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189-2025-RMDDCR Regional Agreement Madre de Dios In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 189-2025-RMDDCR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMÍA PERUANA" "MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 189 - 2025-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día lunes 15 de diciembre del 2025, en su sede actual sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado el siguientJ acuerdo regional.

CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y norma la estructura, organización , competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional , conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales , tiene entre otras atribuciones , las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano x.GI N-41. sobre asuntos internos del Consejo Regional , de interés público, ciudadano o


~ nducta o norma institucional.
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Que, la Comisión Agraria , Medio Ambiente, Amazonia y Comunidades Nativas
el Consejo Regional Madre de Dios, ha emitido el Informe Nº 0018-2025-GOREMADCR/CAMAACN, sobre "Investigación de situación de otorgamiento de concesiones con
fines de ecoturismo y aguaje por solicitantes: Empresa de Ecoturismo y Acuicultura
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (ECOTURA SAC.) y la Concesión d,e
Aguaje con Informe Técnico N° 1740-2013-GOREMAD-GRRNYGMA-DRFFS/AC.".
Que , se aprecia de lo informado por la precitada Comisión presidida por el
Consejero Regional Epifanio Saturnino CONDORI CHANI que en mérito a lo solicitado
por el administrado Liver Ricardo VARGAS CAMPANA, ha requerido la información
pertinente a la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre con el objeto de conocer
el estado situacional del procedimiento administrativo de concesión , dado que según
manifiesta, existe superposición respecto al área solicitada para aprovechamiento de
aguaje. Asimismo, refiere que se han analizado 04 expedientes tramitados ante la citada
Gerencia Regional , arribando a la conclusión que en dicha Entidad se viene incurriendo
en_ actuaciones irregulares derivadas de presuntos actos de parcialización y
favorecimiento hacia alguna de las partes, indebida interpretación y aplicación
de la

normativa general y especial, demora en emitir el pronunciamiento que le corresponde,
además de ocultamiento de la información pública, omisión de funciones, entre otras
SEOE
COLISEO CERRADO

Esq. Jirones Junín y Antonio Raymondi
PUERTO MALDONADO

GOBIERNO REGIONAL
CONSEJO R EGIONAL
DE MADRE D E DIOS
" AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMIA PERUANA"
" MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

que conllevarían responsabilidad administrativa, civil y penal, en perJuIcI0 de los
administrados y de la propia Administración Pública -Estado-. A continuación , propone
la fórmula legal que obra en la parte dispositiva del presente acuerdo regional'.
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por
la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales y sus modificatorias, por unanimidad,
ACUERDA :
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Informe N° 0018-2025-GOREMADCR/CAMMCN , sobre "Investigación de situación de otorgamiento de concesiones con
fines de ecoturismo y aguaje por solicitantes: Empresa de Ecoturismo y Acuicultura
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (ECOTURA SAC.) y la Concesión de
Aguaje con Informe Técnico N° 1740-2013-GOREMAD-GRRNYGMA-DRFFS/AC.",
emitido por la Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonia y Comunidades Nativas
del Consejo Regional Madre de Dios.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, al Ejecutivo Regional se ponga el citado
¡
informe de fiscalización, en conocimiento de la Procuraduría Pública Regional de Madre
de Dios; del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Madre de Dios,
Cóntraloría General de la República y de la Gerencia Regional Forestal y
Fauna
Silvestre de Madre de Dios , para su evaluación y pronunciamiento respectivo, según su

1e

competencia.
ARTÍCULO TERCERO: RECOMENDAR, al Gobernador Regional de Madre de
Dios, adoptar las medidas correctivas que correspondan, según la responsabilidad y
jerarquía de los funcionarios involucrados en las anomalías y presuntos actos delictivos,
advertidas en el referido informe de fiscalización, efectuado por el Consejo Regional en
mérito a las atribuciones conferidas por ley.
ARTÍCULO CUARTO: PUBLÍQUESE, el presente Acuerdo de Consejo Regional
en la página web del Gobierno Regional de Madre de Dios, de conformidad con lo
dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y lo dispuesto
en el Artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Consejo Region
mes de diciembre del año dos mil veinticin

~.GOBIERNO "fGIONAL DE MADRE DE O

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Conse¡o Regional

uOBIERNO RE,IONAL MADRE DE
CO"SEJO REGfONAL

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmadrededios/normas-legales/7706520-189-2025-rmddcr
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9404976/7706520-189-2025-rmddcr.pdf