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182-2025-RMDDCR Regional Agreement Madre de Dios In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 182-2025-RMDDCR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS

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ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL No 182 - 2025-RMDD/CR POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día lunes 15 de d¡ciembre de\2025, en su sede actual sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado el s¡guiente acuerdo regional. CONSIDERANDO:

Que, la Ley No 27867, Ley Orgánica de Gob¡ernos Regionales y sus modificator¡as, establece y norma la estructura, organ¡zación, competencias y funciones de, los gobiernos regionales. Asimismo, define organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a Ia Constitución y la Ley de Bases de la Descentralización

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§¡00

Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y f¡scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley No 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modif¡car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencra y funciones del Gobierno Regional. Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de ¡nterés público, c¡udadano o nstitucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una nducta o norma institucional

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N' 014-2025-RMDD/CR, se pro bó el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) para el Año 2025, del Consejo Regional del Gob¡erno Regional Madre de Dios, en el marco de lo dispuesto por la Ley N" 31812, modificator¡a de la Ley N'27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y de lo d¡spuesto en la Directiva N' 015-2022-CGIPREV|, sobre "Balance Semestral de lod regidores munic¡pales y consejeros regionales sobre el monto destinado al fortalecim¡ento de la función de fiscalización". a

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N' 017-2025-Rlr¡Oó¡CR, se aprobaron los Planes de Trabajo de las Actividades de Fiscalización (PTAF) para el Año 2025, en el marco de lo dispuesto en la Directiva N' 015-2022-CG/PREV|, antes señalada.

Que, la labor de "Fiscalización Selectiva efectuada al lnstituto de Educación Superior Tecnológico Público de Manu", se sustenta en el lnforme de Fiscalización N" 010-2025-GOREMAD-CR/ECLC-P, efectuado por la Comisión Permanente de Educación, Ciencia, Tecnología, Deporte y Cultura, conformada por los consejeros Edgar Clint LÓPEZ CORNEJO (Presidente), Augusto TOMAYLLA HUAMANI, Bernardo CLAVIJO CARCASI y Venancio BENAVIDES CCAMA, el cual expone detalladamente S[DE COLISEO CERRADO Esq Jirones Jrnin y Anlonjo RayDordi PUERTO MALDONADO

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CAPITAL DE LA AIOOIVERSIOAD DET PERÚ'

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los hallazgos y situaciones adversas identificadas en dicha lnstitución de nivel superior, que han sido menc¡onados en el documento ¡nformativo, el m¡smo que refiere que la visita inspectiva o de f¡scal¡zac¡ón se realizó in situ, el 26 de noviembre del presente año 2025.

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Que, el lnforme de Fiscalización de la Comisión presidida por el consejero reg¡onal Edgar Clint LÓPEZ CORNEJO, considera las siguientes situaciones adversas:

  • La Dirección del IESTP MANU no d¡funde en lugares accesible y visible la ex¡stencia del L¡bro de Reclamaciones, situación que lim¡ta el derecho de los estudiantes a exp¡'esar su conformidad o ¡nsatisfacción con el servicio recib¡do; - Retraso en la ejecuc¡ón de acciones para la provisión de condiciones bás¡cas de calidad para el proceso de licenciamiento -lV lnfraestructura y la falta de as¡gnación presupuestal en el in ZOZA, pone en riesgo la culminación de la Obra: "Mejoramrento y Ampliaoión de la restación de Servicios Educativos del lnstituto de Educación Superior Teónológico 6^DO úblico Manu", lo cual podria afectar el licenciamiento para el 2027 y perjudicar a los estudiantes del IESTP Manu; - Acreditación de experiencia laboral como requ isito de validación para someterse al examen de suficiencia profesional para optar el titulo profesional técnico, situación que generaría el riesgo de emitir títulos a estudiantes, sin cumplir el respaldo sustentatorio correspondiente; - La Entidad propuso la contrataclón de una postulante como docente en el programa de estudios de bienestar y empleabilidad, sin contar con el perfil, experiencia requerida y sin que la unidad de recursos de la DRE-MDD ver¡fique la legalidad de su contratación; - Asignación de carga oraria a docentes que no cumplen con requisitos establecidos en la normativa, para

o ctuar dicha función, lo que genera el riesgo de afectar el pr¡nc¡pio de calidad académica establec¡da en la Ley N" 30512, Ley de Inst¡tutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus docentes y su Reglamento, la RVM N" 2262020-MINEDU y vulnera la idoneidad y meritocracia en el acceso a la administración pública. A continuación, hace las recomendaciones puntuales or¡entadas a superar dichas deficiencias y propone la fórmula legal que obra en la parte dispositiva del presente acuerdo regional. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por

la Constitución Política del Estado; Ley N' 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modif¡catorias, por unanimidad

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el lnforme de Fiscalización N' 010-2025GOREMAD-CR/ECLC-P, efectuada al lnstituto de Educación Superior Tecnológico Público de Manu", efectuado por la Comisión Permanente de Educación, Ciencia, Tecnología, Deporte y Cultura, que en calidad de Anexo se adjunta al presente Acuerdo de Conse.jo Regional.

ARTÍcuLo SEGUNDo: DERIVAR, el lnforme de Fiscalización mencionado en el artículo precedente, al Gobernador Regional de Madre de Dios, con las conclusiones y recomendaciones pertinentes, a fin de que en uso de las atribuciones que la ley le confiere aplique las acciones que corresponda y efectúe la ¡mplementación del presente

SEDE

COI,ISEO CERRADO Esq Júo¡.s Junln y Anlonro Raymondi PUERTO MAI-DONADO

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑo oE I.A R ECUPERACIóI! YcoNSoI.¡DAcIoN

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DE TA EcoNoMIA PERUAT¡A:

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acuerdo regional, informe ante el Consejo Regional, en un plazo de treinta (30) días háb¡les.

ARTicULo TERCERo: PUBLíQUESE, el presente Acuerdo de Consejo Regional en la página web del Gobierno Regional de Madre de D¡os, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a Ia lnformación Pública y lo dispuesto en el Artículo 42" de la Ley 27 867 , Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, publiq ue Dado en la Sede del C mes de diciembre del año dos

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmadrededios/normas-legales/7698825-182-2025-rmddcr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9395019/7698825-182-2025-rmddcr.pdf