Acuerdo de Concejo N.° 88-2021-RMDD/CR
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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
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"AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 Mlos DE INDEPENDENCIA" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 088 - 2021-RMDD/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria de Consejo, celebrada el -1 O de setiembre del 2021, en su sede institucional, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional. ...
CONSIDERANDO: 4i~}. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización.
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Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, economIca y
-::;-- "¡, admiisrativa en lo asuntos .de su competencia, ?onstituyendo para su administración
~s, nmR1o ; ..econe01Ica y financiera, un pliego presupuesta!; siendo competentes, entre otros, para ~faprobar)su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el --~ar-tteerro'192 de la Constitución Polític_a del Perú.
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Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos· internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1280, se aprobó la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, la cual tiene por objeto establecer medidas orientadas a la gestión eficiente de los prestadores de los servicios de saneamiento, con énfasis en su constitución, funcionamiento, desempeño, regulación y control. Que, el artículo 52 de la precitada Ley Marco, establece la conformación del Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal, cuya composición la integran, entre otros, un representante titular y un suplente del Gobierno Regional, propuesto por el Consejo Regional a través de un Acuerdo de Consejo Regional. Que, el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1280, establece que la elección del Director Titular y Suplente, propuesto por el Gobierno Regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de Resolución del Vice Ministerio de Construcción y Saneamiento. Que, mediante Oficio Nº 508-2021-GG-EMAPAT S.A., el Gerente General de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anónima (EMAPAT S.A.), solicita al Gobernador Regional comunicar la propuesta de candidatos para la renovación del Directorio;
SEDE CENTRAL Jr. Guillenno Billinghurst N° 480 Teléf.: 571199 -571102 - 571161 -571157 FAX: 084 -571016-571102
OFIC, COORDINAC. ADMINIST, LIMA Av, Alfonso Ugarte Nº 873 6to. Piso E-mail: regionmddp@regionmadrededios,gob.pe Telefax 014-244 388
GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
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"AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
Que, mediante Oficio N° 730-2021-GOREWMAD/GR, el Gobernador Regional remite al Consejo Regional, la terna de candidatos para integrar el Directorio de la EPS. EMAPAT S.A, en representación del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, el numeral 3 del artículo 63.3 del Decreto Supremo Nº 016-2021VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, establece: "para la designación del Director Titular y Suplente, propuesto por el Gobierno Regional, se requiere que al menos, dos (2) de los candidatos propuestos, en cuyo ámbito opera la empresa prestador pública de accionariado municipal, adquieran la condición de aptos".
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Que, el numeral 2 del artículo 11 del documento: "Disposición y plazos para la elección, designación, conclusión y vacancia de Director de las Empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal", aprobado por Resolución Ministerial Nº 221-2021-VIVIENDA, establece: "el Gobierno Regional debe proponer ante el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como mínimo a dos (2) candidatos aptos a Director, a través de Acuerdo de Consejo Regional, no existiendo límite de candidatos a proponer".
,s. ,1ETAR1 Que, luego de examinar la propuesta y considerando su correspondencia con f!; '.--,r.,r:H",--, equisitos exigidos normativamente para ser Director, establecidos en el artículo 61 ·---"'-:i0R-;:•;?'✓.1l del Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA, que aprueba el T.U.O. del Reglamento -~...-.-.:..:.':.:.,:.."' del Decreto Legislativo Nº 1280, y no estando incursos en los impedimentos establecidos en el artículo 62 de la misma norma legal.
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por mayoría, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- PROPONER, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, la siguiente terna de candidatos a Director Titular y/o Suplente, en representación del Gobierno Regional de Madre de Dios, para integrar el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento: Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata, Sociedad Anónima (EMAPAT S.A.):
- YURI YEDIN LEÓN MEDINA, lng. de Higiene y Seguridad Industrial
- YENIFER ZAVALA AREQUE, lng. Agrónoma con Licenciatura en Ciencias Agrícolas y Ambientales
- EDGAR MARLON LUQUE ARAOZ, Ingeniero Geólogo. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCOMENDAR, al Ejecutivo Regional, proceder al registro de los candidatos a Director, en la plataforma virtual del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR, a la Secretaría Técnica del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios.
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· DE MADRE ])E DIOS "AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los diez días del mes de .setiembre del año dos mil veintiuno.
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•. AbÓg:-Diflman Val~ncia Flores·· SECRETARIO TECNICO
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