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20-2022-RMDD-CR Council Agreement Madre de Dios In force

Acuerdo de Concejo N.° 20-2022-RMDD/CR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS " AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERAN ÍA NACIONAL" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ

ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 020-2022-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día sábado 19 de marzo del 2022 , en su sede institucional , ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional.

CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus ,modificatorias , establece y norma la estructura , organización , competencias y funciones de los gobiernos regionales . Asimismo , define la organización democrática, _descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional , conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización . Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política , economIca y admin istrativa en los asuntos de su competencia , constituyendo para su administración t GIONAl ~ económica y financiera , un pliego presupuesta! ; siendo competentes, entre otros, para bar su organización interna y su presupuesto , conforme a lo estable,~ido en el artículo :192 de la Constitución Política del Perú , modificada por la Ley Nº 276'80, Ley de

Regionales y sus modificatorias.
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Que , los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano
sobre asuntos internos del Consejo Reg ional , de interés público , ciudadano o
institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional.
Que, a través del Pedido Nº 003-2022-GOREMAD-CR/CJQM , la Consejera
Regional Carin Jeraldini QUIROZ MIRANDA, propone que, mediante Acuerdo Regional ,
se precise que la obligación de remitir información solicitada por el Consejo Regional a
1los funcionarios y servidores públicos señalados en el literal g) del inciso B) del artículo
6 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Madre de Dios, no se halla
.cond icionada al conocimiento o autorización previa del órgano superior jerárquico o del
ente con facultades de designación o contratación .
Que, la propuesta que antecede, se sustenta en la constante reticencia
mostrada por algunos funcionarios o servidores públicos a remitir la información
requerida por el Consejo Regional , amparándose en excusas infundadas o diversos
pretextos como el de no contar para ello con autorización de su jefe inmediato o del
superior; no obstante que la propia Ley Orgánica de Gobiernos Reg ionales , dispone en
el literal k) del artículo 15, como una de las atribuciones del Consejo Regional : "Fiscalizar
la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello ,
llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional",
concordante con el derecho y obligación funcional de los Consejeros Regionales de

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Jr. Gui llenno Billinghurst N° 480
Teléf.: 57 11 99 - 57 11 02 - 57 11 61 - 57 1157
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GOBIERNO REGIONAL
CONSEJO REGIONAL
DE MADRE DE DIOS
" AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANÍA NACIONAL"
MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ

fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional ,
prevista por el literal b) del artículo 16 del mismo instrumento normativo, disposición que
obliga al cumplimiento incondicional, por parte de los funcionarios o servidores públicos,
de brindar la información requerida .
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por
la Constitución Política del Estado ; Ley Nº 27867 , Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales y sus modificatorias, por mayoría.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Pedido Nº 003-2022-GOREMAD-

•CR/CJQM, presentado por la Consejera Regional Carin Jeraldini QUIROZ MIRANDA.

Por consiguiente , PRECISAR, que la obligación de remitir información solicitada por el
·consejo Regional a los funcionarios y servidores públicos señalados en el literal g) del
inciso B) del artículo 6 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Madre de Dios ,
no se halla condicionada al conocimiento o autorización previa del órgano superior
jerárquico o del ente con facultades de designación o contratación
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional,
del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Secretaría Técnica
Regional , la publicación del presente Acuerdo en el Portal Electrónico
Regional de Madre de Dios.
POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla .
Dado en la Sede del Consejo Reg ional de Madre de Dios, a los veintiún días del
mes de marzo del año dos mil veintidós.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmadrededios/normas-legales/2922326-20-2022-rmdd-cr
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3030523/ACR%200020-2022-RMDD-CR.pdf.pdf