Artículo 40° inciso d) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- Ley N° 27867 señala: “Los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, con acuerdo del Directorio de Gerencias Regionales;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 007-2025-CR/GRM, de fecha 22 de Diciembre del 2025, publicada en el Diario Oficial se crea el Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Moquegua conforme al Reglamento de CCONNA, aprobado por Resolución Ministerial N° 152-2023-MIMP y deroga la Ordenanza Regional N° 07-2018-CR/GRM;
Que, mediante Informe N° 258-2026-GRM-GRDS-SDIS, de fecha 23 de Febrero del 2026, la Sub Gerente de Desarrollo e Inclusión Social-Lic. Milagros Soledad Ayala Lima, remite a la Gerenta Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Moquegua- Lic. Katherine Raquel Anco Santos el sustento técnico para la aprobación del Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes-CCONNA de la Region Moquegua;
Que, el CCONNA es un espacio de participación democrática, consultiva y propositiva, conformado por menores de 8 a 17 años (generalmente). Su objetivo es
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expresar sus opiniones y proponer políticas públicas a gobiernos locales y nacionales para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos;
Que, la Convención sobre los Derechos del Niño señala, en su artículo 12, que los Estados parte garantizan al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio, el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que lo afecten, teniéndose debidamente en cuenta su opinión, en función de la edad y madurez del niño. Asimismo, el Artículo 13° señala que el niño tendrá derecho a la libertad de expresión; derecho que incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño;
Que, el Artículo 9 del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por la Ley N° 27337, señala que el niño y el adolescente que estuvieron en condiciones de formarse sus propios juicios tendrán derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que les afecten y por los medios que elijan, incluida la objeción de conciencia, y a que se tenga en cuenta sus opiniones en función de su edad y madurez;
Que, el Reglamento Interno del CCONNA (Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes) de un Gobierno Regional en el Perú rige la participación democrática de menores de 8 a 17 años, definiendo sus funciones, estructura y elecciones para incidir en políticas públicas locales. Este documento establece sesiones, vocería y la defensa de derechos;
Que, la finalidad del Reglamento Interno del CCONNA es de
garantizar el derecho a ser escuchados y participar en la toma de decisiones sobre políticas publicas que afectan a la infancia y adolescencia;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Código de los Niños y Adolescentes, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) dirige el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño y Adolescente como ente rector;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2021-MIMP, se aprobó la Politica Nacional Multisectorial para las Niñas y Adolescentes-PNMNNA al 2030, que en su objetivo prioritario 4, “Fortalecer la participación de las niñas, niños y adolescentes en los distintos espacios de decisión de su vida diaria”, incluye el lineamiento 4.1 “ Incrementar acceso a espacio seguros y de socialización que permitan la promoción de la diversidad cultural, política y artística de las niñas, niños y adolescentes”, que contempla como nuevo servicio la promoción y fortalecimiento de los Consejos Consultivos de Niñas, Niños y Adolescentes”;
Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Regional N° 007- 2025-CR/GRM, dispone que la Gerencia General y la Sub Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social realicen las acciones para su implementación y reglamentación en un plazo máximo de 30 días, por lo que corresponde aprobar el Reglamento Interno del CCONNA;
Que mediante Acta de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Moquegua N°001-2026-GRM/MOQ, de fecha 23 de Marzo del 2026, se
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acuerda por Unanimidad, aprobar el Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes-CCONNA DE LA REGION MOQUEGUA mediante Decreto Regional;
Que, mediante Informe N° 040-2026-GRM/GGR, de fecha 06 de Abril del 2026, el Gerente General Regional remite Acta de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Moquegua N° 001-2026-GRM/MOQ, de fecha 23 de Marzo del 2026;
Que, estando a lo señalado en los párrafos precedentes, la normatividad vigente y conforme al acuerdo de Acta de Directorio Gerencial Regional N° 001-2026- GRM/MOQ, de fecha 23 de Marzo, corresponde emitir el Decreto Regional que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes-CCONNA DE LA REGIÓN MOQUEGUA;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ordenanza Regional N° 011-2021-CR/GRM, que aprueba la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
SE DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.-APROBAR, el Reglamento Interno del
) / Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes-CCONNA DE LA REGION MOQUEGUA que consta “de dos (02) Títulos, cuatro (04) Capítulos, treinta y tres (33) Artículos y cuatro (4) Disposiciones Complementarias Finales que en anexo forman parte integrante del presente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que, el presente Decreto Regional sea publicado observando las formalidades establecidas en la Ley N° 27867.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación del presente Decreto Regional en el portal institucional www.regionmoquegua.gob.pe y en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano, remitiendo copia del mismo a Gobernación Regional, Consejo Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmoquegua/normas-legales/8056339-002-2026-gr-moq PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9862942/8056339-n-002-2026-gr-moq.pdf