Ordenanza Regional N.° 15-2020-RMDD/CR
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CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DE LA UNIVERSALIZACION DE LA SALUD" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
ORDENANZA REGIONAL Nº 015 - 2020-RMDD/CR POR CUANTO: E! Consejo _Regional del Gobierno-egiona! de Mdre de Dios, en Sesrón Ordinaria, llevada· a cabo el día viernes 11 de diciembre del 2020, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar _Y conducir la gestión pública reg_ionaL de ··aguérao' a sus corhpetendas exclusivas, compkrtidas-y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.
Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno egional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley rgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o-derogar las normas que regulen o reglamer1ten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que, el artículo 38 · de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia".
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), contiene los procedimientos que requieren los administrados para cubrir sus necesidades e intereses amparados legalmente, fija los requisitos para cada uno de ellos, calificándolos como de evaluación previa o de aprobación automática, precisando el monto y la forma de pago, la autoridad competente para resolver e indicando los recursos que podrán interponerse. Asimismo, en sus artículos 43 y 44, señala el contenido del TUPA, la forma de aprobación y de difusión, precisando en el nun:ier-al 44.1, de su artículo 44, que en los gobiernos regionales debe aprobarse mediante Ordenanza Regional.
Que, la elaboración y aprobación del TUPA, se rige actualmente en el ámbito administrativo público, por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública (R.S.G.P.) Nº SEDE CENTRAL Jr. Guillenno Billinghurst N° 480
Teléf.: 571199·571102-571161 -571157
OFIC. COORDINAC. ADMINIST. LIMA Av. Alfonso Ugarte N° 873 610. Piso E-mail: regionmddp@regionmadrededios.gob.pe
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CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DE LA UNIVERSALIZACION DE LA SALUD" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
005-2018-PCM-SGP, "Aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA".
Que, mediante Ordenanza· Reg'iónal · Nº 008-2019~RMDD/CR, se crea· lcf Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, de modo simultáneo a la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios.
Que, luego de levantar las observaciones al proyecto inicial, la Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática, presenta la propuesta de Texto Único de tocedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna -.S.ilvestre, con Oficio de remisión del Informe T_écriico Nº Oi7-2020-G0REMAD-GRFFS-_:.
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Que, el proyecto de TUPA 2020 de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna
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:r\ e/*¡; !~Jreas: Trámite documentario: 04; Catastro:: 03; Comunidades Nativas: 12; Predios
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,2-1,.1 :-:--:--:-:-:;:~,.c."i.;f_:;jPrivados: .16; Estadística e Informática: 01; Fauna: 20; Industria: 14; Maderables: 12; No Maderables: 1O; PAS: 01; Plantaciones forestales: 01, -para sistemas agroforestales: 05 y -para plantaciones forestales: 05 procedimientos. Asimismo contiene: Proyecto de Ordenanza Regional, Informes Técnicos, el Formato B, el Resumen de Costos y las
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Tablas ASME -VM, que puntualizan las actividades y recursos, debidamente visados
:§ ¡ V : o -¡ por los órganos responsables. (._ ·O/ ~;,_- .h/ Que, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática, ha dado su
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conformidad a la propuesta, señalando en su Informe Técnico Nº 014-2020GOREMAD/GRPPyAT/SGDIEI, que aquella se ha elaborado según los criterios técnicolegales vigentes y los lineamientos prescritos por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 05-2018-PCM-SGP.
Que, asimismo, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, ha emitido su opinión legal de conformidad con la propuesta, mediante Informe Legal Nº 791-2020-GOREMAD/ORAJ, concluyendo que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobarla, mediante Ordenanza Regional, conforme lo
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Teléf.: 571199 -571102 - 571161 - 571157
E-mail: reQinnmclclnrínrePinnmarlrP:clP:rlin~ onh nP
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CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DE LA UNIVERSALIZACJON DE LA SALUD" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ
previene el artículo 38, concordante con el artículo 15 a) de ia Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; por lo que, recomienda remitir los actuados con tal propósito.
Que;~.Ja Comisión Agraria, Medioambiente, Ama:tonía:y Comunidades Nativas del Consejo Regional de Madre de Dios, en su Dictamen Nº 004-2020-GOREMAD-· CR/CAMAAYCC, considera que la propuesta en mención, cumple con los lineamientos para la elaboración y aprobación vigentes, tiene concordancia con las disposiciones pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y demás normas legales vigentes, señalando que no irrogará gastos adicionales al Fisco, pues se enmarca dentro de sus previsiones, que tampoco incidirá en perjuicio del_ medio ambiente ni .. ,_ .contn:1viene norma· alguna del ordenamiento ,jurídico ·nacional_; .por :lo,-qüe, recomienda·. :-.':•_·,
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su aprobación mediante Ordenanza Regional.
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El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de sus facultades conferidas por
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Constitución Política del Estado; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus
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HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
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ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos
),·_\ Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, del
~ 1 ~ $ = ~ Gobierno Regional de Madre de Dios, que consta de ciento cinco (105) Procedimientos Administrativos, cuyos Antecedentes y Anexos forman parte de la presente norma regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEJAR SIN EFECTO, toda disposición que se oponga
a la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional,
del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, a la Oficina Regional de Administración del
Gobierno Regional Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El P~ruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre r]e Dios.
SEDE CENTRAL Jr. Guillermo Billinghurst Nº 480 Teléf.: 571199 - 571102 - 571161 - 571157
OFIC. COORDINAC. ADMINIST. LIMA Av. Alfonso Ugarte Nº 873 6to. Piso E-mail: regionmddp@regionmadrededios.2ob.oe
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CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS "AÑO DE LA UNIVERSALIZACION DE LA SALUD" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVEf\SIDAD DEL PERÚ
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su prom_u(gación.
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'En la ciudad de Puerto Maldonadd, a los once días del mes de diciembre del ano dos mil veinte.
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POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil vei
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SEDE CENTRAL Jr. Guillermo Billinghurst Nº 480 Teléf.: 571199 - 571102 - 571161 -571157
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