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OR-019-2025-RMDDCR Regional Ordinance Madre de Dios In force

Ordenanza Regional N.° OR-019-2025-RMDDCR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS " AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMÍA PERUANA" "MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

ORDENANZA REGIONAL Nº 019 - 2025-RMDD/CR POR CUANTO: I

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el día viernes 1O de octubre del 2025, en su sede institucional actual, sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión , organizar y conducir la gestión pública regional , de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atrib.uciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del

Gobierno

Regional y

reglamentan

materias

de su

competencia". Que, mediante Decreto Legislativo Nº 346 se establece la Política Nacional de Población, que tiene por objeto planificar y ejecutar las acciones de Estado relativas al volumen, estructura, dinámica y distribución de la población n el territorio nacional. Que, la Ley Nº 27867 , Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 50, literal a) dispone que son funciones específicas de los gobiernos regionales en materia de población: formular, aprobar, ejecutar, dirigir, evaluar y controlar los programas regionales de población , en concordancia con la política y el plan nacional de población.

SED E COLISEO CERRA DO Esq. Jirones Junín y Antonio Raymond,

PUERTO MALDONADO

...

GOBIERNO REG IONAL C::ONSEJO REG IONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMIA PERUANA" "MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

Que, habiendo concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales a los gobiernos regionales, en materia de población, es conveniente contar con el diseño, aprobación e implementación de sus programas regionales de población, como instrumentos de gestión orientados al desarrollo poblacional en términos de fortalecimiento de sus capacidades y mejoramiento de su calidad de vida. Que,

l mediante

Resolución

Ejecutiva

Regional

231-2023-

GOREMAD/GR, se aprobó la constitución del Equipo Técnico Regional de Población para el diseño del Programa Regional de Población, señalando sus funciones y encargando a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la implementación de la política de población en el ámbito regional. Que, la precitada Gerencia Regional, a través de la Sub Gerencia de Población, Participación Ciudadana, Comunidades Nativas y Cultura ha cumplido con diseñar el referido documento de gestión denominado: "Programa Regional de Población 2025 - 2036", el cual cuenta, entre otros, con un resumen ejecutivo; análisis situacional de la población, visión y objetivos; matriz de objetivos, acciones estratégicas, metas e indicadores y un informe de evaluación anual. Que, según Informe Técnico Nº 005-2025-GOREMAD/G~ PPYATSGDIEI/IMGA, el "Programa Regional de Población 2025 - 2036", se encuentra dentro del marco legal vigente y responde las competencias establecidas legalmente; contribuye al fortalecimiento de la gestión pública regional , a identificar brechas demográficas y orientar la asignación de recursos y políticas públicas, siendo viable y necesaria su implementación. Que, asimismo, la propuesta de Programa Regional, cuenta con opinión técnica favorable de la Sub Gerencia de Presupuesto y de la Sub Gerencia de, Ordenamiento, Demarcación y Acondicionamiento Territorial, expresado en el Informe Nº 743-2025-GOREMAD/GRPPYAT-SGP e Informe Nº 274-2025GOREMAD/GRPPYAT-SGODT, respectivamente. Que, en el mismo sentido, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, mediante

Informe Legal

851 -2025-GOREMAD/GRAJ , opina

por la

procedencia del "Programa Regional de Población 2025 - 2036" y su apr obación

SEDE COLISEO CERRADO Esq. Jirones Junin y Antonio Raymond, PUERTO MALDONADO

• ",

GOBIERNO REG IONAL CONSEJO REG IONAL DE MADRE DE DIOS " AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMfA PERUANA" "M ADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

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mediante ordenanza regional ; para lo cual, recomienda remitir dicha propuesta al Consejo Regional. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Reg ionales y sus modificatorias, por unanimidad . HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el "PROGRAMA REG IONAL DE

POBLACIÓN 2025 - 2036", presentado por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, al Gobernador Regional, disponga

la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios, bajo responsabilidad . Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los diez días del mes de octubre del

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aiio dos mil veinticinco .

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POR TANTO:

Mando se r gistre, publique y cumpla.

días del mes de octubre d


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmadrededios/normas-legales/7737596-or-019-2025-rmddcr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9446694/7737596-or-019-2025-rmddcr.pdf