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OR-002-2025-RMDDCR Regional Ordinance Madre de Dios In force

Ordenanza Regional N.° OR-002 - 2025-RMDDCR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DE LA RECUPERACIÓN YCONSOLIDACION DE LA ECO NOMIA PERUANA" "MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

ORDENANZA REGIONAL Nº 002 - 2025-RMDD/CR POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria realizada el día viernes 17 de enero del 2025, en su sede actual sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Le'y Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada ley, establece que: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la ~escentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones; así como, el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población. Que, mediante Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificado mediante Ley Nº 29298, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, se define el proceso del presupuesto participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente , eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado- Sociedad Civil; para lo cual, los gobiernos reg ionales y locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos; así como, en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos. Que, son instancias de participación en el proceso de programación participativa del presupuesto los consejos de coordinación regional y locales, siendo la sociedad civil, parte activa en el proceso con énfasis en los gastos de inversión. Estos presupuestos se sustentan en las orientaciones, compromisos, aportes y SEDE COLISEO CERRADO Esq. Jirones Junin y Antonio Raymondi PUERTO MALDONADO

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prioridades establecidas en los planes de desarrollo concertado a nivel regional y local y reflejan de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos realizados a través de las distintas fases del proceso, considerando los ret1uerimientos de los sectores sociales y productivos Que, mediante Resolución Directora! Nº 007-2010-EF/76.1, se aprueba el Instructivo Nº 001 -201 0-EF/76.01 "Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados", en cuyo Capítulo 11, refiere que los Procesos de Presupuesto Participativo, se asumen tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa de cada Gobierno Regional o Gobierno Local, respetando el procedimiento básico para el desarrollo del proceso que debe ser adaptado por cada gobierno regional, en función a sus particularidades y experiencias previas en la implementación del presupuesto participativo. Que, el Decreto Legislativo Nº 1252, en su primer artículo, señala como objeto la Creación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, como Sistema Administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión, para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y en su artículo 3 inciso a), señala que la Programación Multianual debe realizarse considerando como principal objetivo el cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos para la 'población .

Que, a través del Informe Nº 622-2024-GOREMAD/GRPPYAT, la Gerencia Régional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del GOREMAD remite la propuesta de Plan de Trabajo para el Presupuesto Participativo 2026 - 2028 del Gobierno Regional Madre de Dios y su Reglamento, para su aprobación, a fin de dar cumplimiento al Instructivo Nº 001 -2010-EF/76.01 para el .. '."\ r-;-;;-, proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado con t\Resolución Directora! Nº 007-2010-EF/76.01.

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Que, mediante Oficio Nº 004-2025-GOREMAD/GR, el Gobernador Regional % -(- .f? ele Madre de Dios, solicita al Consejo Regional la aprobación del Plan de Trabaj°o 414DRE~~ del Presupuesto Participativo Multianual 2026 - 2028, a través de una ordenanza regional.

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Que, la propuesta de Ordenanza Regional de aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo 2026- 2028, consta de los siguientes Anexos: Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Multianual 2026-2028 (Anexo 01 ); Convocatoria al Proceso de Presupuesto Participativo Multianual 202620)8 (Anexo 02); Cronograma de Registro de Agentes participantes de la Sociedad Civil en el Presupuesto Participativo Multianual 2026-2028 (Anexo 03); Formato para el .Registro de Agentes Participantes (Anexo 04), y la Ficha de Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo (Anexo 05).

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Que, el artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribución del Consejo Regional, entre otras, la indicada en su literal c) "Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y con las leyes anuales de presupuesto. Que, la propuesta de ordenanza regional cuenta con opinión favorable expresada en el Informe Legal Nº 20-2025-GOREMAD/ORAJ, de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Madre de Dios. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR, el inicio y desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Multianual 2026 - 2028, que conducirá el Gobierno Regional Madre de Dios, en el ámbito del Departamento de Madre de Dios y en el marco de la normatividad vigente, de conformidad con el Plan de Trabajo y demás documentos necesarios para su debida y oportuna implementación. ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR, la Convocatoria y el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual 2026 - 2028, que consta de 36 artículos, 02 Disposiciones Complementarias y 01 Disposición Transitoria, incluyendo sus Anexos, los cuales forman parte de la presente norma regional: Anexo 01: Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Multianual 2026-2028 del Gobierno Regional Madre de Dios; Anexo 02: Convocatoria al Proceso de Presupuesto Participativo Multianual 2026-2028); Anexo 03: Cronograma para el Registro de Agentes participantes de la Sociedad Civil en el Presupuesto Participativo Multianual 2026 - 2028; Anexo 04: Formato para el Registro de Agentes Participantes y Anexo 05: Ficha de Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Multianual 2026- 2028. ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, con el apoyo y participación de las Gerencias Regionales y sus correspondientes Direcciones Regionales Sectoriales y las Gerencias Sub Regional de Manu y de Tahuamanu y al Equipo Técnico involucrados, el cumplimiento de ésta Ordenanza Regional; para lo cual, realizarán todas las acciones pertinentes relacionadas con el proceso, entendiéndose como tal, la convocatoria, inscripción de agentes participantes, SEDE COLISEO CERRADO Esq. Jirones Junin y Antonio Raymondi PUERTO MALDONADO

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admisión de proyectos, planificación y adecuación al Instructivo aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas. ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, que las Gerencias Sub Regionales de Manu y Tahuamanu, coordinen con las Municipios Provinciales, la participación en el Proceso de Presupuesto Participativo Multianual 2026-2028, para lo cual , remitirán la información correspondiente a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para su inscripción y registro pertinente. ARTÍCULO QUINTO: DISPONER, que las Unidades Formuladoras del Pliego del Gobierno Regional de Madre de Dios, bajo responsabilidad funcional, cumplan con los procedimientos y mecanismos para la elaboración de los Proyectos de Inversión Pública de competencia del Gobierno Regional, resultantes del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual. ARTÍCULO SEXTO: RECOMENDAR, que el Órgano de Control Institucional (OCI) del Gobierno Regional de Madre de Dios, realice el control gubernamental respectivo y disponga las acciones y recomendaciones pertinentes en el marco de sus atribuciones y competencias, a fin de asegurar el cumplimiento del Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso del Presupuesto Participativo Multianual 2026 -2028. ARTÍCULO SÉPTIMO: DISPONER, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Madre de Dios, aplicar el principio de equidad para los once (11) Distritos de la Región Madre de Dios, en la distribución del presupuesto participativo conforme a lo establecido por Ley Nº 28056- Ley Marco del Presupuesto Participativo y los criterios técnicos establecidos. ARTÍCULO OCTAVO: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los diecisiete días de enero del año dos mil veinticinco. ~4,,..,GOBIERl/0 REGIONAL o: !!,\i)RE DE DIOS

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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil veinticinco.

SEDE COLISEO CERRADO Esq. Jirones Junln y Antonio Raymondi PUERTO MALDONADO


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