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22-2022-GOREMAD-CR Council Agreement Madre de Dios In force

Acuerdo de Concejo N.° 22-2022-GOREMAD/CR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS " AÑO OEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERAN ÍA NACIONAL" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ

ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 022 - 2022-RMDD/CR POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria de Consejo celebrada el día lunes 28 de marzo del 2022, en su sede institucional , ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional. CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias , establece y norma la estructura , organización , competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional , conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización . Que , los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia , constituyendo para su administración 1~~;-::·/
económica y financiera , un pliego presupuesta! ; siendo competentes , entre otros, para : ·'· ,,..,-.:.':·, ;t ·; aprobar su organización interna y su presupuesto , conforme a lo establecido en el ;1 a , lo 192 de la Constitución Política del Perú , modificada por la Ley Nº 27680 , Ley de

sf.~~E;Rf.q Refo a Constitucional y el artículo 2 de la Ley Nº 27867 , Ley Orgánica de Gobiernos , .• ~'-l1'IC "'" Jo

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Que , los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional , de interés público , ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, a través del Oficio Nº 019-2022-AGDPT.PT-DLP , la Asociación para la Gestión y Desarrollo del Pueblo El Triunfo, solicita al Consejo Regional de Madre de Dios, la emisión de un Acuerdo Regional que declare de necesidad pública los sigu ientes Proyectos de Inversión Pública : a) Proyecto de Electrificación de 19 localidades del Corredor Vial Interoceánico Sub Tramo 3 Las Piedras- Tahuamanulberia- lñapari , con Código Único de Inversiones Nº 2469577 , y b) Conclusión del Expediente Técnico del Centro de Salud de "El Triunfo", con Cód igo Único de Inversiones Nº 2358184 . Que, corresponde al Estado , en sus distintos niveles de gobierno, asumir la responsabilidad de promover, financiar y ejecutar obras de infraestructura sanitaria y proyectos energéticos para la atención de necesidades básicas de la población . En tal sentido , el artículo 59 de Ley Nº 27867 , Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala como competencias específicas de los Gobiernos Regionales: "impulsar proyectos y 'obras de generación de energía y electrificación urbano, rurales; así como para el aprovechamiento de hidrocarburos de la región. Asimismo, otorgar concesiones para -minicentrales de generación eléctrica" (literal d) y "conducir, ejecutar, supervisar y

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cooperar en programas de electrificación rural regionales, en el marco del Plan Nacional de Electrificación Rural" (literal e) .

Que , los proyectos de inversión pública , cuya ejecución se demanda, tienen viabilidad técnica y presupuesta! , conforme se aprecia de información oficial actualizada de Invierte - Perú en el sistema de seguimiento de inversiones, y tienen correspondencia con las necesidades de orden elemental de la población vinculadas con las brechas sociales cuya cobertura constituye una prioridad en la agenda gubernamental. Que, la norma regional declarativa, cuya emisión se solicita , tiene arraigo técnico, económico (presupuesta!) y jurídico, además de tener relación con el bien común , por cuanto la ejecución de los proyectos antes mencionados, beneficiará a más de 10,000 :g •-~ "J, : - ~- personas, en el caso de los servicios de salud en el Puesto de Salud de El Triunfo y más

.coN:. ·E,~ áLéG~~~4,000 habitantes de la región , en cuanto al servicio de energía eléctrica, además de º'1se¡o r.ei'º~. , guardar concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales.

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Que, los efectos de la emisión del acuerdo regional no incidirán negativamente sobre el medio ambiente. Dado su carácter declarativo, las disposiciones que contiene 61:ampoco contradicen las normas constitucionales ni legales de nuestro ordenamiento

'e; juna i o nacional; por el contrario , es concordante con el marco legal nacional y regional ~ .y aco de con las competencias regionales y con las prioridades de la política de

Que , la referida propuesta, luego de su análisis y evaluación por parte de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, ha merecido opinión favorable expresada en su Informe Legal Nº 123-2022-GOREMAD/ORAJ, en cuanto considera viable su aprobación por el Consejo Regional. Que, en el mismo sentido , se ha pronunciado la Comisión de Energía , Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional , luego de apreciar el sustento legal y la viabilidad técnica y presupuesta del objeto de la solicitud; por lo que, en su Dictamen Nº 001-2022GOREMAD-CR/CEMEH , ha recomendado al Pleno del Consejo Regional de Madre de Dios, la emisión de la norma declarativa , fundada en razones de necesidad y prioridad pública regional , para la ejecución de los mencionados Proyectos de Inversión Pública . El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado ; Ley Nº 27867 , Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad . ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, de necesidad y prioridad pública regional, ·Ia ejecución de los siguientes Proyectos de Inversión Pública .

  1. "Creación del Servicio de Energía Eléctrica en 19 localidades del Corredor Vial Interoceánico Sur, Tramo 3, en los Distritos de Las Piedras, Tahuamanu , Iberia e lñapari, en las Provincias de Tambopata y Tahuamanu del

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Departamento de Madre de Dios", con Código Único de Inversiones Nº 2469577,

y 2) "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Salud El Triunfo - Distrito de Las Piedras- Provincia de Tambopata- Región Madre de Dios", con Código Único de Inversiones Nº 2358184 .

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Secretaría Técnica del Consejo Regional , la publicación del presente Acuerdo en el Portal Electrónico del Gobierno •Regional de Madre de Dios. POR TANTO: Mando se registre , publique y cumpla . Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil veintidós .

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