Ordenanza Regional N.° 001-2025-CR-GRM
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Ed ORDENANZA REGIONAL N° : 001- 2025-CR/GRM eee NOOURGIA. DE Fecha : 17-07-2025
CONSEJO REGIONAL
VISTOS: El Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Extraordinaria N° 20-2025-CR/GRM del 17 de julio del 2025, con referencia a las observaciones ealizadas a la Ordenanza Regional N° 001-2025-CR/GRM — Ordenanza Regional que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Moquegua, a través del Oficio N° 414-2025-GRM/GR suscrito por la Gobernadora Regional de Moquegua.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de ¿Na Ley de Reforma Constitucional N° 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo iguiente: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los fasuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Y Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)".
Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 188 y 192 del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, modificado por Ley N° 27880 - Ley de Reforma Constitucional, establecen que, el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de Organización Democrática y de Política Permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional.
Que, el artículo 1 de la Ley Nro. 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; por otra parte, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales, sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.
Que, el artículo 38 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.
Que, en el mismo sentido, el Reglamento Interno de Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua aprobado mediante Ordenanza Regional Nro. 01-2011-CR/GRM, define a las Ordenanzas Regionales como aquellas normas con rango de ley en la jurisdicción del Gobierno Regional, son de carácter obligatorio y deben guardar relación con la Constitución y las leyes nacionales.
Que, el Decreto Supremo N° 044-2021-PCM, establece aplicación de disposiciones de observancia obligatoria para todos los gobiernos regionales a cargo de los procedimientos administrativos estandarizados en materia forestal y de fauna silvestre.
Que, el Decreto Supremo N° 080-2024-PCM, aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados del sector agrario y de riego, para cumplimiento de todos los gobiernos regionales a cargo de la tramitación. ,
Que, el numeral del 44.1 del artículo 44? del Texto Unico Ordenado de la Ley N? 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo.
ey ORDENANZA REGIONAL N° : 001- 2025-CR/GRM E A DUI REGIONAL D Fecha : 17-07-2025
CONSEJO REGIONAL
Que, mediante Informe N° 0543-2024-GRM/GGR/GRI-DRTC.OI con fecha de recepción 28 de octubre del 2024, el Ing. Augusto Alfredo Rospigliosi Flor en su condicién Director Regional de Transportes y Comunicaciones remite el expediente al Jefe de la Oficina de Administración del GRM, sobre la actualización del TUPA de la DRTyC, de acuerdo a lo determinado mediante Informe N° 085-2024-GRM/GGR/GRI-DRTC/MOQ-SMMA: Costos de 36 procedimientos administrativos estandarizados, 01 servicio exclusivo estandarizado, 12 procedimientos administrativos y 09 A servicios prestados en exclusividad incorporados, asimismo señala que se zAha identificado el cálculo de costo personal directo enmarcados dentro de la metodología de ¡determinación de costos y sustentados con los informes correspondientes.
Que, a través del Informe N° 0714-2024-GRM/GGR/ORA con fecha de recepción 12 de noviembre del 2024, el Jefe de la Oficina de Administración del GRM, previa revisión y análisis de la normativa, señala que el proyecto de actualización de Texto Único de Procedimientos
Administrativos presentado por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, ha sido registrado en la web de la PCM-SUT. Por ende, emite OPINION FAVORABLE al sustento de costos | en el cálculo de derechos de tramitación. f |
Que, a través del Informe N° 736-2024-GRM-GGR-GRDE/DRA.MOQ con fecha de
recepción 13 de setiembre del 2024, el Ing. Prescilio Alejandro Mamani Eugenio en su condición de
| Director Regional de Agricultura de Moquegua, remite el proyecto de incorporación de
| Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad Estandarizados al TUPA del
| Gobierno Regional de Moquegua, encaminado mediante Informe NO 014-2024-GRMGGR-
| GRDE/DRA-MOQ-OPP/RAC: 05 procedimientos administrativos y 4 servicios prestados en exclusividad estandarizados, se debe incluir en TUPA de GRM.
Que, mediante Informe N° 0624-2024-GRM/GGR/ORA con fecha de recepción 17 de | octubre del 2024, el Jefe de la Oficina de Administración del GRM, previa revisión y análisis de la | normativa, señala que el proyecto de incorporación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados, presentados por la Dirección Regional de Agricultura, ha sido registrado en la web de la PCM-SUT. Por ende, emite OPINION FAVORABLE al sustento de costos en el cálculo de derechos de tramitación.
Que, a través del Informe N° 393-2024-GRWGRPPAT-SOMI, Proveído GRPPAT, de fecha de recepción 22 de noviembre del 2024, el (e) de la Sub Gerencia de Organización y Modernización Institucional, remite el expediente del proyecto de modificación de TUPA a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, con las siguiente conclusión: para efecto de la incorporación de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad Estandarizados de la Dirección Regional de Agricultura y Modificación de Procedimientos Estandarizados y No estandarizados de la Dirección Regional de Transpones y Comunicaciones, los actuados contiene visto bueno; para opinión legal, señala que posteriormente se eleve a la Gerencia general Regional para la conformidad y visto bueno, finalmente refiere que el presente proyecto ha sido estructurado en base a lo establecido a la Resolución de Secretaria de Gestión pública N° 005-2018-PCM-SGP.
Que, mediante Informe N° 1244-2024-GRM/GGR/ORAJ con fecha de recepción 02 de diciembre del 2024, el Abog. Saul Hernan Herrera Diaz - Jefe de la Oficina Regional de Asesoria Jurídica, previa revisión de los actuados y análisis de la normativa, expide opinión legal favorable, determinado que la propuesta de modificación del TUPA, se sujeta a las formalidades establecidas en los "Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA" aprobado mediante Resolución de Secretaria de Gestión pública NP 005-2018-PCM-SGP. Asimismo, indica que se encuentra expedito para que sea elevado a la Gerencia General Regional, a efecto de que prosiga su trámite ante el Consejo Regional, instancia competente para aprobarlo; ello en cumplimiento en el artículo 44°
Ed ORDENANZA REGIONAL
N° : 001- 2025-CR/GRM GOBIERNO REGIONAL DE x MOQUEGUA Fecha 1 17-07-2025
CONSEJO REGIONAL
O [GOBERNACIÓN REGIONAL
umeral 44.1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, concordantes con el artículo 18a de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP.
Que, a través del Informe NP 575-2024-GRM/GGR con fecha de recepción 05 de diciembre ~ del 2024, el Ing. Abraham Mario Ponce Sosa - Gerente General Regional, remite al Consejero 2 Regional Delegado, el expediente de modificación del TUPA, otorgándole la CONFORMIDAD
\correspondiente, en base a la opinión legal favorable de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, ” Jealizado con Informe N° 1244-2024-GRM/GGR/ORAJ, correspondiente a dos Direcciones J Regionales: i) Dirección Regional de Agricultura de Moquegua (en materia forestal y fauna silvestre 2 19 procedimientos). ii) Dirección Regional de Transpones y Comunicaciones de Moquegua (modificación de 58 procedimientos).
Que, mediante Oficio N° 1834-2024-GRM/CR/CD/AJQR, el Consejero Delegado del Consejo Regional devuelve el expediente administrativo al Ejecutivo Regional por inconsistencias sobre aprobación del TUPA.
Que, a través del Informe Técnico S/N el Ing. Luis Alberto Colque Guerra - Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite opinión sobre modificación del TUPA del GRM.
Que, mediante Carta N° 069-2024-HYE con fecha de recepción 17 de diciembre del 2024, el Asistente Técnico, presenta la subsanación de observaciones al proyecto de modificación del TUPA, asimismo adjunta el Proyecto de Ordenanza regional y el Formato A, debidamente visados, finalmente recomienda se derive el expediente al Gerente de Planeamiento y Presupuesto para continuidad de actos administrativos.
Que, a través del Informe N° 412-2024-GRM/GRPPAT-SOMI, con fecha de recepción 17 de diciembre del 2024, la Lic. Sonia A. Ccopa Charaja - (e) Sub Gerencia de Organización y Modernización Institucional, remite la subsanación de observaciones al proyecto de Modificación del Tupa institucional, al gerente de Planeamiento y presupuesto a fin de que sea derivado a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica. De acuerdo a las siguientes precisiones para el proyecto de Ordenanza: que los desagregados de los procedimientos siguientes se encuentran sustentados en el formato A debidamente suscrito por los responsables funcionarios de la modificación del TUPA.
Que mediante Informe N° 1310-2024-GRM/GGR/ORAJ con fecha de recepción 19 de diciembre del 2024, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica: habiéndose cumplido con subsanar las observaciones realizadas por el Consejero Regional Delegado. Procede derivar el expediente a la Gerencia General, a efectos de que prosiga su trámite ante el Consejo Regional, instancia competente para aprobarlo; ello en cumplimiento al artículo 440, numeral 44.1 del TUO de la Ley NO 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, concordante con el artículo 180 de la resolución de la Secretaria de Gestión Publica N O 005-2018-PCM-SGP.
Que, a través del Informe N° 587-2024-GRM/GGR, con fecha de recepción 19 de diciembre del 2024, el Gerente General Regional, deriva el expediente de modificación de TUPA institucional al Consejero Regional Delegado, ratificando opinión lega de la oficina Regional de Asesoría Jurídica sobre la indicación del cumplimiento de levantamiento de observaciones, en este contexto RATIFICA en el extremo de dar CONFORMIDAD del presente proyecto de modificación del TUPA del Gobierno Regional de Moquegua.
Que, mediante Dictamen N° 003-2025-GRM/CR/CO-PPOT/P/CBCP de fecha 11 de marzo del 2025, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del
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E ORDENANZA REGIONAL
GOBIERNO REGIONAL DE N° : 001- 2025-CR/GRM MOQUEGUA Fecha : 17-07-2025
CONSEJO REGIONAL
Consejo Regional, aprueba que se modifique el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Moquegua.
Que, con Oficio Nro. 21-2025-GRM/CR/ COPPOT con sello de recepción del 24 de marzo del 2025, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, eleva el Dictamen N* 003-2025-GRM/CR/CO-PPOT/P/CBCP para ser puesto en consideración del Pleno del Consejo Regional.
Que, mediante Oficio Circular N° 53-2025-GRM/CRICD del 21 de abril del 2024, el consejero regional Pedro Noguera Prado en su condición de Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua para el periodo legislativo del 2025, convocó a la Sesión xtraordinaria N° 12-2025, a desarrollarse el jueves 24 de abril del 2025.
Que, en el desarrollo de la Orden del Día de la Sesión Extraordinaria N* 12-2025 del 24 de +/ abril del 2025, se realizó la deliberación y el debate del Dictamen N° 003-2025-GRM/CR/COPPOT/P/CBCP, sobre la aprobación de la: “Ordenanza Regional que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Moquegua”.
Que, en la Estación de Orden del Día de la Sesión Ordinaria N° 006-2025-CR/GRM del 24 de abril del 2025, se realizó la deliberación y el debate del proyecto de: “Ordenanza Regional que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Moquegua”, el mismo que luego de la votación correspondiente quedó aprobado por mayoría.
Que, a través del Oficio N° 1032-2025-GRM/CR/CD con sello de recepción del 24 de junio del 2025, el Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua remitió la Ordenanza Regional N° 001-2025-CR/GRM — Ordenanza Regional que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Moquegua.
Que, no obstante, a través del Oficio N° 414-2025-GRM/GR con sello de recepción del 02 de julio del 2025, la Gobernadora Regional de Moquegua observó el contenido de la Ordenanza Regional remitido, en ejercicio de lo previsto en el literal 0) del artículo 21 de la Ley 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, seguidamente, mediante Informe N° 031-2025-GRM/CR/ST/MECA con sello de recepción del 08 de julio del 2025, el Secretario Técnico del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua remitió la Ordenanza Regional N° 001-2025-CR/GRM — Ordenanza Regional que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Moquegua, a fin de que el Pleno del Consejo asuma las observaciones planteadas o se ratifique en el proyecto, de acuerdo a lo previsto en el artículo 60 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Moquegua.
Que, en Sesión Extraordinaria N° 020-2025-CR/GRM, el Pleno del Consejo Regional aprobó por unanimidad asumir las observaciones realizadas mediante Oficio N° 414-2025-GRM/GR, sobre la Ordenanza Regional N° 001-2025-CR/GRM — Ordenanza Regional que modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Moquegua.
Por lo que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua aprobado por Ordenanza Regional N° 001-201 1-CR/GRM; con el voto por unanimidad para asumir las observaciones contenidas en el Oficio N° 414-2025-GRM/GR, y, con la dispensa del trámite de aprobación del acta.
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Ed ORDENANZA REGIONAL
N° : 001- 2025-CR/GRM GOBIERNO REGIONAL DE . MOQUEGUA Fecha : 17-07-2025 CONSEJO REGIONAL
HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Moquegua aprobado por Ordenanza Regional N° 01-2010-CR/GRM; para efectos de la incorporar quince (15) Procedimientos Administrativos Estandarizados, cuatro (04) Servicios Prestados en Exclusividad Estandarizados, la adecuación de cuarenta y nueve (49) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, tal como se detalla en el “Formato A” que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO. - SUPRIMIR sesenta y ocho (68) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA vigente, cuyo detalle se encuentra en el “Formato A” que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER, al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Moquegua, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal electrónico correspondiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N'27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Comuníquese a la Señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Moquegua, a los diecisiete días del mes de julio del dos mil veinticinco.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
POR TANTO: Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Moquegua, el doce del mes de Agosto del año dos mil veinticinco.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmoquegua/normas-legales/7108690-001-2025-cr-grm PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8590365/7108690-ordenanza-001-2025-que-aprueba-la-modificacion-del-tupa.pdf