Ordenanza Regional N.° 9-2021-RMDD/CR
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CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ORDENANZA REGIONAL Nº 009 - 2021-RMDD/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria realizada el día viernes 09 de julio del 2021, en su sede institucional, aprobq la siguiente Ordenanza Regional.
CONSIDERANDO:
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Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.
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Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, acompañando al Oficio Nº 193-2020-GOREMAD-CR/CD, el correspondiente proyecto de Ordenanza Regional, se solicita a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, emitir opinión técnica sobre la "Creación de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios". Que, mediante Oficio Nº 105-2020-GOREMAD/GRDS, la Gerencia Regional de Desarrollo Social remite el Informe Técnico, sobre Creación de la Red de Mujeres Emprendedoras y ·Empresarias. En respuesta a lo solicitado con Oficio Nº 194-2020GOREMAD-CR/CD, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, a su vez, remite el Informe Legal Nº 35-2021-GOREMAD/ORAJ, opinando por la pertinencia de la creación de dicha entidad social. Que, el Estado Peruano, consecuente con el nivel de evolución legislativa alcanzada por sus pares, ha incorporado al Derecho Interno, los pactos, convenciones y tratados internacionales en materia de derechos humanos, como es la Convención sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, a través de la Resolución Legislativa 23432 y otras, que incluyen políticas internacionales de desarrollo concertado como la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, cuyo Objetivo Nº 5, es "lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas". Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 6, concibe que el desarrollo regional "comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades". Por consiguiente, dar institucionalidad y dinamismo a entidades regionales
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que sintonizan con los principios y objetivos del Gobierno Regional como ente rector del desarrollo, como la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de Madre de Pios, resulta procedente y concordante con su misión institucional. Que, la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios que se pretende crear y organizar, responde a una propuesta de desarrollo humano basado en el reconocimiento del derecho a la igualdad de oportunidades y no discriminación por causa de sexo, condición socio-económica, nacionalidad u otra circunstancia fundada en hechos naturales, históricos o culturares, en el ámbito de la Región Madre de Dios. Que, la política de igualdad y no discriminación, se traduce en el acceso efectivo a los servicios de salud, trabajo digno, educación y participación en decisiones políticas y económicas a mujeres y niñas, conforme 19 postula el Decreto Supremo Nº 008-2019-MIMP, que aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género y el Decreto Supremo Nº 056-2018PCM, que aprueba la Política General c:!e Gobierno al 2021, que también concuerda con la Política de Estado Nº 11 del Acuerdo Nacional. Que, la emisión y los efectos de la Ordenanza Regional que crea la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dio$, no irrogará gastos adicionales al Fisco; pues su actividad funcional tiene correspondencia con los objetivos sociales del Gobierno Regional y pOr consiguiente, se enmarca dentro de sus previsiones presupuestales. Tampoco incidirán negativamente en perjuicio del ecosistema; por cuanto, no tiene por objeto específico desarrollar actividades que comprometan al medio ambiente, ni se contrapone a norma alguna de nuestro ordenamiento jurídico nacional. Que, la Comisión de Comercio, Industria, Turismo y Artesanía del Consejo Regional de Madre de Dios, a través del Dictamen Nº 001-2021-GOREMADCR/CCITYA, en mérito a las consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, y las conclusiones y sugerencias señaladas en los informes técnico y legal convergentes a dicho propósito, considera procedente, la aprobación del proyecto de Ordenanza Regional de Creación de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios, con las modificaciones sugeridas por la Gerencia Regional de Desarrollo Social El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por mayoría.
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL S1(3UIENTE: ARTÍCULO PRIMERO.- CREAR, la RED REGIONAL DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE LA REGIÓN MADRE DE DIOS, como un mecanismo que impulsa la asociatividad de organizaciones de mujeres emprendedoras y empresarias, que tiene como propósito promover: El empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres, La generación de servicios y herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por mujeres, La articulación de dichos emprendimientos con servicios, programas y proyectos del Estado, vinculados al fomento y desarrollo empresarial El encadenamiento productivo y comercial en mercados nacionales e internacionales en coordinación con las entidades públicas y privadas competentes.
ARTÍCULO SEGUNDO: CREAR, la Mesa Multiactor de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios, adscrita a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, como un espacio técnico responsable de:
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Generar los instrumentos, programas, planes, proyectos y/o actividades necesarias que respondan a las necesidades planteadas por la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región de Madre de Dios. Promover, desarrollar y fomentar la sostenibilidad de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios. Brindar soporte técnico para facilitar, servicios de capacitación y asistencia técnica para la gestión y desarrollo empresarial, flujo de información de la demanda de mercado y gestión de recursos financieros para el apalancamiento de proyectos orientados al empoderamiento y autonomía económica de las mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios. ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, ql,.Je la Red Regional de Mujeres E;mprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios, estará integrada por mujeres Emprendedoras y Empresarias, lideresas de asociaciones empresariales y de emprendimiento de la Región, designadas expresamente en cada una de las Provincias y Distritos de la Región. Se establece un período de un año contado a partir de la promulgación de la presente ordenanza, como plazo para la constitución de las Redes Provinciales de Mujeres Emprendedoras en cada una de las Provincias de la Región, las cuales designarán a dos representantes para participar en la Red Regional. Para tal efecto, se encarga a la Gerencia de Desarrollo Social, la realización de las acciones conducentes a dicha conformación, debiendo reportar trimestralmente los avances al Consejo Regional de Madre de Dios. Durante el primer año, la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios, estará representada por las mujeres lideresas de asociaciones y gremios empresariales firmantes del Acta Nº 001. ARTÍCULO CUARTO: DETERMINAR, que la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios tiene las siguientes fL¡nciones: Proponer la agenda anual de la Mesa Multiactor y realizar seguimiento a sus acciones. . Promover y difundir los derechos económicos de las mujeres, para su empoderamiento y autonomía económica, visibilizando su participación en el desarrollo económico regional. Congregar a las representantes de las Redes Provinciales y Distritales de Emprendedoras de la Región Madre de Dios, existentes y acreditadas. Tener participación y representación activa, en los espacios participativos de toma de decisiones a nivel regional". ARTÍCULO QUINTO. - DETERMINAR, que son funciones de la Mesa Multiactor: •
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Apoyar el crecimiento del empresariado liderado por mujeres ofreciendo herramientas y recursos destinados a consolidar la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias, generando oportunidades de participación en mercados, regionales, nacionales e internacionales, declarando que la igualdad es buena para los negocios. Impulsar y acompañar los procesos de creación, crecimiento y consolidación de emprendimientos económicos liderados por mujeres, ofertando conocimientos especializados para la gestión de sus empresas, mediante planes de negocio, registrar sus marcas y gestionar recursos financieros. Favorecer a aquellas mujeres emprendedoras y empresarias que, por falta de orientación no acceden a nichos de mercados en procura de convertirse en líderes de su sector. Promover y gestionar mejor acceso a mercados y redes que permiten potenciar las empresas lideradas por mujeres, ofreciendo información sobre servicios financieros y no financieros.
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Formular, en base a las recomendaciones de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios, un Plan de Acción para el funcionamiento, fortalecimiento y sostenibilidad de los emprendimientos y empresas lideradas por mujeres de la Región Madre de Dios. Promover la formalización de emprendimientos empresariales liderados por mujeres, en coordinación con las instancias públicas y privadas correspondientes. Coordinar y concertar con otras instancias, servicios de capacitación, asistencia técnica, educación financiera, acceso a servicios financieros, acceso a nuevos nichos de mercado regional, nacional e internacional. Crear e implementar un sistema de información de la oferta y demanda de productos, bienes y servicios en el mercado regional y nacional. Elaborar un programa anual de capacitación para el desarrollo de emprendimientos económicos liderados por mujeres y gestión empresarial. Elaborar un informe anual de cumplimiento, el cual debe ser elevado al Consejo Regional de Madre de Dios, el 19 de noviembre de cada año, con ocasión de conmemorarse el Día Internacional de la Mujer Emprendedora. Otras funciones, que se consideren necesarias, para el empoderamiento y autonomía económica de las mujeres.
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ARTÍCULO SEXTO: ESTABLECER, que la conformación de la Mesa Multiactor de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios, será la siguiente:
- PRESIDENTE.Gerente Regional de Desarrollo Social.
- SECRETARIO TÉCNICO.Gerente Regional de Desarrollo Económico
MIEMBROS.Representantes de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía; Agricultura; Producción; Energía, Minas e Hidrocarburos y de las Gerencias Regionales de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; y, Forestal y de Fauna Silvestre. Representantes de las Municipalidades Provinciales y Distritales de la Región, vinculados al área de desarrollo humano y/o social. Dos Representantes de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras de la Región Madre de Dios. Un Representante de la Cámara de Comercio, de la Asociación para la Cuenca Madre de Dios, Servicio Nacional de Áreas Naturales. ·
ARTÍCULO SÉPTIMO: ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, en cuanto a la implementación de la presente ordenanza, realizar las acciones siguientes: Facilitar los procedimientos y espacios para la designación de los miembros de la Red de Mujeres Emprendedoras; así como, la conformación de la Mesa Multiactor. Realizar seguimiento a las acciones de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios. Asumir, la Secretaría Técnica de la Mesa Multiactor de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios. Crear un registro de las Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios, a fin de recoger las demandas y necesidades de las mujeres emprendedoras y empresarias; así como, fuente de información para la construcción del análisis de brechas de género en la región.
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Promocionar y potenciar la creación de redes de mujeres emprendedoras y empresarias a nivel provincial en el ámbito de la región. Garantizar, monitorear y evaluar, el cumplimiento del plan de acción de la Mesa Multiactor. Elaborar y facilitar, la formulación del Reglamento Interno de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Madre de Dios, en un plazo de 30 días después de haberse aprobado la presente ordenanza. Implementar y cumplir la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO OCTAVO.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. ARTÍCULO NOVENO.- DISPONER, a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios". Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los doce días del mes de julio del año dos mil veintiuno. f'
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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
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