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162-2025-RMDDCR Regional Agreement Madre de Dios In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 162-2025-RMDDCR

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS " AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMÍA PERUANA" "MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 162 - 2025-RMDD/CR POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, e,n Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día viernes 14 de noviembre del 2025, en su sede actual sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado el siguiente acuerdo regional. CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y s~s modificatorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional , conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley rgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, odificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de mpetencia y funciones del Gobierno Regional. Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de ést_e órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional , de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 014-2025-RMDD/CR, se aprobó el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) para el Año 2025, del Consejo Regional del Gobierno Regional Madre de Dios, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31812, modificatoria de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales •Y de lo dispuesto en la Directiva Nº 015-2022-CG/PREVI , sobre "Balance Semestral de los regidores municipales y consejeros regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización". Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 017-2025-RMDD/CR , se aprobaron los Planes de Trabajo de las Actividades de Fiscalización (PTAF) para el Año 2025, en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 015-2022-CG/PREVI, antes señalada. Que, la Comisión Especial Permanente de Fiscalización, expone y sustenta el Informe de Fiscalización Nº 007-2025-GOREMAD-CE/ECLC-P, de la actividad: "Verificación a la ejecución y declaración de gastos del programa de mantenirr¡iento y el uso de los gastos de recursos recaudados de la I.E. José Carlos Mariátegui del Distrito de lnambari, Periodo 2025".

SEDE COI ISEO CERRADO b q. Jirones Junin y A nlon,o Raymonrh PUERTO MALDONADO

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS

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"AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMIA PERUANA" " MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

.

Que, en relación al Pedido Nº 061-2025-GOREMAD-CR/ECLC, formulado por el Consejero Regional Edgar Clint LOPEZ CORNEJO, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 154-2025-RMDD/C R, se determinó encomendar a la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Deporte y Cultura del Consejo Regional de Madre de Dios, las funciones y atribuciones de Comisión Especial encargada de Investigar la verificación a la ejecución y declaración de gastos del Programa de Mantenim1iento y el uso de los Gastos de Recursos Recaudados de la Institución Educativa "José Carlos Mariátegui" del distrito de lnambari, Periodo 2025, Que, el Informe de Fiscalización, cuya aprobación se solicita , considera las siguientes situaciones adversas: a) personal administrativo nombrado prestó servicios emitiendo recibos por honorarios por el importe de mil soles (S/. 1,000.00), incurriendo en doble percepción; b) responsables designados del programa mantenimiento n'o habrían participado en la verificación in situ presencial sobre el programa de mantenimiento de locales educativos, Periodo 2025, según lo señala la norma técnica, situación que podría poner en riesgo el logro de los objetivos del programa y la' veracidad de las declaraciones del gasto, c) expedientes de declaración de gastos (J\ONAL t presentados a la entidad por los responsables de mantenimiento de locales educativos,

~~ . '.ti% contienen comprobantes de pago con deficiencias e inconsistencias que afectarían la ansparencia y eficiente rendición de los gastos ejecutados con recursos asignados 3!>4~~;..., ~ a_ ra mantenimiento; así como la legalidad de los comprobantes de pago; d) La I.E José . Mariátegui efectuó gastos sin contar con la autorización del Comité de Gestión de Recursos, sin contar con un plan anual ni el Comité de Fiscalización y Control, quienes ga·rantizan la transparencia de la ejecución y distribución de sus recursoc:. propios, situación que afecta la legalidad y transparencia en la ejecución del gasto; e) La I.E José C. Mariátegui no presentó ante la Dirección Regional de Educación los reportes trimestrales de sus resúmenes de ingresos, el libro de caja y banco y/o auxiliar estándar mensualizados. Tampoco cumple con la publicación de los ingresos y egresos mensuales en un lugar visible del Instituto, afectando la transparencia en la ejecución del gasto presupuesta!. A continuación, hace las recomendaciones puntuales, proponiendo la fórmula legal que obra en la parte dispositiva del presente acuerdo regional.

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El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas pcr la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad ACUERDA : ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Informe Nº 007-2025-GOREMADCR/CEF-ECLC-P, presentado por el consejero regional por la provincia de Tambopata Edgar Clint LÓPEZ CORNEJO, respecto la fiscalización de la actividad: "Verificación a la .ejecución y declaración de gastos del programa de mantenimiento y el uso de los gastos de recursos recaudados de la I.E. José Carlos Mariátegui del Distrito de Jnambari, Periodo 2025". ARTÍCULO SEGUNDO: DERIVAR, el Informe de Fiscalización que antecede, al Gobernador Regional de Madre de Dios, con las conclusiones y recomendaciones

SEDE COLISEO CERRADO Esq. Jírones Junin y Antonio Raymondí PUERTO MALDONADO

GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS " AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACION DE LA ECONOMÍA PERUANA" " MADRE DE DIOS, CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

pertinentes, a fin de que en uso de las atribuciones que la Ley le confiere, aplique las acciones que corresponda y efectúe la implementación del acuerdo regional , .haciendo efecto multiplicador a la Gerencia General Regional , Gerencia Reg1onal de Infraestructura, Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras y Sub Gerencia de Obras, informando al Consejo Regional , en un plazo de treinta (30) días hábiles sobre su implementación, con la consolidación de todas las unidades orgánicas del Ejecutivo Regional, en un solo informe, a través de la Gerencia General Regional , bajo responsabilidad . ARTÍCULO TERCERO: DERIVAR, a la Comisión Permanente de Procesos Administrativo Disciplinarios para Docentes (CPPADD) de ·la Unidad de Gestión Educativa Local Tambopata (UGEL TAMBOPATA), con la finalidad que se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan , en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos institucionales. ARTÍCULO CUARTO: DERIVAR, al Órgano de Control Institucional (OCI) del Gobierno Regional Madre de Dios, con las conclusiones y recomendaciones pertinentes, a fin de que en uso de las atribuciones que la ley le confiere, aplique las acciones que corresponda y efectúe la implementación del Acuerdo Regional, con informe al Consejo Regional. ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la Secretaría Técnica del / Consejo Regional , el registro de la información presentada por el consejero regional Edgar Clint LÓPEZ CORNEJO, en el aplicativo indicado en la Directiva Nº 015-2022-CG/PREVl"Balance semestral de los regidores municipales y consejeros regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización", aprobada con Resolución de Contraloría Nº 317-2024-CG, del 16-JUL-2024, el ingreso del presente informe de fiscalización aprobado, bajo responsabilidad . ARTÍCULO SEXTO: ENCARGAR, al Ejecutivo Regional , la publicación del presente Acuerdo en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios'. a través de sus órganos competentes, bajo responsabilidad. POR TANTO: Mando se registre , publique y cumpla.

mes de noviembre del año dos mil ve· . ~ -4,.,GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DEDIO

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Conse¡o Regional

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->i:CR[TAHIO TÉCNICO

Esg. Jirones Junin y Antonio Raymond1 PUERTO MALDONADO

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COMISION ESPECIAL DE FISCALIZACIÓN - PERIODO 2025: ATH /ECLC/BCC/VBC

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"AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA' ~

CONSEJO REGIONAL

MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERU

INFORME DE FISCALIZACIÓN N.º 007-2025-GOREMAD-CE/ECLC-P AL

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Sra. SOLANO CALDERON VILMA DEL PILAR MONICA

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GOBIERNO RtffP*I\L MADREDE OJOS S(" QETAR~

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CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL DE MDD COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ;J DICTAMEN - DERIVAR, el Informe de Fiscalización de la ACTIVIDAD

"VERIFICACIÓN A LA EJECUCIÓN Y DECLARACIÓN DE GASTOS DEL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO y EL USO DE LOS GASTOS DE RECURSOS RECAUDADOS DE LA 1.E. JOSE CARLOS MARIÁTEGUI DEL DISTRITO INAMBARI, PERIODO 2025 al Señor Gobernador del GOREMAD, con las CONCLUSIONES y RECOMENDACIONES pertinentes, a fin de que en uso de las atribuciones que la Ley le confiere, aplique las acciones que corresponda y efectué la Implementación del Acuerdo Regional, haciendo el efecto multiplicador a la Gerencia General Regional, GROS, DRE·y la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD) de la UGEL TAMBOPATA, Órgano de Control Institucional y STPA_D del GOREMAD; con informe ante el Consejo Regional en un plazo de 30 días hábiles. PEDIDO N. 0 061-2025-GOREMAD-CR/ECLC ' Puerto Maldonado, 12 de NOVIEMBRE del 2025

Nos, es grato dirigirnos a usted con el objeto de presentar el Dictamen que a continuación se expone y sustenta, elaborado por la COMISIÓN ESPECIAL PERMANENTE integrado por los Consejeros Regionales EDGAR CLINT LOPEZ CORNEJO, VENANCIO BENAVIDES CCAMA, AUGUSTO TOMAYLLA HUAMANI, y BERNARDO CLAVIJO CARCASI del Consejo Regional Periodo 2025, que integramos, conforme a los requisitos establecidos por el Reglamento Interno del Consejo Regional de Madre de Dios, para su correspondiente debate y aprobación, presentan el siguiente Informe de Fiscalización para su debate al Pleno del Consejo Regional.

;.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

/]

APROBAR, LA CONFORMACION Y CREACION DE UNA COM ISION DE ESPECIAL ENCARGADA DE INVESTIGAR LA VERIFICACIÓN A LA EJECUCIÓN Y DECLARACIÓN DE GASTOS DEL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO y EL USO DE LOS GASTOS DE RECURSOS RECAUDADOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSE CARLOS MARIÁTEGUI DEL 1_D$TRITO INAMBARI , PERIODO 2025 QUE AFECTARÍAN LA TR/IINSPARENCIA Y EFIClENTE RENDICIÓN DE LOS GASTOS EJECUTADOS CON RECURSOS ASIGNADOS PARA MANTENIMIENTO, AS[ COMO LA LEGALIDAD DE LOS COMPROBANTES DE PAGO. ,,

FUNDAMENTO DE LA PROPUESTA. -

1.1 . PESONALADMINISTRATIVO NOMBRADO PRESTÓ SERVICIOS EMITIENDO RECIBOS i · POR HONORARIOS POR EL IMPORTE DE S/ 1,000.00 INCURRIENDO EN DOBLE ! PERCEPCIÓN. 1.2.

RESPONSABLES DESIGNADOS DEL PROGRAMA MANTENIMIENTO, NO HABRIAN PARTICIPADO EN LA VERIFICACIÓN IN SITU PRESENCIAL SOBRE EL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE LOCALES EDUCATIVOS, PERfODO 2025, SEGÚN LO SE~ALA LA NORMA TÉCNICA; SITUACIÓN QUE PODRÍA PONER EN RIESGO EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA y LA VERACIDAD DE LAS DECLARACIONES DEL GASTO. EXPEDIENTES DE DECLARACIÓN DE GASTOS PRESENTADOS A LA ENTIDAD POR LOS RESPONSABLES DE MANTENIMIENTO DE LOS LOCALES EQLJCATIVOS, CONTIENEN COMPROBANTES DE PAGO CON DEFICIENCIAS E INCONSl'STENCIAS

QUE AFECTARÍAN LA TRANSPARENCIA Y EFICIENTE RENDICIÓli.Q.E..LQ~S-G.ASJ..OS

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EJECUTADOS CON RECURSOS ASIGNADOS PARA MANTENIMIBF!''~~M1!i~~~NJAR.ºr1or-/ks l ' .

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COMISION ESPECIAL DE FISCALIZACIÓN - PERIODO 2025: ATH /ECLC/BCC/VBC

"AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA" CONSEJO REGIONAL

MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSID~[D DEL PERU . }

LEGALIDAD DE LOS COMPROBANTES DE PAGO.

1 .

11'.4. IE JCM EFECTUÓ GASTOS SIN CONTAR CON LA AUTORIZACION DEL COMITÉ DE

GESTIÓN DE RECURSOS, SIN CONTAR CON UN PLAN ANUAL NI El COMITÉ DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL QUIENES GARANTIZAN LA TRANSPARENCIA DE LA EJECUCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE SUS RECURSOS PROPIOS, SITUACIÓN QUE AFECTA LA LEGALIDAD Y TRANSPARENCIA EN LA EJECUCIÓN DEL GASTO.

1;5. 1 .

LA IE JCM NO PRESENTÓ ANTE LA DRE LOS REPORTES TRIMESTRALES DE SUS RESÚMENES DE INGRESOS, El LIBRO DE CAJA Y BANCO Y/O AUXILIAR ESTÁNDAR MENSUALIZADOS, ASIMISMO NO CUMPLE CON LA PUBLICACIÓN DE LOS INGRESOS Y EGRESOS MENSUALES EN UN LUGAR VISIBLE DEL INSTITUTO AFECTANDO LA TRANSPARENCIA EN LA EJECUCIÓN DEL GASTO PRESUPUESTAL ,

SITUACIONES ADVERSAS. -

11 .

De 1~ revisión y análisis a la documentación proporcionada por la dirección de la IE José Carlos Ma r¡iátegui del Centro Poblado Santa Rosa del distrito de lnambari, e información recopilada dura r;ite la visita a las instituciones educativas los días 16-SEP-2025 y 20-OT-2025 para observar y verificar la ejecución de las intervenciones en los elementos priorizados por los responsables de los locales educativos del Programa de Mantenimiento del ámbito de la Entidad período 2025, se ha identificado TRES (3) situaciones adversas que afectarían o podrían afectar la continuidad de los procesos, resultados o el logro de los obotivos de las in st¡tciones educativas, el cual se expone a continuación:

,REPORTE DEL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO REGULAR POR REGIÓN (AL 06/11/2025)

INFORME ECONÓMICO DE MANTENIMIENTO, PERIODO 2025 DETALLE

¡!

2.1. .

MEDIDA

LLAVES PARA URINARIO UNIDAD LAVATORIOS PARA BAÑO UNIDAD UNIDAD CHEMA PUERTA PEQUEÑA PARA EL BAÑO UNIDAD PAGO AL MAESTRO GASFITERO SERVICIO SERVICIO TRANSPORTE SUBTOTAL, SUBTOTAL, (DEVOLUCIÓN) TOTAL

CANTIDAD

MONTO

(S/.)

'

SI 310.00 S/ 405.00 SI 81.00 S/ 549.00 SI 1,000.00 S/200.00 S/ 2,545.00 S/ 45.00 SI 2,590.00

PESONAL ADMINI STRATIVO NOMBRADO PRESTÓ Sq/RVICIOS EMITIENDO RECIBOS POR HONORARIOS POR EL IMPORTE DE S/ 1,000.00 INCURRIENDO EN DOBLE PERCEPCIÓN. NOMBRÉ,be'.Br IN.S'J(J(Jt¡;¡Qfl : .

NOMBRE DEL ORGANO ·~ R~~J Nfli , INTERMEDIO i.;: , ;··::

Eli>llJ(rATIVA .

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UGEL TAMSÓPATA

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OSE C:MARIATEGUI

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COMISION ESPECIAL DE FISCALIZACIÓN - PERIODO 2025: ATH /ECLC/BCC/VBC

"AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA" CONSEJO REGIONAL

MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERU

,

! 2.1.1 . CONDICION. Tal como se aprecia en el Informe N.° 015-2025-GOREMAD/DRE-TAMB/IE-JCM-SCHM , de fecha 27 de octubre del 2025, específicamente en el folio 21 se observa el RECIBO por h9norarios electrónico N.º E001-9 por el importe de S/. 1,000.00 soles y de acuerdo con lo establecido en la Ley N.º 28175 Ley Marco del Empleo Público, publicada el 18 de febrero dé 2004 y vigente desde el 1 de enero de 2005 , tenemos que: 1 ( .. : )

Articulo 3.- Prohibición de doble percepción de ingresos Ningún empleado público puede percibir del Estado más de una remuneración, ret ribuc ión, emolumento o cualquier tipo de ingreso. Es incompatible la percepción simultánea de remuneración y pensión por servicios prestados al Estado. Las únicas excepciones las constituyen la función docente y la percepción de dietas por

! participación en uno (1) de los directorios de entidades o empresas públicas( ... )". Cabe indicar que la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, emitió el lnforf':l e Técnico N.º 000895-2020- SERVIR-GPGSC de 29 de mayo de 2020, para desarrollar con mayo r amplitud los alcances de la prohibición de doble percepción de ingresos, señalando lo siguiente: (...)

! 3.1 Todos los servidores públicos se encuentran prohibidos de recibir po r parte ·del : Estado cualquier ingreso adicional a su remuneración, como producto de la prestación de un servicio. La prohibición se configura sin importar el monto, frecuencia , fuente de f in anciamiento, oportunidad de la segunda prestación servicios o naturaleza del vínculo que origina el ingreso adicional; inclusive si este último es la contraprestación de un contrato de locación de servicios . ( ... )" j En este sentido , se ha evidenciado que el señor TTITO MAMANI EUGENIO, ha incurrido en

doble percepción por parte del

Estado (Institución Educativa JOSE CAR LOS

! MARIATEGUI) en los meses de mayo de 2025; el primer ingreso como persona l nom brado . de se rvicios bajo el régimen laboral del Decreto Leg islativo N.º 276 - Ley de B!ases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y el segundc1 ingreso por servicios que prestó en el marco del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos del año 2025, emitiendo recibos por honorarios por el importe de S/1,000.00 (M il soles con 00/100 Soles); evidenciándose hechos con indicios de irregularidad , en tanto i contravienen la normatividad antes mencionada.

12.1 .2. CRITERIO. La normativa aplicable al hecho con evidencias de presunta irregula ridad objeto de acción de oficio posterior, es la siguiente:

  • : Ley N.º 28175 - LEY MARCO DEL EMPLEO PÚBLICO, publicada el 18 de febre ro de 2004 y vigente desde el 1 de enero de 2005.

ARTÍCULO 3.- PROHIBICIÓN DE DOBLE PERCEPCIÓN DE INGRESOS Ningún empleado público puede percibir del Estado más de una rem uneración , ret ribución, emolumento o cualquier tipo de ingreso. Es incompatible la percepción

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COMISION ESPECIAL DE FISCALIZACIÓN · PERIODO 2025: ATH /ECLC/BCC/VBC "AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERU

simu ltánea de remuneración y pensión por servicios prestados al Estado. Las únicas excepciones las constituyen la función docente y la percepción de dietas por participación en uno (1) de los directorios de entidades o empresas públicas ( ...). 2 .1 .3. EFECTO.-

La situación expuesta anteriormente afectó la legalidad del proceso, transgrediendo el deber de dedicación exclusiva del empleo público.

RESPONSABLES DESIGNADOS DEL PROGRAfv'IA MANTENIMIENTO, NO HABRIAN PARTICIPADO EN LA VERIFICACION IN SITU PRESENC,IAL SOB,RE EL PROGRAl'y'IA DE MNTENIMIENTO DE .LOCALES EDUCTIVOS, PERtqoo 2025, SEGUN LO SENALA LA NORMA TECNICA; SITUACION QUE PODRIA PONER EN RIESGO EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS ·DEL PROGRAMA y LA VERACIDAD DE LAS DECLARACIONES DEL GASTO.

2.2.

2.2.1. CONDICIÓN. -

La Comisión de EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, DEPORTE Y CULTURA del Consejo Regional Madre de Dios, periodo 2025 se trasladó a las instituciones educativas, para corroborar si los gastos realizados coinciden con lo declarado por el responsable de mantenimiento en la declaración de gastos de mantenimiento con la ejecución de las ae::ciones de infraestructura programadas en la I.E. José Carlos Mariátegui del Centro Poblado Santa Rosa, distrito lnambari por lo que se RECOMIENDA la verificación in situ y va lidación de la misma a fin de contrastar los bienes adquiridos. ·

DETALLE LLAVES PARA URINARIO LAVATORIOS PARA BAÑO CHEMA PUERTA PEQUEÑA PARA EL BAÑO

MEDIDA

1 CANTIDAD

UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD

2.2.2 . CRITERIO. -

La situación antes descrita resulta aplicable la siguiente normativa: Norma Técnica "Disposiciones generales para la ejecución de mantenimiento · y acondicionamiento de infraestructura educativa bajo la modalidad de subvenciones", aprobada con Resolución Ministerial N.º 557-2020-MINEDU , de 29 de diciembre-de 2020.

,

Esta situación ha impactado directamente en el cronograma de ejecución, ocasionando el aplazamiento de la fecha de culminación del proyecto. Se recomienda la gestión oportuna de los recursos económicos para evitar interrupciones futuras y garantizar la conclusión de la obra dentro de los plazos establecidos.

(... ) 6. ETAPAS DE PROCEDIMIENTO

(...)

6.6 Declaración de gastos 6.6.2. Revisión y verificación de declaración de gastos

(...)

a) b)

.

La UGEL evalúa la documentación remitida en el expediente de det laración de gastos, y verifica si se efectuó un buen uso de los recursos. Una vez verificado el expediente de declaración de gastos, la ' UGEL da la conformidad respectiva a través del sistema de información correspondiente.

COMISION ESPECIAL DE FISCALIZACIÓN· PERIODO 2025: ATH /ECLC/BCC/VBC

"AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA" CONSEJO REGIONAL

c)

(... ) e)

MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERU

En caso de identificar observaciones, la UGEL notifica al responsable designado, a través del sistema de información correspondiente, para el levantamiento de las observaciones. En caso el expediente de la declaración de gastos presentado por elhsponsable designado no cuente con la firma de uno de los miembros de la Comisión, o quien haga sus veces, la UGEL podrá realizar la visita al local educativo con el fin de constatar la ejecución de los trabajos e informar a la infancia correspondiente en caso de encontrar observaciones

  1. RESPONSABILIDADES Los programas, órganos, unidades organicos e instancias de gestión educativa descentralizada que participan en el mantenimiento y/o acondicionamiento df;) la infraestructura educativa, en el marco de sus competencias tienen las siguientes responsabilidades:

(...) 8.3 Dirección Regional de Educación (DRE) o la que haga sus veces. (...) d)

Supervisar que las UGEL de su jurisdicción realícen las acciones necesarias que garanticen y aseguren el correcto uso y ejecución de los recursos asignados para el mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura de los locales educativos. e) Supervisar que las UGEL monltoreen a los directores de 11.EE. de su jurisdicción en el procesamiento de información asociada a infraestructura de las m.ismas, en las herramientas que se establezcan para tal fin. i f) Informar al PRONIED de los avances de las etapas de mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura realizada por las UGEL de su jurisdicción y sobre las acciones implementadas que contribuyen a la adecuada aplicación de las disposiciones de la presente Norma Técnica. 8.4 Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL)

(... )

c) Durante la etapa de ejecución (ver numeral 6.3.3, 6.4,6.5 y 6.6 de la presente norma Técnica):

(...)

Revisar y aprobar la FAM o FAA, así como verificar la declaración de gastos de registrada en el sistema de información correspondiente. Evaluar la documentación remitida por el responsable designado y verificar si se efectuó un buen uso de los recursos, mediante la constatación de lo registrado en el sistema de informa~ión correspondiente. (...)

8.5. Consejo educativo institucional (CONEI) o el que haga sus veces , Velar por la adecuada ejecución de las acciones de mantenimiento y/o acondicionamiento de infraestructura educativa de los locales educativos, fiscalizando el buen uso de los recursos asignados, según lo priorizado por la Comisión responsable, o quien haga sus veces.

(... )

8.7. Responsable designado:

a) Durante la etapa de ejecución (ver numeral 6.3.3, 6.4, 6.5 y 6.6 de la presente Norma Técnica):

(...)

Retirar el monto asignado (previa aprobación por parte de la UGEL) de acuerdo con la FAM o FAA aprobada, así como devolver los montos no uti\izados en la ejecución de las acciones de mantenimiento o acondicionamiento. ' Elaborar el expediente de declaración de gastos, así como absolver las observaciones realizadas por la UGEL.

COMISION ESPECIAL DE FISCALIZACIÓN · PERIODO 2025: ATH /ECLC/BCC/VBC "AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA" CONSEJO REGIONAL

MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERU

(...) 1,

El responsable designado como titular de la cuenta, es responsable de seguir las directivas y recomendaciones señaladas por el BN para el correcto uso de la cuenta y tarjeta proporcionadas a su nombre. (...)

Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantehimiento de locales educativos para el año 2025" aprobada con Resolución Ministerial n.° 0092025-MINEDU, de 09 de enero de 2025.

( ... )

  1. CONTENIDO

(... ) 5.8

Declaración de Gastos del Programa de Mantenimiento 2025

(...)

a) El responsable de mantenimiento en coordinación con la Comisión Responsable elabora y registra el formato del Anexo N' 06. Declaración de gastos del Programa de Mantenimiento 2025 en el sistema "Mi Mantenimiento" para revisión y observación por parte de la UGEL, la ORE, o la que haga sus r eces, egún corresponda. . b) Asimismo, se deberá enviar el expediente de DG digital o físico a través de mesa de partes virtual o presencial de la UGEL, la ORE, o la que haga sus veces, según corresponda, conforme a lo señalado en la Norma Técnica General. Se recomienda que el expediente sea registrado en el sistema "Mi Mantenimiento". c) Se recomienda que el registro de información y sustentos de los comprobantes de pago de la DG se realice en conjunto con el registro fotográfico del PCA en el sistema "Mi Mantenimiento". d) La UGEL, la DRE, o la que haga sus veces, según corresponda, revisa y observa o aprueba la DG dentro de la fecha establecida. En caso se presenten observaciones, el especialista de la UGEL, la ORE, o la que haga sus veces, según corresponda, inclu irá el detalle en el sistema "Mi Mantenimiento" paré! la revisión y subsanación por parte del responsable de mantenimiento y, de corrsponder, la comisión responsable del local educativo. e) La UGM podrá revertir las Declaraciones de Gastos verificadas y Paneles de Culminación de Acciones verificadas; al estado "enviado para verificar", en caso encuentre irregularidades en el marco de lo expuesto en la presente norma y la Norma Técnica General que la acompaña.

(...)

5.10. Evaluación Final

(...)

5.10.2. Evaluación final por parte de la UGEL y/o DRE o la que haga sus veces

(...)

c) De conformidad con la Norma Técnica General, en caso de pe)rsistencla de observaciones en las declaraciones de gastos de los locales educativos, o. la detección de irregularidades sobre el uso, sustento o devolución de los recursos, la UGEL, la ORE, o la que haga sus veces, según corresponda, debe informar a las instancias competentes para el Inicio de acciones correspondientes.

2.2.3. CONSECUENCIA: ~a situación expuesta, al no haber ejecutado las acciones de infraestructura programadas según lo señalado en la norma técnica, podría afectar la legalidad y el correcto uso de los recursos del estado 2.3.

EXPEDIENTES DE DECLARACIÓN DE GASTOS PRESENTADOS A LA ·ENTIDAD POR LOS RESPONSABLES DE MANTENIMIENTO DE LOS. LOCALES 1 EDUCATIVOS, CONTIENEN COMPROBANTES DE PAGO CON DEF1CIENCíAS 1 E INCONSISTENCIAS QUE AFECTARÍAN LA TRANSPARENCIA Y EFICIENTE

COMISION ESPECIAL DE FISCALIZACIÓN - PERIODO 2025: ATH /ECLC/BCCNBC

"AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA" . ¡ }

CONSEJO REGIONAL

MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PER~

RENDICI ÓN DE LOS GASTOS EJECUTADOS CON RECURSOS AS IGNADOS PARA MANTENIMIENTO, ASÍ COMO LA LEGALIDAD DE LOS COMPROBANTES DE PAGO. 2.3.1. CONDICIÓN. Med iante Oficio N.° 062-2025-GOREMAD-CR/CECTDYC, de fecha 21 de octubre del 2025 se so licitó a la Dirección de la IE José Carlos Mariátegui la RENDICIÓN de gastos de mantenimiento y gastos del uso de recursos financieros recaudados; al respecto, la precitada directora de la IE .Jósé Carlos Mariátegui remitió veinticuatro (24) folios correspondiente al expediente de Declaración de gastos sobre ejecución de mantenimiento por los responsable1 de locales educativos; en ese sentido, la comisión de EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGIA, DEPORTE CULTURA del Consejo Regional, periodo 2025 realizó la revisión y análisis de la documentación que sustenta las declaraciones de gastos, de donde se advierte comprobantes de pago electrónicos que contienen deficiencias e inconsistencias que no se condicen con las disposiciones establecidas en la Norma Técnica aplicable y en el reglamento de comprobantes de pago 11 de la SUNAT; para lo cual, se realizó la consulta individual de comprobantes de pago ipn : https://ww1 .sunat.gob.pe/ol-ti-itconsultaunificada libre/ consulta Unificadalibre/consulta y https://e-consulta.sunat.gob.pe/ol-ti-itconsvalicpe/ConsValiCpe.htm con el resultado siguiente:

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Y:

.

DETALLE LLANO LLANOS ROXANA HILDA DISMA SELVA S.R.L.

TTITO MAMAN! EUGENIO

RUC

10247159962

U.T.I. SiA.

M & A CERAMIC ANONIMA CERRADA

AREQUE'SOLLER ANGELA GRETA

SOCIEDAD

OBSERVACIONES

10468357220 20527937427

)

-HABIDO

NO EXISTE Tipo del documento de Receptor no coincide con el registrado en SUNAT.

  • Número de documento de Receptor del comprobante no coincide con el registrado en SUNAT.

20491059835 -

HABIDO

20606761083 -

NO EXISTE

10621594384 -

HABIDO

11/ llf.:!~. 11..~Z

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CONSULTA INOIVlDUA. CE COMPROBANTE·$ DE P:AGO A ·tr•vés de esta OPCiótt puede oonsultat la validez ae de-terminados comprobantes c,e pago.

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• S• recue rda qu. loc Comprob1nt01 de P•go Electr6nlc:oa pueden ver inforni;¡dot .1 SUNAT demro dOl .plazo astablceido segun Mrma tiv3 •vlgw,te:} • En f)I cato ea Comprot>:M'l!H de Pago F!tlcot so vallda quo estt 11utortudo por SUNAT y'la l'edla áG em'8J:ón porm~ vaUdar l;¡ ·~ndlcion .)' o.t tado 001 RUC Númoro d• RVC dol emisor •

1 1024115~62"

Tipo do c:omprob:llni. •

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~rie y número de eompralxlnt• •

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Tipo y número ,de doc:um01'lto del recepc:or

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DNI

; 40295872

1000 .00 tOI¡ ca~

C0r'l ·( º )'S011 0tM01ilÓt\o. ,

l,.09 mpos coo ,•·¡ s:on ot>llg:itoMo, pAra corr,probaru elocn-Óf"lkell

Re:JUltAGO de ta sdsque<i•

Estado del comprobante_a la fecha de la consulta

ACEPTADO

E.stado del contrib~yente· a _la fecha de emisión

ACTIVO

Condici6n de domlcllto· a la fecha ··de emisi6n:

KABtOO

Observaciones:

. T,po del-documento "de Rtcep.Or' no·coinOde eon ·e\ ·ragittrado en SUNAT. • ·N_ Um8ro de documento;dc eceptor de) comprOOOme 00: coincide con el n,giatnlldo en SUAT, ~ . . .

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MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERU

CONSULTA INDIVIDUAL DE COMPROBANTES DE,PAGO A trave1 de tst. opd6n puede,consuttar ta ... aHóez de dctermlnados.CQmprcbantes de•~o. • Se-re0Uol'da que \OS"Comp_robanto, de Pago Eledrónicos l)Utden;1eri nror1"M"d01 ·a SUNAT dtntm del plazo·ectablecido 1ogun·normatiw vigente . • En el caso de Compro!:lanfos de Pago Flsk:os ~ vaflda que este aL11onz.&do por SUNAT y 13 fecha do erristón permite validor la condielón y estado ~ I RUC

Nümero de RUC ·c1e1 omisor •

20521937427

Tipo de,comprobante •

Boleta De \1-enta

Sff'ie ..¡ numero de cornprobañte •

, 8004

,

·~ ·- --~----·--•··•----... __J

Tipo y nümoro de documonto dol ttcoptor

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Fecha de·1>ml&l6n •

24/05/2025

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Importe U>t.11 "

405.00

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r, son obig1k:ll'lo1 para tom:)'coantes ektetr6nicos

Resol!.lclo.de la 8úsqu&c;18

Estado·del eomprobante a.la fecha de la consulta

NO EXISTE

Estado del contribuyente a la fecha de emisión Condición de domicilio a la fecha de emisión:

CONSULTAJNDIVIOUAL DE COMPROBANTES DE PAGO A tra'-"s de Mta opdon puede consultar la valldez: de delermn'lados comprobantes de pago.. • Se recuerda que los Comprobantes de Pago Eledrónk.os pueden ser informados a SUNAT dentro del plazo estab'ecldo según ·normativa vigente. • En el caso de ComPtobanlesde Pi,oo Flsícos &e valida que esté autof'\Zado por SUNATy la feeha do &misión pormite vaGdar ~ oondid6n y estado del RVC

Número de RUC del emiaor • Tipo d• <::omprobante •

S•rl.•.j nómero de comprobante• Tipa~ número do documento del receptor

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20606751 083

Soleta Do Vonta

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Fecha do omisión •

; 40295872

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Importe total ..

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Los camP04 con (1 $Ol'l obGga::oríos Los r.11~ con (í 01 obligak'xki!. f>Mª r:Df11p,tl>lln!ei; ,i,16c:1r6nk.i;1!1

Resultado de la Bü,qu&da

. Estado del comprobante a la fecha de la consulta

NO EXISTE

Estado del contribuyente-a la fecha de emisión Condición. de domicilio a la fecha de emisión:

j

Del cuadro precedente se tiene, que los responsables de mantenimiento adjuntaron en los expedientes de declaración de gastos, comprobantes de pago que carecerían de valor legal donforme al resultado de la consulta realizada en la página web "Consulta Individual de

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Comprobantes de Pago" (SUNAT) toda vez q1,.1e, figura como: "NO EXISTE", "NÚMERO DE DOCUMENTO DE RECEPTOR DEL COMPROBANTE NO COINCIDE CON EL REGISTRADO EN Sl:JNAT", documentos que no podrían ser utilizados para deducir gastos, rendiciones _de c1} entas, posesión de mercaderías, entre otros. · 2.3.2. CRITERIO. -

Lo descrito contraviene la normativa siguiente: Norma Técnica "Disposiciones Generales para la ejecución de mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura educativa bajo la modalidad de subvenciones", aprobado con Resolución Ministerial N.º 557-2020-MINEDU de 29 de diciembre de 2020. 6._ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO (...) 6.5.2. Contratación de servicios de ejecución a)

b)

El responsable designado, en coordinación con la Comisión responsable, o quien haga sus veces, contratan los servicios de ejecución conforme a lo dispuesto en la FAM o FAA, en concordancia con las disposiciones específicas y/u orientadoras correspondientes. (...) Para la emisión de los comprobantes de pago (boletas de venta, recibos por honorarios) correspondientes a la contratación de mano de obra, adquisición de materiales y/o servicios de transporte, se deberá considerar lo siguiente: Serán emitidos conforme al reglamento de comprobantes de pago de SUNAT, a nombre de la IE o del responsable designado. . Estarán visadas por los miembros de la Comisión, o quien haga sus veces, en señal de conformidad. · No deben presentar enmendaduras, borrones, tachaduras O correcciones de ninguna índole. Deben ser llenados de forma completa, colocando la descripción del bien o servicio, la cantidad, precios unitarios y precios totales. ¡ (...)

Norm,a Técnica "Disposiciones para la Ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos para el Año 2025", aprobado con Resolución Ministerial N.° 009-2025-MINEDU de 9 de enero de 2025. 5.8. Declaración de Gastos del Programa de Mantenimiento de 2025 (... ) d) La UGEL, la DRE, o la que haga sus veces, según corresponda, revisa y observa o aprueba la DG dentro de la fecha establecida. En caso se presenten observaciones, el especialista de la UGEL, la DRE, o la que haga sus veces, según corresponda, incluirá el detalle en el sistema "Mi Mantenimiento" para la revi sión y subsanación por parte del responsable de mantenimiento y, de corresponder, la comisión responsable del local educativo.

(...)

Resolución de Superintendencia N.º 007-99/SUNAT publicada el 24 de enero de 1999, vigente a partir de 1 de febrero de 1999 y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Comprobantes de pago. Articulo 1.-COMPLEMENTA DEFINICIÓN DE COMPROBANTE DE PAGO , El comprobante de pago es un documento que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso, o la prestación de servicios. (...) .

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Articulo 2.-COMPLEMENTA DEFINICIÓN DE COMPROBANTE DE PAGO Sólo se consideran comprobantes de pago, siempre que cumplan con todas car:~cterísticas y requisitos mínimos establecidos en el presente reglamento, los siguientes: a) Facturas. b) Recibos Por honorarios. c) Boletas de venta. d) Liquidaciones de compra. e) Tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras. , • f) Los documentos autorizados en el numeral 6 del Artículo 4. g) Otros documentos que por contenido y sistema de misión permitan un adecuado control tributario y se encuentren expresamente autorizados, de manera previa , por la SUNAT.

h) (...) Artícu lo 8.- REQUISITOS DE LOS COMRPOBANTES DE PAGO Los FDmprobantes de pago tendrán los siguientes requisitos mínimos: ( .. . )

1 •

  1. B<DLETAS DE VENTA

(... )

.

INFORMACIÓN IMPRESA 3.1. Datos de identificación del obligado: a) Apellidos y nombres, o denominación o razón social.

(...) b) c)

Dirección del domicilio fiscal y del establecimiento donde esté localizado el punto de emisión. Podrá consignarse la totalidad de los d iversos establecimientos que posee el contribuyente.

Número de RUC.

3.2. Denominación del comprobante: BOLETA DE VENTA 3.3 . Numeración: serie y número correlat ivo. 3.4. Datos de la imprenta o empresa gráfica que efectuó la impresión:

(...)

b) Número de RUC. c) Fecha de impresión. 3.5. Número de autorización de impresión otorgado por la SUNAT, el cua l se consignará conjuntamente con los datos de la imprenta o empresa gráfica. 3.6. Destino del original y copia:

a)( ...) b) En el origina l: EMISOR c) En la copia: ADQUIRENTE o USUARIO.

2.3.3. CONSECUENCIA: Los !hechos descritos, relacionado a las deficiencias e inconsistencias de los comprobant es de pago ;que sustentan la declaración de gastos presentados por los responsables de los locales edu~ativos, afectaría la eficiente y transparente ejecución de los recursos asignados para el mant enimiento de locales educativos y la legalidad de los comprobantes de pago. /

2.4.

IE JCM EFECTUÓ GASTOS SIN CONTAR CON LA AUTORIZACION DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE RECURSOS, SI N CONTAR CON UN PLAN ANUAL NI EL COMITÉ DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL QUIENES GARANTIZAN LA TRANSPARENCIA DE LA

· EJECUCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE SUS RECURSOS PROPIOS, SITUACIÓN QUE AFECTA LA LEGALIDAD Y TRANSPARENCIA EN LA EJECUCIÓN DEL GASTO. ·

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2.4 .1. CONDICIÓN . La comisión DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, DEPORTE Y CULTURA conforme con{3ta en el detalle del acta de reunión extraordinaria de fecha 20 de octubre del 2025 y el Informe N.º 015-2025-GOREMAD/DRE-MDD/UGEL-TAMB/IE-JCM-SCHM, de fecha 27 de octubre resRectivamente, a quienes se les solicitó información en relación a si, durante el periodo 2025, los gastos efectuados con recursos directamente recaudados por la Entidad, se presume a que no cuenta con el referido Comité, pero todo gasto que se ejecuta sí cuenta con la aprobáción del Comité. INFORME ECONOMICO - INGRESOS, PERIODO 2025

1,800.00

· 6,600.00 , f ., ·• FUENTE: Informe N.º 015-2025-GOREMAD/DRE-MDD/UGEL-TAMB/IE-JCM-SCHM

TOTAL FUENTE: Informe N.º 015-2025-GOREMAD/DRE-MDD/UGEL-TAMB/IE-JCM-SCHM !

RESUMEN: SUMATORIA DEL INFORME ECONOMICO - EGRESOS, PERIODO 2025, que corresponde a SI 5,999.00 y no de S/ 6,245.00, según Informe N.° 015-2025-GOREMAD/DRE-MDD/ UGEL-TAMB/IE-JCM- SCH M ,

1,

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INFORME ECONOMICO - EGRESOS, PERIODO 2025

[ T01 AL

STéC:f[-0-0 ...............

,.,,_, ,,

...--,·-··

EGRESOS •,:r:~,.,...,....,...,, __ CON DECLARACION JURADA POR PAGAR

TOTAL ' ' 4906.5 , : FUENTE: Informe N.° 015-2025-GOREMAD/DRE-MDD/UGEL-TAMB/IE-JCM-SCHM r .. ---·---··· ···----· .. -· ·-··--·-· ..• --- ----··••·· ............ En síntesis. de la revisión efectuada al Informe N.º 015-2025-GOREMAD/DRE-MDD/UGELTAMB/IE-JCM-SCHM correspondientes al periodo de enero a octubre del 2025, se verificó que, la Institución Educativa José Carlos Mariátegui efectuó gastos que ascienden a un total de S/. 6,245.00 soles (SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO con 00/100) que difiere de la suma.t oria de S/. 5,999.00 soles (cinco mil novecientas noventa y nueve con 00/100 soles), conforme se detalla a continuación: ·

!TOTAC

·s7355:oo

srsm:oo

l Sobre el particular, cabe precisar que, el literal b), del artículo 29º de la Ley de Institutos y Escuélas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, establece que el Consejo Asesor es el responsable de asesorar al director general en materias formativas e instit1,1cionales, en tanto que, el Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales de las Instituciones Educativas Públicas de Educac; ión Básica, Educpción Técnico-Productiva, Educación Superior Tecnológica, Educació'n Superior Ped~gógica y Educación Superior de Formación Artística , son las responsables de la planificación, organización, dirección , ejecución y evaluación de las Actividades Productivas y Empresariales y la administración de sus recursos propios, conforme lo establece el artícu!.o 4 • del Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales.

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Finalmente, debe tenerse presente que, el artículo 158 del Reglamento de la Ley N.° 28044, l ey Genera l de Educación, establece que los ingresos provenientes de los recursos propios de las lnstit~iciones Educativas son administrados por el Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales, las cuales deben ser destinadas a mejorar la ca lidad del servicio educativo, así como para acciones de mantenimiento, ampliación y modernización de equipamiento e infraestructura educativa

2.4.2. CRITERIO. o ✓

Decreto Supremo N.º 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 28044 Ley General de Educación, publicado el 7 de julio de 2012.

(...)

Articulo 158.- Recursos propios y actividades productivas empresariales

(...)

Los ingresos provenientes por concepto de recu rsos propios y de actividades productivas de la institución educativa son administrados por el Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales y serán destinados a mejorar la calidad del servicio educativo, así como para acciones de mantenimiento, ampliación y modernización de equipamiento e infraestructura educativa. ( ...) El Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales es el órgano responsable de la planificación, organización, dirección, administración, ej ecución y evaluación de los recursos propios y de las actividades productivas empresariales de la institución educativa pública." · ✓ Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 0282007-ED, publicado el 9 de noviembre de 2017. CAPÍTULO 11

  • DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE RECURSOS PROPIOS Y ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y EMPRESARIALES

.• Artículo 4 •. - Del Comité de Gestión

  • Las Instituciones Educativas constituirán el Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales, que en adelante se denominará Comité, responsable de la planificación, organización, dirección, ejecución y evaluación de las Actividades Productivas y Empresariales y la administración de los recursos propios de la Institución Educativa. ' Artículo 8.- Funciones del Comité El Comité tiene las siguientes funciones: a. Formular y aprobar el Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales. b. Aprobar el presupuesto para la ejecuc ión del Plan Anual de Gestión de Recu rsos Propios y Actividades Productivas y Empresariales. , c. Autorizar a la (s) persona(s) responsable(s) de la ejecución del proyecto. En caso que el proyecto sea presentado por docentes de la institución, éstos serán, los responsables de su ejecución, siempre que el proyecto sea de su especialidad. (...) e) Aprobar los contratos de personal considerados en los proyectos aprobados. f) Supervisar, controlar y evaluar el proceso de ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y

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