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173-2025-RMDDCR Regional Agreement Madre de Dios In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 173-2025-RMDDCR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS

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DE LA EcoNoMla pEiuaNA" "MAD8€ DE D1O5, CAPIIAL OE LA AIoDIVERSIOAO DEL PERÚ"

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ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL No 173 - 2025-RMDO/CR POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día lunes 15 de diciembre del2025, en su sede actual sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado el siguiente acuerdo regional. CONSIDERANDO:

Que, la Ley No 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus o ú

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modif¡catorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, define organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización.

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Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del articulo 15 de la Ley No 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, los Acuerdos del Consejo Reg¡onal expresan la decisión de éste órgano obre asuntos ¡nternos del Consejo Regional, de interés públ¡co, ciudadano o st¡tuc¡onal o declaran su voluntad de pract¡car un determinado acto o sujetarse a una nducta o norma ¡nstitucional

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N' 014-2025-RMDD/CR, se aprobó el Programa de Acciones de Fiscal¡zación (PAF) para el Año 2025, del Consejo Regional del Gobierno Regional Madre de Dios, en el marco de lo dispuesto por la Ley No 318'12, modificatoria de la Ley N" 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y de lo dispuesto en la Directiva N" 01 5-2022-CGIPREVI , sobre "Balance Semestral de los regidores mun¡cipales y consejeros regionales sobre el monto destinado al fortalecim¡ento de la función de fiscalización", figurando entre otras, la obra: "Creación del servicio de educación secundar¡a en LE. N" 52026 del Centro Poblado El Castañal, Distrito de Tambopata, Provincia de Tambopata del Departamento de Madre de Dios", con Código tJnico de lnversiones N" i

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N" 017-2025-RMDD/CR, se aprobaron los Planes de Trabajo de las Actividades de Fiscalizacrón (PTAF) para el Año 2025, en el marco de lo dispuesto en la D¡rectrva N" 015-2022-CG/PREV|, antes señalada. Que, la labor de fiscalización efectuada al proyecto en referencia, se sustenta en el lnforme de Fiscalización N' 008-2025-GOREMAD-CR/ECLC-P, efectuado con el Equipo de Profesionales integrado por el lng. Oscar Raúl LOVÓN CONDE y Martín lván

SEDE

COLIS¡:O CERRADO Esq Jiron.s Jmin y Anlonio Raymondi PUERTO MAIDONADO

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS

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"aÑo oE LA REcupEBAcróN y coNsOLrDAcroN DE LA EcoNoMfa PERUANA" "MAD8E D€ DIOS, CAPIIAL DE LA EIOOIVERSIDAD DEL PERÚ"

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DIAZ ESQUIVEL, designados por el Consejo Reg¡onal de tVladre de Dios, el cual expone detalladamente los hallazgos y situaciones adversas identificadas en el proceso de su ejecución, que han sido mencionados en el documento informativo, el m¡smo que refiere que las acciones de fiscalizac¡ón se iniciaron el 03-SET-2025 y 23-OCT-2025, en las instalaciones o lugar de Ia obra.

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Que, el lnforme de F¡scalizac¡ón de la Comisión presidida por el consejero reg¡onal Edgar Clint LÓPEZ CORNEJO, considera las s¡guientes situaciones adversas: -deficiencias en el proced¡miento constructivo de la obra y la ¡imitada verificación de la supervisión comprometería la calidad y vida útil de la infraestructura, con ¡nobservancia de las especificaciones técnicas del exped¡ente técnico; -la ausencia de personal clave de obra genera incumplimiento contractual y afecta negativamente su cal¡dad y su correcta ejecución, además de vulnerar los principios de eficacia y eficiencia establec¡dos en las normas de contratación pública; -cangrejeras en viguetas de losa de primer, segundo y tercer nivel Bloque B-05, situac¡ón que pondría en riesgo lá calidad, resistencia y durabilidad de la estructura de la obra por el tiempo de vida útil para el cual fue diseñado; -cangrejeras en placas de concreto que podrian genera el pronto deterioro de la edificación en caso de no ser corregidas oportunamente; -la entidad no contaría con mano de obra calificada necesaria para ejecutar la actrvidad por la modalidad de adrninistración directa, situación que estaría afectando tanto a los plazos de entrega como a la calidad de los trabajos que se vrenen ejecutando, +egistro parcial en el sistema de información de obras publicas -INFOBRAS, limita el acceso a los datos de información públ¡ca; así como a los servicios de control gubernamental en la etapa de lanificación ejecución, incumpliendo normativa aplicable; -inadecuado almacenam¡ento de cemento genera el riesgo de deterioro y pérdida de su calidad y propiedades físicas, lo que afectaría la calidad y durabilidad de la obra. Asimismo, propone la fórmula legal que obra en la parte dispositiva del presente acuerdo regional.

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El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por

la Const¡tución Política del Estado; Ley N" 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Régionales y sus modificatorias, por unanimidad

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ACUERDA

ARTicULo PRIMERo: APROBAR, el lnforme de Fiscalización N" cjoe-zozsGOREMAD-CR/ECLC-P, emitido por la Comisión Especial de Fiscalización de la Obra: "Cieación del servicio de educación secundaria en l.E. N" 52026 del Centro Poblado El Castañal, Distrito de Tambopata, Provincia de Tambopata del Departamento de lt/ladre de Dios", con Código Único de lnversiones N'2638808.

ARTÍCULO SEGUNDO: DERIVAR, el lnforme de Fiscalización N' 008-2025GOREMAD-CR/ECLC-P, al Gobernador Regional de Madre de Dios, con las conclusiones y recomendaciones pertinentes, a fln de que en uso de las atribuciones que la ley le confiere aplique las acciones que corresponda y efectúe la implementación del acuerdo reg¡onal, haciendo el efecto multiplicador a la Gerencia General Regional, Gerencia Reg¡onal de lnfraestructura, Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; con ¡nforme ante el Consejo Regional, en un plazo de treinta (30) días hábiles, sobre la implementación de las recomendaciones, el cual será elevado a ésta ¡nstancia SEDE

COLISEO CERRADO Esq. Jirones Junin y Antonio Raymondi PUERTO MALDONADO

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS

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"AÑo oE LA REcUPERAcIó Y CONIOLIDACION DE TA ECONOMIA P€iUANA, "MADBE OE OIOS,CAPIÍAI OE LA EIOOIVERSIOAO OEI. PERÚ"

con la consol¡dación de todas las unidades orgánicas en un solo informe a través de la Gerencia General Regional, ba.jo responsabilidad.

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ARTíCULO TERCERo: DERIVAR, todo lo actuado a la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionar¡os, para que conforme a sus atribuciones, facultades y normas legales realice la investigación y determine la responsabilidad penal por presunta comisión de delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales en el procedimiento constructivo de la Obra antes mencionada, que afectarían el correcto funcionamiento de la administración pública y por cuanto la limitada verificación de la supervisión comprometería la calidad y vida titil de la infraestructura, afectando asimismo, la adecuada dirección y control técnico de la obra, nobservando lo establecido en la Norma Técn¡ca A-010 "Condiciones Generales de iseño del Reglamento Nacional de Edificaciones" y las especificac¡ones técn¡cas del expediente técnico contractual poniendo en r¡esgo su correcta ejecución, Ia calidad y el t¡empo de vida útil de la obra, incumpliendo con los niveles y alineamientos en el proceso de ejecución de la obra, según Acta de Fiscalización de Obra, de fecha 23 de octubre del2025. Problemas de Gestión y Control, según el s¡guiente detalle. 3.1

. Problemas en el control de los niveles verticales y horizontales en el

Pabellón (03), incumplimiento de dimensiones según los planos de acabados (parapetos mayores anchos, según las especificaciones técn¡cas) del expediente en ejecuc¡ón, mprometiendo la calidad de la ¡nfraestructura; así como, om¡siones por cuanto la falta n¡veles horizontales y verticales acarrea consecuencias legales y funcionales serias s funcionarios a cargo, debido asimismo a la falta de personal profesional u operativo lificado para realizar un seguimiento exhaust¡vo conforme al expediente técnico riginario aprobado por el Gobierno Reg¡onal y no desviar la responsabilidad a la fase de ejecución de la obra por parte de los operarios, of¡ciales y peones,

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3.2. lncumpl¡miento de las normas establecidas para el proceso constÍuctivo de

ejecución de la obra, que conlleva al riesgo de afectar la calidad, vida útil de la obra y segur¡dad en el proceso constructivo. Se analizó la verticalidad de los desniveles del pabellón (03) utilizando la plomada, observándose una diferencia de 05 a 07 cm., entre el piso 2 y el piso 3, que podrían comprometer la estructura, dado que incide en la alineación correcta de los encofrados y el vaciado del concreto.

3.3. lncumplimiento de las especificac¡ones técnicas establecidas en el Reglamento Nac¡onal de Ed¡ficaciones. Asimismo, sucedió en forma horizontal, colocando una regla de aluminio. Se comprobó que no tenía el alineamiento correcto, presenciándose con el resrdente y el supervisor que los operarios estaban realizandc un tarrajeo por etapas para poder alinear el tarrajeo en la parte del parapeto del pabellón (03)

ARTíCULo CUARTO: ENCARGAR, a la Secretar¡a Técnica del Consejo Regional, bajo responsabilidad, DERIVAR el lnforme de Fiscalización a la Secretaria Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario y Sancionador de la Entidad y al Órgano de Control lnstitucional del Gobierno Regional de Madre de Dios con las conclusiones y recomendaciones pertinentes, a fin de que en uso de las atr¡buc¡ones que la ley le confiere, aplique las acciones que corresponda contra los que resulten SEDE

COI,ISEO CERRADO Esq Jirones Jünin y Artonio Rrymondr PIJERTO MALDONADO

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "año oE !a REcupEiacróN y coNsoLtDAcror{

DE LA EcoNoMla

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"MAoRE oE otos, captfaL DE LA atootvERstDAD DEL pERú"

responsables y efectúe la implementación del presente Acuerdo informando de ello al Cqnsejo Regional.

eRtiCul-O QUINTO: ENCARGAR, a la secretar¡a Técn¡ca del Consejo Régional, el registro de la información presentada por el Consejero Regional Edgar Clint lÓpeZ COnrueJO, en el aplicat¡vo ¡nd¡cado en la Direct¡va N" 015-2022-CG/PREVI"Balance semestral de los regidores municipales y consejeros regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización", aprobada con Resolución de Contraloría N' 317-2024-CG, del 16-JUL-2024, el ingreso del presente informe de fiscalización aprobado, bajo responsabilidad.

earículo sEXTo: olsPoNER, a la oficina de lmagen lnst¡tucional del Gob¡erno Regional de lvladre de Dios, que conforme a sus atribuc¡ones publique el preseáte Acuerdo de Consejo Regional en la página web del Gobierno Regional de Madre de Dios, bajo responsabil¡dad. POR TANTO: l/ando se registre, publique y cu

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Dado en la Sede del C ons Regional de Mad vet nticinco. mes de diciembre del año dos

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