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146-2025-RMDDCR Regional Agreement Madre de Dios In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 146-2025-RMDDCR

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ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL No't46 - 2025-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria de Consejo celebrada el día miércoles 22 de octubre del 2025, en

su sede actual sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado el siguiente acuerdo regional. CONSIDERANDO:

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Que, la Ley N" 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Reglonales y sus modificatorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, define Ia orgEnización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización.

Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley No 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, mediante solicitud de fecha 13 de octubre del 2025, el consejero regional electo por la provincia de Tambopata, señor Epifanio Saturnino CONDORI CHANI, solicita al Consejo Regional de Madre de Dios, licencia sin gcce de haber con efectividad a partir del día 1'1 de febrero del 2026, en observancia a lo que dispone la Resolución N" 01 1O-2025-JNE, concordhnte con el artículo 114 de la Ley N" 26859, Ley Orgánica de Elecciones, con el propósito

de postular como candidato a Diputado, acogiéndose a la convocatoria a elecciones generales efectuada por el Gobierno Nacional mediante Decreto Supremo N' 039-2025-PCM, el cual ha previsto como fecha de sufragio el dia 12 de abril del año 2026.

Que, el Jurado Nacional de Elecciones, con motivo de las próximas Elecciones Generales para la elección del Presidente de la República, Vice Presidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y, representantes peruanos ante el Parlamento Andino ha emitido la Resolución N"

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0110-2025-JNE de fecha 12 de marzo del 2025, la cual establece en el numeral 5) de su parte dispositiva lo siguiente: DISPONER, que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos y de los organismos y empresas del Estado que soliciten licencia sin goce de haber con el propósito de participar comb candidatos a los cargos de senador o diputado del Congreso de la República o representantes peruanos ante el Parlamento Andino, en las Elecciones Generales 2026, deben observar lo siguiente: a) que las solicitudes de licencia deben ser presentadas ante la entidad pública con la debida antelación, debiendo mencionar expresamente que la licencia debe ser concedida a partir del 11 de febrero del 2026,y b) el cargo de la solicitud de licencia, previamente o presentada,'debe ser adjuntado a la solicitud de inscripción de candidaturas, que 6' se presenta ante el Jurado Electoral Especial correspond iente.

Que, el solicitante no tiene la condición de Gobernador Regional, Vice Gobernador Regional, Alcalde o Alto Funcionario del Estado y tam[oco de miembro de las Fuerzas Armadas ni de la Policía Nacional; por lo que no se encuentra obligado a renunciar a su cargo para admitir su postulación como andidato en las próximas elecciones generales. Asimismo, ha cumplido con q resentar su solicitud de licencia, dentro del tiempo hábil previsto en la norma electoral pertinente, que es de seis meses (06) antes de la fecha de sufragio. Que, en el ámbito político-administrativo del Gobierno Regional de Madré de Dios, existen precedentes sobre otorgamiento de licencia emilidas por el Consejo Regional de Madre de Dios, para la postulación de Consejeros Regionales a Elecciones Generales, Regionales y Locales, bajo situaciones similares, que constituyen fuente de derecho.

El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N' 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad. ACIJERDA:

ARTÍCuLo pRtMERo: coNFERIR, LtcENctA stN GocE oeiHABER en el ejercicio de sus funciones de consejero regional, al peticionante EPIFANIO SATURNINO CONDORI CHANI, para participar como candidato a Diputado en

las próximas Elecciones Generales para la elección del Presidente de la República, Vice Presidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, a partir del día 11 de febrero del 2026, en atención a su solicitud presentada con fecha 13 dé octubre de\2025, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

ARTÍCULO SEGUNDO: PONER, et presente acuerdo, en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del consejero regional solicitante.

SEDE

COLISTO CERRADO Esq Jirones Junin y Antonio Raymondr

PUERTo MALDONADO

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ARTíCULO TERCERO: pUBLIeUESE, el presente Acuerdo en el portal Electrónico del Gobierno Regional de lVladre de Dios, POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los veintidós días del mes de otubre del año dos mil veinticinco.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionmadrededios/normas-legales/7406683-146-2025-rmddcr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9006967/7406683-146-2025-rmddcr.pdf