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002-2013-GR-MOQ Regional Decree Moquegua In force

Decreto Regional N.° 002-2013-GR/MOQ

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DECRETO REGIONAL

N° 002-2013-GR/MOQ EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA

CONSIDERANDO:

Que, estando a lo dispuesto en el artículo 191? de la Constitución Politica del Perú, reformado por la Ley N° 28607, asf como lo estipulado en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Moquegua, es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; siendo su Presidente la máxima autoridad jurisdiccional, su representante legal y titular del pliego presupuestal.

Que, del 03 al 10 de junio del 2013, en la ciudad de Ilo, se desarrolla el Campeonato Mundial de Surf, deporte que data de 500 años antes de Cristo, teniendo constancia que en el norte del Perú las culturas locales preincaicas dejaron trazas y cerámicas que muestran la práctica de este deporte, que consiste en el deslizamiento en una ola de pie sobre una tabla. Evento que concita el interés del mundo, representando para las naciones y ciudades que son sede una inmejorable plataforma de difusión de la imagen y el turismo; lo que implica la necesidad que las entidades públicas, como el Gobierno Regional de Moquegua, se involucren a fin de facilitar y apoyar la realización de dicho evento y fortalecer el espíritu deportivo de los ciudadanos;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 47* de la Ley N* 27867, LeyyOrgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N° 28039, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, es función del Gobierno Regional de Moquegua ejecutar políticas regionales de deporte y recreación, promoviendo el desarrollo de éstos en la Región, en concordancia con la política educativa nacional;

Que, en mérito a lo dispuesto en el artículo 63° de la Ley N° 27867, son funciones del Gobierno Regional de Moquegua en materia de turismo formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de desarrollo de la actividad turística regional en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales; la de promover el desarrollo turístico mediante el aprovechamiento de las potencialidades regionales; así como de organizar y dirigir las actividades de promoción turística de la Región en coordinación con las organizaciones de la actividad turística y los Gobiernos Locales;

Que, en el directorio de gerentes del Gobierno Regional Moquegua, de fecha 14 de marzo del 2013, se propuso, discutió y acordó declarar de interés regional la realización del Campeonato Mundial de Surf, a llevarse adelante en la ciudad de Ile del 03 al 10 de junio del 2013; considerando el evento un acontecimiento sin precedentes que nos permite promover el deporte, el turismo y la imagen de la Región Moquegua; a cuyo efecto también amerita constituir la Comisión encargada de coordinar, dirigir y difundir las actividades necesarias para la realización de dicho Campeonato;

De conformidad con lo establecido en los artículos 21°, 22° y 41° inciso d) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y visaciones

DECRETA:

ARTÍCULO 1*.- DECLARAR de interés regional la realización del Campeonato Mundial de Surf, que se desarrollará del 03 al 10 de junio del 2013, en la ciudad de llo, provincia del mismo nombre de Departamento de Moquegua. Considerando este evento un acontecimiento sin precedentes que nos permite promover el deporte, el turismo y la imagen de la Región Moquegua.

ARTICULO 22.- CONSTITUIR la Comisión encargada de coordinar, dirigir y difundir las actividades necesarias para la realización del Campeonato Mundial en mención; la misma que, mediante Resolución Ejecutiva Regional, quedará integrada por el Gerente Regional de Desarrollo Económico quien la presidirá, los representantes de la Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo, la Cámara de Turismo de Moquegua, la Cámara de Comercio de Moquegua y la Municipalidad Provincial de llo.

°.- DISPONER que, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos que preceden, los titulares de las entidades públicas de la Región Moquegua adopten las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios indispensables para la sociedad durante el evento.

, PUBLICAR, el presente Decreto Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE y en el Portal de la Entidad. Remitiendo copia del mismo a Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo, la Cámara de Turismo de Moquegua, la Cámara de Comercio de Moquegua, la Municipalidad Provincial de tlo y al Órgano Regional de Control Institucional.

Dado en la Sede del Gobierno Regional, en Moquegua a los 15 días del mes de marzo del 2013,

QOBIZA: EGIONAL MOQUEGUA pe |


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmoquegua/normas-legales/4688279-002-2013-gr-moq PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5201546/decretoregional002-2013.pdf