Acuerdo de Consejo Regional N.° 184-2025-RMDDCR
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"MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LABIODIVERSIDAO DEL PERÚ"
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ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL No 184 - 2025-RMDD/CR POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día lunes 15 de diciembre del 2025, en su sede actLral sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado el siguiente acuerdo regional. CONSIDERANDO:
Que, la Ley No 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus odificatorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y nciones de los gobiernos regionales. Asimismo, define la organización
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emocrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización
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Oue, el Consejo Reg¡onal es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley No 27867., Ley Oigánica de Gobiernos Regionales, t¡ene entre otras atr¡buc¡ones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias e competencia y funciones del Gobierno Regional.
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Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano
bre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N" 014-2025-RMDD/CR, se aprobó el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) para el Año 2025 ' del Conse.io Regional del Gobierno Regional Madre de Dios, en el marco de lo dispuesto por la Ley No 31812, modificatoria de la Ley N'27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionalrls y de lo dispuesto en la Directiva N' 0'15-2022-CG/PREVl, sobre "Balance Semestral de los regidores municipales y consejeros regionales sobre el monto
destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización".
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N" 017-2025-RMDD/CR, se aprobaron los Planes de Trabajo de las Actividades de Fiscalizac¡ón (PTAF) para el Año 2025, en el marco de lo dispuesto en la Directiva N' 015-2022-CG/PREVI, antes señalada.
Que, la labor de fiscalización efectuada a la Obra: "Rehabilltación y Mejoramiento del camino Vecinal sudadero - Lago Valencia, Distrito de Las PiedrasTambopata-Madre de Dios" con C.U.l. N'2094975, se sustenta en el lnforme de Fiscatización N" oo2-2025-GOREMAD-CR/ATH-P, de la comisión Fiscalizadora,
SEDE COI-ISEO CERRADO Esq Jirones rllnin y Antonio Rayñondi PUERTO MAIDONADO
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pres¡d¡da por el Consejero Regional Augusto TOMAYLLA HUAMANí, y en el lnforme
de Hito de Control de Fiscalización Mes de Noviembre-2025/Ley N' 31812 Resolución Contraloría N' 266-2022-CG Directiva N' 015-2022-CGIPREVl, los cuales exponen detalladamente los hallazgos y situaciones adversas identificadas en su ejecución:- Ausencia del inspector o supervisor de la obra, al tiempo de la fiscalización; - No se encontró el cuaderno de obra al momento de la fiscalización; La obra no cuenta con la dirección técnica del inspector o supervisor de la obra; Riesgo de seguridad en el almacenamiento de combustible o zona de manipulación;
- Préstamo irregular de combustible de uso exclusivo de maquinaria amarilla; - Se rificaron las pruebas de compactación y el grado de humedad para la sub base; cuales han sido mencionados en el documento informativo, el mismo que refiere o e las acciones de fiscalización se hicieron en el mes de noviembre del 2025, en Gll¿¡-o¿ s instalaciones o lugar de la obra. A continuación, hace recomendaciones puntuales y propone la fórmula legal que obra en la parte dispositiva del presente acuerdo regional. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N'27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por
unanimidad,
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ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el lnforme de Fiscalización N'004-2025REMAD-CR/ATH-P, dE IA ObTA: 'REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL AMINO VECINAL SUDADERO. LAGO VALENCIA, DISTRITO DE LAS PIEDRASTAMBOPATA-MADRE DE DIOS", con C.U.l. N" 2094975, a través del cual se detectaron observaciones subsanables. ARTíCULO SEGUNDO: REMITIR, el lnforme de Fiscalización mencionado en el artículo precedente al Ejecutivo Regional para conocim¡ento y acc¡ones necesarias con el objetivo de que procedan conforme a sus alribuciones respecto a los hallazgos encontrados.
ARTícULo TERCERo: REcoMENDAR, al Gobernador Regional de Madre de Dios, la implementación de las medidas preventivas y correctivas, respecto a las observaciones encontradas en la fiscalización de la obra mencionada precedentemente.
ARTíCULo CUARTo: INFORMAR, al Pleno del Consejo Regional de Madre de Dios, las medidas preventivas y correctivas adoptadas por parte del Ejecutivo Regional respecto a las observaciones advertidas.
ARTíCULo QUINTo: PUBLíQUESE, el presente Acuerdo de Consejo Regional en la página web del Gobierno Regional de Madre de Dios, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformación Pública y lo dispuesto en el Artículo 42" de la L.ey 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Reg¡onales. SEDE
COLISEO CERRADO Esq Jironcs Junln y Antonio Raymondi PUERTO MALDONADO
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Dado en la Sede de onse.jo Regional de Madre de Dios, o dos mil veinticinco del mes de diciembre del
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