Decreto Regional N.° 001-2021-DR/GR
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‘ Simoauesia Decreto Regional
N° : 001-2021-GR/MOQ FECHA : 15 de Abril del 2021
VISTO:
La Ordenanza Regional N° 05-2017-CR/GRM, Informe N° 174-2021- GRM/GGR-DRDIS de fecha 06 de Abril del 2021 emitido por el Director Regional de Desarrollo e Inclusion Social, Acta de Sesion Ordinaria de fecha 24 de Agosto del 2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 191% de la Constitución Política del Perú, concordante, con la Ley N° 27867 y sus modificatorias por Ley N° 27902, Ley N° 28926 y Ley N° 28968, que aprueba la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la cual expone en su Artículo 2° que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son Personas Jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia”. Asimismo de conformidad con el Artículo 8° de la Ley N° 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, sujetándose a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivos;
Que la autonomía política de los Gobiernos Regionales se define como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes, conforme lo establece el inciso 9.1 del Artículo 9° de la Ley N° 27783;
Que, el literal a) del Artículo 45° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es competencia exclusiva del Gobierno Nacional definir, dirigir, normar y gestionar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República. El mismo dispositivo agrega que los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales;
Que la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como finalidad fundamental del proceso de modernización la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre entre otros, un estado transparente en su gestión lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública con mecanismo de control efectivo;
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 60° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades (...) h) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad;
Que en el marco de la normativa expuesta en los considerandos precedentes, mediante Ordenanza Regional N° 05-2017-CR/GRM de fecha 06 de Julio del 2017, el Gobierno Regional de Moquegua, crea la "Mesa de Trabajo Regional Multisectorial por la Persona Adulta Mayor de Moquegua”, teniendo como finalidad desarrollar acciones preventivas promocionales y de atención para mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores y el ejercicio de sus derechos; y en cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Regional N° 05-2017- CR/GRM, mediante Informe N° 174-2021-GRM/GGR-DRDIS de fecha 06 de Abril del 2021, la Direccion Regional de Desarrollo e Inclusion Social remite la propuesta de Reglamento Interno de la Mesa de
LA
“imoauca Decreto Regional
Trabajo Regional Multisectorial por la Persona Adulta Mayor de Moquegua, siendo procedente su aprobación mediante Decreto Regional, en concordancia con el Artículo 22° y 40° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, toda vez que no colisiona con la normatividad legal vigente;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 22° y 40° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Reglamento de Organización y funciones aprobado mediante Ordenanza Regional N° 011-2013-CR/GRM., modificado con Ordenanza Regional N° 016-2017- CR/GRM, y con las atribuciones conferidas al Gobierno Regional por Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por Ley N° 27902.
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el REGLAMENTO INTERNO DE LA MESA DE TRABAJO REGIONAL MULTISECTORIAL POR LA PERSONA ADULTA MAYOR DE MOQUEGUA, el cual consta de Cuatro (04) Títulos, Dieciocho (18) Artículos y Dos (02) Disposiciones Finales, y cuyo texto forma parte integrante de los antecedentes del presente decreto regional.
ARTICULO SEGUNDO.- HACER, de conocimiento a los miembros integrantes de la “MESA DE TRABAJO REGIONAL MULTISECTORIAL POR LA PERSONA ADULTA MAYOR DE MOQUEGUA”, el presente decreto.
ARTICULO TERCERO.- DISPONER, la publicación del presente Decreto Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Moquegua, el mismo que entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
ZGCP/GR. WMZZ/ORA) OACUJABOG.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmoquegua/normas-legales/2398412-001-2021-dr-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2461865/Decreto-Regional-001-2021-GRMOQ.pdf.pdf